Paridad de género: entre acceso a las listas y acceso a los cargos

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Carlos Báez Silva
Karolina Monika Gilas

Resumen

La reforma constitucional de 2014 en materia electoral incluyó entre los principios el de paridad de género. A partir de ese reconocimiento, las modificaciones legales reforzaron los mecanismos de acciones afirmativas a favor de género. Al mismo tiempo, se abrió un importante espacio para la interpretación constitucional de los alcances e implicaciones de dicho principio. El presente trabajo revisa la postura e interpretación llevadas a cabo por los dos órganos de control de constitucionalidad en la materia electoral, la Suprema Corte y el Tribunal Electoral, respecto del principio de paridad de género en la asignación de escaños de representación proporcional. Las conclusiones de que las modificaciones al orden de candidatos en las listas de mejores perdedores van más allá de lo previsto por la Constitución, resultan en una violación al principio democrático de respeto de la voluntad del electorado, así como trastocan el objetivo de la acción afirmativa.

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Cómo citar
Báez Silva, C., & Gilas, K. M. (2017). Paridad de género: entre acceso a las listas y acceso a los cargos. Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana De Derecho Constitucional, 1(36). https://doi.org/10.22201/iij.24484881e.2017.36.10857
Sección
Artículos Doctrinales