DWORKIN, Ronald, Sovereign Virtue. The Theory and Practice of Equality, Cambridge, Massachussets and London, England, Harvard University Press, 2000, 511 pp.

"Tomar la igualdad seriamente" no sólo es una preocupación constante como tema recurrente en la obra de Ronald Dworkin,1 sino también puede ser la frase que mejor capta la esencia de su más reciente libro intitulado: Sovereign Virtue. The Theory and Practice of Equality.2 Cabe señalar que por la riqueza de argumentos, críticas, distinciones, objeciones y réplicas, este libro es fundamental para quien quiera tomar seriamente el constitucionalismo, el derecho y la democracia.

Cabe reiterar que Dworkin -quien es profesor de Derecho y Filosofía en New York University y de Filosofía del Derecho en University College, London- es uno de los autores más influyentes en el pensamiento jurídico contemporáneo, quizás el principal en el ámbito anglosajón, y muy probablemente uno de los más grandes pensadores de todos los tiempos. Baste mencionar que junto a H. L. A. Hart, otro de los magnos teóricos del derecho en la segunda mitad del siglo XX, comparte los estelares en una de las más vibrantes polémicas, ya clásica, sobre la relación entre derecho y moral.

Asimismo, es menester hacer referencia al título de dicha obra, cuya traducción literal, Virtud soberana. La teoría y práctica de la igualdad, no sólo permite arrojar algunas luces sobre este ambicioso proyecto sino también evitar caer nuevamente en el desliz del traduttore, traditore.3 En este sentido, debemos traducir Sovereign Virtue como "virtud soberana" y no como "soberana virtud", pues es el adjetivo "soberano" califica al sustantivo "virtud" y no viceversa. No es el soberano el virtuoso sino que la virtud es soberana, en una doble acepción tanto sinónima de suprema como perteneciente al soberano, quien para Dworkin es el ciudadano. Ahora bien, el subtítulo permite adelantar un doble objetivo: tomar la igualdad seriamente en el contexto de su teoría del derecho fundada en el modelo basado en los derechos y en los principios; y desarrollar la teoría -y práctica- de la igualdad de la envergadura de la teoría de la justicia de John Rawls.4

El libro cuenta con una breve pero muy sustancial introducción "Introduction: Does Equality Matter?", en la cual trata de dar respuesta a la interrogante sobre si importa la igualdad. De esta manera, Dworkin comienza por advertir que la "igualdad es la especie en peligro de extinción de los ideales políticos" y en cuestionar si "¿podemos voltear nuestras espaldas ante la igualdad?". Por supuesto, para cualquiera que pretenda tomar la igualdad en serio y en especial para sus defensores, es decir los igualitarios, la respuesta es un rotundo: no. Sin duda, es menester precisar qué debemos entender por igualdad, a la cual Dworkin identifica como " equal concern", i. e., "preocupación igual". Al respecto, sostiene "ningún gobierno es legítimo si no demuestra la misma preocupación por el destino de todos los ciudadanos sobre los cuales ejerce dominio y de los cuales exige sumisión". Asimismo, sugiere que la "preocupación igual es la virtud soberana de la comunidad política [pues] sin ella el gobierno solamente es una tiranía" (p. 1).

De tal suerte, el tema central tiene el doble propósito de explorar no sólo "qué requiere la preocupación igual" sino también "qué podemos y debemos hacer" para redimir esta virtud política. Con ese fin trata de precisar por qué la igualdad está en peligro de extinción y por qué es rechazada. En primer lugar, es innegable que la "igualdad es un concepto contendido", pues incluso entre quienes la alaban o censuran hay desacuerdo sobre lo que elogian u objetan, ya sea "la igualdad de oportunidades, o de resultados, o incluso algo completamente diferente". En segundo término, con frecuencia cuando alguien "rechaza la igualdad como un ideal", lo que resiste solamente es una concepción particular de lo que la "preocupación igual" requiere, como puede ser que "todos tengan la misma riqueza, de la cuna a la tumba, sin importar si escoge laborar o qué trabajo escoge", lo cual sería tanto como "quitarles a las hormigas para darle a los grillos". Sobre este último punto, advierte "una igualdad plana e indiscriminada es no solamente un valor político débil, o uno que fácilmente puede ser anulado por otros valores. Sino que no es un valor del todo".

Si la preocupación igual es la precondición de la legitimidad de una comunidad política, el averiguar qué se requiere es fundamental. Al respecto, se pregunta si basta con asegurar un mínimo de alimentación, vivienda y servicio médico, y dejar de lado el asunto de la desigual distribución de la riqueza, esto es básicamente la cuestión de por qué unos tienen más que otros y qué políticas debemos implementar para satisfacer la preocupación igual. De esta forma, sostiene, "hasta las democracias más prósperas están muy lejos de proveer incluso un mínimo decente de vida para todos". Por consiguiente, parece que debemos concentrarnos en el requerimiento menor e ignorar el más demandante, pero ello no es razón suficiente para "abandonar la cuestión sobre si la igualdad, no simplemente alguna disminución de la desigualdad, debe ser un objetivo legítimo de la comunidad". Así, el argumento toral es la "preocupación igual requiere que el gobierno procure una forma de igualdad material", a la cual Dworkin denomina " equality of resources", i. e., "igualdad de recursos" (p. 3).

Para cumplir con su objetivo, el libro está dividido en dos partes. La primera dedicada mayoritariamente a los aspectos teóricos de la igualdad, mientras la segunda a las cuestiones prácticas, incluidas algunas de las principales controversias contemporáneas sobre la igualdad, desde los programas de salud y seguridad social hasta la reforma política, incluida el financiamiento de las campañas políticas y la libertad de expresión, así como las políticas de acción afirmativa, sin olvidar casos difíciles como la experimentación genética, la clonación y la eutanasia, la preferencia sexual y el homicidio o suicidio asistido. Cabe resaltar que cada parte no se limita a presentar argumentos de uno u otro tipo, sino que en ambas partes los argumentos van y vienen de afuera hacia dentro (outside-in) y de adentro hacia fuera (inside-out), esto es, de la teoría a la práctica y de la práctica a la teoría.

Al respecto, cabe señalar que Dworkin "enfatiza la interdependencia entre la teoría política y la controversia práctica porque... es esencial que la filosofía política responda a la política". De hecho, una de las razones para exaltar dicha relación es introducir un nivel más filosófico del argumento.5 Para él, una teoría de moral política debe estar localizada en una explicación más general sobre los valores humanos de ética y moralidad, del estatus e integridad del valor, y del carácter y posibilidad de la verdad objetiva respecto de los juicios morales.6 Por esta razón, su mayor y principal preocupación es realizar "una teoría plausible de todos los valores políticos centrales -de democracia, libertad y sociedad civil así como de igualdad" (p. 4).

No obstante, está consciente no sólo de la importancia de dichos valores sino también de su conflicto, particularmente de la eterna lucha entre libertad e igualdad.7 Sin embargo, trata de presentar una versión que concibe a la igualdad no sólo como compatible con la libertad sino también como un valor al cual alguien que alaba la libertad debe elogiar a su vez. De esta forma, Dworkin insiste no sólo que la igualdad debe preocupar a un auténtico liberal sino también que es y debe ser entendida como una de los fundamentos del liberalismo.8

De esta manera, enfoca su crítica a dos de las más poderosas influencias contemporáneas dentro de la teoría liberal, a saber: el pluralismo ético o valorativo de Isaiah Berlin9 y el liberalismo político de John Rawls.10 Por un lado, Berlin insiste en que los valores políticos están en un dramático conflicto, particularmente libertad e igualdad; empero, Dworkin se esfuerza en disipar dicho conflicto e integrar esos valores en una teoría más comprensiva. Por otro lado, Rawls pretende que su construcción del contrato social es neutral y diseñada para insular la moral política de presunciones éticas y controversias sobre el carácter de una vida buena; pero Dworkin sugiere completamente lo opuesto, esto es, apelar a valores éticos generales -como la estructura de la vida buena y el principio de responsabilidad personal no es solamente recomendado sino imperativo.11

De esta forma, según Dworkin hay dos principios del individualismo ético fundamentales a una teoría liberal comprensiva desde el punto de vista de la igualdad: 1) el principio de igual importancia; y 2) el principio de responsabilidad especial. Primero, es importante que las vidas humanas sean exitosas en lugar de ser desperdiciadas, y eso es igualmente importante para cada vida humana, ya sea la propia, la de familiares y amigos, y la de todos los demás en el mundo. Segundo, aunque debemos todos reconocer la igual importancia de una vida humana, cada uno tiene una responsabilidad especial y final en dicho éxito, pues cada uno es responsable de hacer las decisiones por sí mismo (pp. 5-6).

Indudablemente, ambos principios del individualismo ético juegan un papel muy importante en la noción de "preocupación igual". De hecho, Dworkin insiste:

Una comunidad política que ejerce dominio sobre sus propios ciudadanos, y demanda de ellos sumisión y obediencia a sus leyes, debe tomar una actitud imparcial y objetiva hacia todos ellos... cada ciudadano debe votar, y sus representantes deben promulgar leyes y formular políticas gubernamentales, con esa responsabilidad en mente.

Por esa razón, afirma "preocupación igual es la virtud especial e indispensable de los soberanos" (p. 6).

El argumento del libro está dominado por dos principios que actúan en concierto. Uno requiere que el gobierno adopte las leyes y las políticas para asegurar que el destino de sus ciudadanos es indiferente a quienes ellos son, por sus circunstancias económicas, género, raza o particular juego de habilidades e impedimentos o minusvalías. El otro demanda que el gobierno trabaje para hacer que sus destinos sean sensitivos a las decisiones que han hecho.

En otro orden de ideas, a diferencia de Max Weber -quien separa la ética de la responsabilidad de la ética de la convicción-12 Dworkin supone por el contrario que somos responsables de las consecuencias de las decisiones que hacemos a partir de nuestras convicciones o preferencias de personalidad (p. 7). De hecho, advierte que los viejos igualitarios insisten que la comunidad política tiene una responsabilidad colectiva de demostrar preocupación igual por todos sus ciudadanos, empero definen a la preocupación igual en una manera que ignora las responsabilidades personales de los ciudadanos. Asimismo, los viejos y nuevos conservadores insisten en la responsabilidad personal, pero la han definido de tal manera como para ignorar la responsabilidad colectiva. Claramente, Dworkin -como uno de los nuevos igualitarios- cree que podemos alcanzar una versión unificada de la igualdad y de la responsabilidad que respete ambas, al mismo tiempo que resuelve al menos en parte la tensión entre el individuo y la comunidad.

De tal modo, Dworkin procede a distinguir dos teorías de la igualdad: 1) la igualdad de bienestar; y 2) la igualdad de recursos (p. 12). Así, en el primer capítulo "Equality of Welfare" distingue las diferentes concepciones de la igualdad de bienestar, a saber las teorías fundadas en el exito (success theories), en un Estado-consciente (conscious-state theories) y las concepciones objetivas (objetive conceptions). A continuación, profundiza en cada una y las critica, para concluir que ninguna versión de la igualdad de bienestar o bienestarismo (welfarism) -incluido el utilitarismo- es del todo satisfactoria. De hecho, afirma "la igualdad de bienestar... es más debil de lo que inicialmente hubiéramos pensado" y se pregunta "¿es la igualdad de recursos más fuerte?" (p. 64).

De esta forma, en el segundo capítulo "Equality of Resources" presenta su concepción de igualdad de recursos, en la cual toma en consideración diferentes aspectos tales como una subasta, la suerte y los seguros, el trabajo y los salarios, el seguro del desempleo, los impuestos como premios, entre otras consideraciones. Todo ello con el propósito de fijar su posición respecto de otras teorías (de la justicia) como son la de Robert Nozick13 y la ya celebre de John Rawls.

Así, en el tercer capítulo "The Place of Liberty" no sólo retoma el conflicto entre libertad e igualdad, sino también trata de distinguir las diferentes estrategias para superar dicho dilema, a saber: la estrategia basada en el interés (interest-based strategy) y la estrategia constitutiva (constitutive strategy), pero no queda convencido por ninguna de ellas. Por ello, Dworkin procede en el resto del capítulo a desarrollar una versión que le sirva de puente para superar el problema. Al respecto, insiste "La estrategia puente presupone que la libertad e igualdad son aspectos de una sola virtud política porque esta estrategia usa la libertad para definir la igualdad y... la igualdad para ayudar a definir la libertad" (p. 182). En este sentido, concluye "[la] igualdad de recursos... es una concepción inherentemente liberal de la igualdad" (p. 183). Al respecto, podemos adelantar que la crítica de algunos liberales a Dworkin y a las tesis de este libro va a ser precisamente que no tienen nada de liberales. Sin duda, ello depende de qué entendemos y debemos entender por liberal e incluso por liberalismo. De igual forma, la plausibilidad y viabilidad de teoría comprensiva o integradora que disuelva la tensión entre libertad e igualdad está pendiente, pues ahora son sus críticos quienes tienen la palabra.

En el cuarto capítulo "Political Equality", a partir de qué debemos entender por igualdad política desarrolla dos estrategias para la democracia, a saber: una concepción separada (detached conception) y otra dependiente (dependent conception). La primera parte del punto de entrada (input) mientras la segunda del resultado (outcome). Esto es, la igualdad política, por un lado, es cuestión de una distribución igual en el poder sobre las decisiones políticas, ya sea en el impacto o en la influencia de cada ciudadano; y, por el otro, un mecanismo para producir resultados justos, es decir, que todos se vean beneficiados en la misma medida por dichas decisiones (pp. 186).

De este modo, después de analizar la relación de la igualdad con la libertad y la democracia, en el quinto capítulo, "Liberal Community", explora cuál es o debe ser la conexión entre igualdad y la comunidad, especialmente en una de corte liberal. Sin embargo, después de analizar diversos argumentos llega -desde la perspectiva de un republicano cívico liberal (liberal civic republicans)- a la siguiente conclusión: la "Comunidad política tiene esa primacía ética sobre nuestras vidas individuales" (p. 236). Sin duda alguna, esta conclusión va a dar vuelta al mundo y las objeciones no se harán esperar, en especial por parte de aquellos liberales, quienes formularán sus contraargumentos para sustentar exactamente lo opuesto: la primacía ética del individuo sobre la comunidad.

En este sentido, en el sexto capítulo, "Equality and the Good Life", trata de ofrecer una explicación de la conexión entre igualdad y vida buena, a partir de un doble objetivo: ofrecer un criterio o métrica sobre la ética y adelantar una importante réplica a los argumentos contra el liberalismo que él mismo ha ofrecido, como la parcialidad, la neutralidad y la tolerancia liberal.

De igual forma, en el séptimo capítulo, "Equality and Capability", analiza detalladamente las principales objeciones a su teoría desde el punto de vista de autores -quienes también son defensores del igualitarismo-como G. A. Cohen14 y Amartya Sen15. Por un lado, las diferencias con Cohen son, al parecer insuperables, salvo que sean solamente mal entendidos, pues tienen su origen en diferentes concepciones sobre lo que es la igualdad, pero especialmente en el diferente significado que cada uno le atribuye a la ecuación entre una decisión responsable y la mera suerte (p. 287). Por otro lado, Dworkin sostiene que en su lectura la concepción de Sen, esto es, la igualdad de capacidades o habilidades (equality of capabilities), "no es una alternativa a la igualdad de recursos sino únicamente el mismo ideal con un vocabulario diferente" (p. 303). Sin embargo, el debate apenas comienza pues el propio Cohen acaba de publicar un libro sobre el igualitarismo16 y Sen ha ofrecido varias conferencias este año en Harvard University y Boston University sobre la igualdad.

Por estas razones, incluido lo vívido del debate, y otras -las cuales por motivos de espacio no podemos detallar- estamos convencidos que para concluir podemos simplemente parafrasear al propio Dworkin, para decir de él y del libro que reseñamos, lo que dijo de Rawls y de A Theory of Justice:17 "El profesor Dworkin, de NYU (y de University College London)... ha publicado un libro sobre la igualdad, abstracto y complejo, que ningún abogado constitucionalista puede dejar de leer".

Imer B. FLORES

Notas:
1 Véase Dworkin, Ronald, Taking Rights Seriously, Cambridge, Massachusetts and London, England, Harvard University Press, 1977. (Hay versión en español: Los derechos en serio, trad. Marta Guastavino, Barcelona, Ariel, 1984.) A Matter of Principle, Cambridge, Massachusetts and London, England, Harvard University Press, 1985. Law's Empire, Cambridge, Massachusetts and London, England, Harvard University Press, 1986. (Hay versión en español: El imperio de la justicia, GEDISA, Barcelona, 1988.) Foundations of Liberal Equality, Salt Lake City, University of Utah Press, 1990. (Hay versión en español: Ética privada e igualitarismo político, trad. Antoni Domènech, Paidós, Barcelona, 1993.) Freedoms Law. The Moral Reading of the American Constitution, Cambridge, Massachusetts and London, England, Harvard University Press, 1996.
2 Dworkin, Ronald, Sovereign Virtue. The Theory and Practice of Equality, Cambridge, Massachusetts and London, England, Harvard University Press, 2000. (Las referencias posteriores a esta obra las haremos directamente en el texto y entre paréntesis.)
3 Cabe recordar que los títulos de las obras de Dworkin han sido traducidos al español de manera no del todo satisfactoria. Primero, Taking Rights Seriously, cuya traducción es "tomar los derechos seriamente" o "en serio", fue traducida erróneamente de forma abreviada como Los derechos en serio. Segundo, Law's Empire, cuya traslación es "el imperio del derecho", fue parafraseada erradamente como El imperio de la justicia. Finalmente, Foundations of Liberal Equality, cuya versión en español es "los fundamentos de la igualdad liberal", fue trastocada equívocamente de modo asombroso como Ética privada e igualitarismo político.
4 Cfr. Rawls, John, A Theory of Justice, Cambridge, Massachusetts and London, England, Harvard University Press, 1971. (Hay versión en español: Teoría de la justicia, trad. María Dolores González, México, Fondo de Cultura Económica, 1979.)
5 Dworkin adelanta que pretende desarrollar ampliamente dicho argumento en un libro próximo, basado en las tres "John Dewey Lectures" impartidas en Columbia University en el otoño de 1998, bajo el título "Justice for Hedgehogs", i. e., "justicia para erizos".
6 Véase Dworkin, Ronald, "Objectivity and Truth: You'd Better Believe It", Philosophy and Public Affairs, 25, 1996, p. 87.
7 Véase Dworkin, Ronald, "Liberalism", A Matter of Principle, cit. en la nota 1, p. 188: "La política de las democracias... reconocen varios ideales políticos constitutivos independientes, entre los cuales los más importantes son los ideales de libertad e igualdad. Desdichadamente, libertad e igual- dad frecuentemente están en conflicto: algunas veces el único medio efectivo para promover la igualdad requiere de alguna limitación de la libertad, y algunas veces las consecuencias de promover la libertad son detrimento para la igualdad. En estos casos, el buen gobierno consiste en el mayor compromiso entre estos ideales competitivos...".
8 Cfr. Dworkin, Ronald, "Why Liberals Should Care about Equality", en A Matter of Principle, cit. en la nota 1, pp. 205-213.
9 Véase Berlin, Isaiah, "Two Concepts of Liberty", Four Essays on Liberty, Oxford, Oxford University Press, 1969.
10 Véase Rawls, John, A Theory of Justice, cit. en la nota 4; y, Political Liberalism, New York, Columbia University Press, 1993. (Hay versión en español: Liberalismo político, trad. de Sergio René Madero Báez, México, Facultad de Derecho, UNAM, Fondo de Cultura Económica, 1995.)
11 Sobre la crítica sobre Rawls y A Theory of Justice, véase Dworkin, Ronald, "Justice and Rights", Taking Rights Seriously, cit. en la nota 1, pp. 150-183. En mi opinión, hay al menos dos argumentos principales de Dworkin que debemos tener presentes sobre el diseño de la "posición original". Primero, no es moralmente neutro: "las instituciones y los arreglos políticos... son meramente formas idealizadas de aquellas que están en vigor en los Estados Unidos. Ellas son las instituciones, esto es, de la democracia liberal constitucional." Ibidem, p. 182. Segundo, las libertades básicas y su prioridad son muy cuestionables: "Por el contrario, el derecho al respeto igual no es... un producto del contrato (social), pero una condición de admisión a la posición original... Este es un derecho, por lo tanto, que no emerge del contrato (social), pero que es asumido, como un derecho fundamental debe ser, en su diseño." Ibidem, p. 181.
12 Cfr. Weber, Max, El político y el científico, trad. de Francisco Rubio Llorente, Madrid, Alianza, 1967.
13 Véase Nozick, Robert, Anarchy, State and Utopia, New York, Basic Books, 1974. (Hay versión en español: Anarquía, Estado y utopía, trad. Rolando Tamayo, México, Fondo de Cultura Económica, 1989.)
14 Cohen, G. A., "On the Currency on Egalitarian Justice", Ethics, 99, julio de 1989.
15 Sen, Amartya, Inequality Reexamined, Cambridge, Massachusetts and London, England, Harvard University Press, 1992.
16 Cohen, G. A., If Youre an Egalitarian How Come Youre So Rich, Cambridge, Massachusetts and London, England, Harvard University Press, 2000.
17 Dworkin, Ronald, Taking Rights Seriously, cit. en la nota 1, p. 149.