Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales <p><strong>Cuestiones Constitucionales</strong>, editada semestralmente en modalidad de publicación continua, cuenta con un contenido en el que pretendemos abordar en tiene que ver con la clara intención de reflejar el cambio tan vertiginoso que estamos presenciando en nuestras instituciones jurídicas públicas, al mismo tiempo que impulsar lo que ya se considera un nuevo derecho constitucional mexicano.</p> Instituto de Investigaciones Jurídicas, Universidad Nacional Autónoma de México es-ES Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional 1405-9193 <p><strong>Uso de licencias Creative Commons (CC)</strong></p> <p>Todos los textos publicados por el Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional sin excepción, se distribuyen amparados con la licencia CC BY-NC 4.0 Internacional, que permite a terceros utilizar lo publicado, siempre que mencionen la autoría del trabajo y la primera publicación en esta revista. No se permite utilizar el material con fines comerciales.</p> <p><strong>Derechos de autoras o autores</strong></p> <p>De acuerdo con la legislación vigente de derechos de autor el Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional reconoce y respeta el derecho moral de las autoras o autores, así como la titularidad del derecho patrimonial, el cual será transferido —de forma no exclusiva— a Cuestiones Constitucionales para permitir su difusión legal en acceso abierto.</p> <p>Autoras o autores pueden realizar otros acuerdos contractuales independientes y adicionales para la distribución no exclusiva de la versión del artículo publicado en Cuestiones Constitucionales. 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El único requisito para esto es que siempre se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional y se cite de manera correcta la fuente incluyendo el DOI correspondiente.</p> Tutela constitucional del viudo, diferenciación por razón de género y acceso a la pensión en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional del Perú https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/20282 <p class="p1">El presente ensayo analiza la protección judicial que el Tribunal Constitucional peruano ha prodigado al viudo en el reciente pronunciamiento contenido en la Sentencia núm. 468/2025, del expediente núm. 01929-2024-PA/TC, de relevancia para el derecho previsional. Para tal propósito, se analiza la regulación aplicable al personal militar policial desarrollada en el Decreto Ley núm. 19846, que creó distinciones entre los sujetos que pueden acceder a una pensión de jubilación en dicho régimen de personal, sin reparar en la afectación de derechos fundamentales que ello podría producir. Luego se analiza los fundamentos de diferenciación que, en su momento, fueron recogidos por el legislador para el acceso en dicho régimen. También se argumenta que la sentencia traza una importante línea de justicia material al establecer que dichos requisitos exigibles al varón, pero no a la mujer, constituyen una exigencia irrazonable para el acceso a la pensión de jubilación. Finalmente, se analiza la norma previsional que condiciona el acceso del varón a la pensión de jubilación a su invalidez o incapacidad de subsistencia económica, exigencia no establecida para las mujeres, lo que evidencia un actuar contrario al mandamiento de igualdad ante la ley. Con el uso de las técnicas sociológica, hermenéutica e histórica, se llega a la conclusión de que dicho pronunciamiento constitucional supera consideraciones basadas en diferenciación por razón de género que deben ser descartadas en el Estado constitucional de derecho.</p> L. Alberto Huamán Ordóñez Javier H. Espinoza Escobar Derechos de autor 2026 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 2026-04-28 2026-04-28 10.22201/iij.24484881e.2026.55.20282 Análisis de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Brasil sobre la responsabilidad financiera de los entes federativos brasileños en la acogida a los refugiados https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/19892 <p class="p1">Las constantes crisis económicas y sociales en América del Sur han convertido a Brasil en una de las principales puertas de entrada para personas refugiadas, lo que plantea desafíos significativos en cuanto al financiamiento de su acogida. Estos retos se relacionan con la garantía de acceso a servicios públicos y con el cumplimiento de compromisos internacionales asumidos por la Federación. El desequilibrio financiero generado por la llegada de refugiados afecta especialmente a los estados y municipios fronterizos, que enfrentan una presión desproporcionada sobre sus estructuras administrativas y presupuestarias. A partir del análisis de decisiones del Supremo Tribunal Federal, el artículo examina la necesidad de fortalecer el federalismo cooperativo para una distribución más equitativa de responsabilidades entre los entes federativos. Se argumenta que el cumplimiento de los derechos de las personas refugiadas sólo será posible mediante una articulación efectiva entre los distintos niveles de gobierno y un compromiso sólido con la solidaridad federativa.</p> Marina Gabriela Menezes Santiago Nilson Costa Souza Derechos de autor 2026 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 2026-02-28 2026-02-28 e19892 e19892 10.22201/iij.24484881e.2026.55.19892 Cristina Fernández de Kirchner y el lawfare https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/20412 <p class="p1"><span class="s1">Se estudia el fenómeno del <em>lawfare</em> en América Latina. Para ello se destaca el caso de Cristina Fernández de Kirchner, y la última resolución que emitió la Corte Suprema de la Nación del país austral sobre el “Caso Vialidad”. Antes de ese análisis, nos referimos como antecedentes a los asuntos de Andrés Manuel López Obrador, Dilma Rousseff, Rafael Correa y Jorge Glas. El propósito de nuestro ensayo es proponer una doctrina jurídica sobre el <em>lawfare</em> que contenga elementos contextuales, cuantitativos, cualitativos, teleológicos y consecuencialistas, para comprender los impactos negativos que tiene esta práctica en la conformación y consolidación del Estado constitucional de derecho y en la pervivencia de democracia misma</span>.</p> Jaime Fernando Cárdenas Gracia Derechos de autor 2026 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 2025-01-02 2025-01-02 e20412 e20412 10.22201/iij.24484881e.2026.55.20412 Comentario legislativo al artículo 10 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/20486 <p class="p1">En este texto se analiza el artículo 10 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a la luz de una morada jurídica, sociológica y comparada. Se comenta su texto vigente, el núcleo esencial del derecho reconocido y las limitaciones derivadas del principio de proporcionalidad, la reserva de ley y el control de convencionalidad. Se hace un breve repaso de su evolución histórica. Y las razones que han enmarcado los cambios desde la perspectiva política. Del mismo modo, se presentan algunas reflexiones orientadas a mejorar la eficacia normativa y mantener el equilibrio entre este derecho fundamental y la seguridad colectiva, con capacidad institucional y trazabilidad, de modo que el artículo 10 siga como norma viva, adaptable y sustentada en políticas públicas efectivas sin que se configuren ni en la propia disposición constitucional ni en las normas secundarias vías de regresión en apego al artículo 1o. de la carta magna.</p> Ernesto Villanueva Derechos de autor 2026 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 2026-04-28 2026-04-28 e20486 e20486 10.22201/iij.24484881e.2026.55.20486 Análisis de la Ley núm. 20.431 sobre Muerte Digna en Uruguay https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/21075 <p class="p1">El presente comentario tiene por objeto examinar la Ley núm. 20.431 de Muerte Digna, que legaliza la eutanasia en Uruguay a la luz del alcance y las implicaciones de la dignidad humana como fundamento de los derechos humanos. Esta normativa reconoce el “derecho a una muerte digna” y permite el ejercicio de la eutanasia de acuerdo con ciertas modalidades y procedimientos. Se analizan los antecedentes y argumentos que propiciaron la creación de la ley, así como su contenido.</p> Fernando Batista Pedro Antonio Pérez Valdivieso Derechos de autor 2026 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 2026-04-08 2026-04-08 e21075 e21075 10.22201/iij.24484881e.2026.55.21075 La regulación de la eutanasia en Uruguay: examen crítico de la Ley núm. 20.431 https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/20958 <p class="p1">Este artículo analiza la Ley núm. 20.431 de Uruguay, primera legislación en América Latina que regula de manera expresa la eutanasia mediante un marco normativo. La ley se estructura en torno al reconocimiento de la autonomía personal como fundamento del proceso de morir. Sin embargo, desde una perspectiva constitucional y bioética, el estudio identifica tensiones relevantes en el diseño normativo. Se sostiene que la autodeterminación del paciente queda sujeta a mecanismos de validación institucional que la transforman en una autonomía jurídicamente condicionada. Asimismo, la definición legal de eutanasia, como un procedimiento realizado por un médico o por su orden, plantea problemas éticos y jurídicos, al desplazar la ejecución material a terceros. Finalmente, se argumenta que estas ambigüedades normativas inciden en los principios constitucionales de legalidad, seguridad jurídica y el deber estatal de protección de las personas en situación de vulnerabilidad.</p> Sara Elena Villanueva Sáenz Derechos de autor 2026 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 2026-03-19 2026-03-19 e20958 e20958 10.22201/iij.24484881e.2026.55.20958 Reforma a la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, que incluyó en el calendario cívico nombres de mujeres transformadoras de México https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/20642 <p class="p1">Este comentario describe y analiza el proceso legislativo y el contenido de la adición a la ley de símbolos patrios que tiene la particularidad de haber sido una Iniciativa de la primera mujer que ha ocupado la Presidencia de México, cuyo objetivo es honrar y difundir el trabajo de 24 mujeres (desde la etapa prehispánica hasta el siglo XX) en el ejercicio de gobierno, los movimientos sociales, el arte y la ciencia, el cual ha permitido el desarrollo de México. Se explica la forma en que la reforma da cumplimiento a derechos fundamentales establecidos en la Constitución federal y en convenciones internacionales suscritas por México. También se mencionan algunos reconocimientos, que durante los siglos XX y XXI, se han realizado a mujeres destacadas por parte de la Cámara de Diputados y el Poder Ejecutivo federal.</p> Adriana Berrueco García Derechos de autor 2026 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 2026-02-23 2026-02-23 e20642 e20642 10.22201/iij.24484881e.2026.55.20642 Apoyos para el ejercicio de la capacidad jurídica en el marco del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. Problemas constitucionales y civiles de su implementación https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/20195 <p class="p1">El 7 de junio de 2023 se publicó el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares que, en cuanto a la capacidad de ejercicio de las personas mayores de edad, deroga todas aquellas disposiciones que tengan por objeto declarar el estado de interdicción ,y además ordena que los congresos locales lleven a cabo las reformas necesarias para que su legislación sea acorde con el nuevo Código. La pretensión del legislador consiste en instaurar en el sistema jurídico mexicano el modelo de apoyos previsto en el artículo 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Sin embargo, la forma en que se ha hecho por parte del Congreso de la Unión conlleva una violación al pacto federal y una violación a la libertad de configuración legislativa de los congresos locales, que se traduce en una desprotección para las personas con discapacidad.</p> José Antonio Sánchez Barroso Derechos de autor 2026 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 2026-04-27 2026-04-27 e20195 e20195 10.22201/iij.24484881e.2026.55.20195 Estructuración del orden sociojurídico en México (usos de la ley para abusar de la ley) https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/20140 <p class="p1">rsonales de acción están caracterizados por la indiferenciación (individuo-persona). Por lo tanto, lo que allí prima es el estrato de pertenencia, de forma que el contenido del derecho, de la política, de la moral, el cual en tanto un “orden necesario”, está determinado de manera heterónoma y <em>a priori</em> (Dios, naturaleza, posición, individuo). La diferenciación por funciones, característica preeminente del orden social moderno, se realiza cuando los sistemas diferenciados asumen la forma de un programa condicional y, por lo tanto, presuponen un efectivo nivel de despersonalización e indiferencia en relación con su entorno. Entonces ¿cómo es posible que la diferenciación funcional, es decir, la forma preeminente que ha asumido la sociedad moderna para estructurar el orden social parezca contradecirse, al actualizar operativamente estructuras y relaciones sociales premodernas? La observación y análisis de la construcción del orden social y la articulación operativa de expectativas, estructuras, presupuestos y organizaciones en América Latina, en general (I), y la estructuración del orden social en México, en particular (II), evidencia precisamente la forma generalizada de <em>cómo</em> —sobre el presupuesto de la diferenciación funcional—, se han construido y se construyen en esta periferia de la sociedad moderna, prácticas y expectativas heterónomas (III), las cuales, no obstante, hacen operativo el orden social (IV), el Estado, la política y el derecho, al naturalizar particulares <em>scripts</em> y formas de democracia (V).</p> Raúl Zamorano Farías Derechos de autor 2026 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 2026-04-10 2026-04-10 e20140 e20140 10.22201/iij.24484881e.2026.55.20140 Los desafíos a la objeción de conciencia al aborto en México https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/20259 <p class="p1">Este artículo examina los desafíos de la objeción de conciencia al aborto en México, derivados de un par de acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos en contra de sendas cláusulas de conciencia: artículos 10 bis de la Ley General de Salud y 12 bis de la Ley de Salud de Morelos, en su opinión, colisionaban los derechos de conciencia del personal sanitario con el derecho a la salud sexual y reproductiva de la mujer o persona gestante. Después del análisis de esta institución por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quedó establecida su naturaleza, alcances y límites. Por tanto, la investigación se centra en la cláusula de conciencia del personal sanitario.</p> Alberto Patiño Reyes Derechos de autor 2026 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 2026-03-19 2026-03-19 e20259 e20259 10.22201/iij.24484881e.2026.55.20259 Hacia una definición integral de defensa penal eficaz. Un análisis crítico de la jurisprudencia de la Corte Interamericana https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/19825 <p class="p1">Esta investigación examina el derecho a la defensa penal efectiva en el contexto de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Si bien se la reconoce como una garantía fundamental del proceso penal, su interpretación y aplicación revelan vacíos e inconsistencias que generan incertidumbre jurídica y complican su implementación en los sistemas judiciales de los Estados parte. El objetivo principal del estudio es identificar y justificar los elementos constitutivos de este derecho. Con base en una metodología cualitativa, se analizan críticamente seis sentencias históricas de la Corte. El enfoque inductivo nos permite identificar patrones recurrentes y deficiencias conceptuales. El estudio propone cuatro elementos esenciales para clarificar y fortalecer este derecho: planeación estratégica, enfoque crítico de las acciones procesales, ejecución de actos procesales necesarios y relevantes, y tutela exclusiva de los derechos del imputado.</p> Solín Núñez Javier H. Espinoza Escobar Derechos de autor 2026 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 2026-03-13 2026-03-13 e19825 e19825 10.22201/iij.24484881e.2026.55.19825 El conciliador en derecho en Colombia. Un funcionario sin jurisdicción a pesar del reconocimiento constitucional https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/20239 <p class="p1">Este artículo propone un análisis de las razones por las cuales el conciliador en derecho en Colombia carece de jurisdicción, a pesar del reconocimiento transitorio de la función de administrar justicia que se le confiere en la Constitución Política de 1991. Esta afirmación tiene implicaciones legales y prácticas en tanto este funcionario no tiene la potestad de tomar decisiones con fuerza vinculante y ejecutoria. El documento expone la información obtenida mediante técnicas de revisión documental y recoge los nociones constitucionales, legales, jurisprudenciales y doctrinales del concepto de jurisdicción para poder analizar la figura de la conciliación y, a partir de allí, establecer que, pese al reconocimiento constitucional, esta figura no está dotada de la facultad de administrar justicia dada la imposibilidad material de ejercer un poder de decisión facultativa.</p> Daniela Velez Restrepo Derechos de autor 2026 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 2026-03-06 2026-03-06 e20239 e20239 10.22201/iij.24484881e.2026.55.20239 Los factores detrás de la reforma del Poder Judicial en México https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/19837 <p class="p1">Este trabajo analiza tres factores detrás de la reforma judicial del expresidente López Obrador. El primero es la idea de “democratizar al Poder Judicial” mediante elecciones directas de jueces y magistrados, esta idea está presente en América Latina cuando se intenta reformar al Poder Judicial sobre todo en gobiernos de izquierda. El segundo es la idea del principio contramayoritario porque para el expresidente y la coalición gobernante el Congreso es el actor que debe tener la última palabra en las decisiones, ya que consideran que los jueces no tienen legitimidad democrática y representan a una institución elitista. Finalmente, el tercer factor es que en los procesos de erosión democrática los ejecutivos no solo necesitan agencia para poder desplegar sus reformas e ideas, sino que hay condiciones institucionales que las facilitan.</p> Josafat Cortez Salinas Derechos de autor 2026 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 2026-02-27 2026-02-27 e19837 e19837 10.22201/iij.24484881e.2026.55.19837 Alcances de la interpretación literal prevista en el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/20341 <p class="p1">La reforma constitucional al segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispuso que los jueces que resuelvan sobre la aplicación de la prisión preventiva oficiosa deben limitarse a una simple interpretación literal. En el presente artículo se exponen los alcances y límites de esta obligación, dentro del marco de la doctrina sobre los presupuestos y métodos de interpretación jurídica. La in<span class="s1">terpretación literal, la cual busca que sea el legislador quien controle el significado de las palabras de la ley, pasa por alto que el significado de un texto es evolutivo y, más bien, producto de una convención institucional. Asimismo, al tratarse de una restricción a los derechos humanos previstos en el texto constitucional, dicho dispositivo queda blindado en contra de una interpretación conforme o de un control de convencionalidad, lo que deja al Estado mexicano en el riesgo de incurrir en responsabilidad internacional por incumplimiento de sus obligaciones convencionales.</span></p> Víctor Manuel Rojas Amandi Derechos de autor 2026 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 2026-02-28 2026-02-28 e20341 e20341 10.22201/iij.24484881e.2026.55.20341 Prohibición de la suspensión con efectos generales en la acción de inconstitucionalidad, controversia constitucional y amparo contra leyes https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/19833 <p class="p1">El texto aborda la prohibición expresa para decretar la suspensión con efectos generales en los medios de control de constitucionalidad de normas generales a cargo de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación, conforme a las modificaciones a los artículos 105 y 107 de la Constitución mexicana del 15 de septiembre de 2024. ¿Cuál ha sido la trayectoria de la figura dentro de la jurisdicción constitucional mexicana? ¿La reforma acerca o aleja a la jurisdicción constitucional mexicana de las mejores prácticas en el derecho comparado? El objetivo es responder a estos cuestionamientos a través de un análisis de la trayectoria histórica de la figura en el derecho constitucional mexicano, con referencia a un <em>bench-marking</em> de las mejores prácticas en el derecho comparado.</p> Alberto Abad Suárez Ávila Derechos de autor 2026 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 2026-01-30 2026-01-30 e19833 e19833 10.22201/iij.24484881e.2026.55.19833 Por un nuevo contrato social. Constitucionalizar la protección del medio ambiente https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/20332 <p class="p1">El ensayo analiza el proceso de “constitucionalización” de la protección del medio ambiente en curso en varios países del mundo, entre ellos Italia, quien, en 2022, modificó la Constitución en sus principios esenciales. El objetivo es po<span class="s1">ner de relieve que, de este modo, la protección de dicho factor se convierte en un “valor constitucional fundamental” que engloba todas las formas de protección jurídica experimentadas hasta ese momento; las que consideran, de vez en cuando, el medio ambiente un bien jurídico, un derecho subjetivo, un interés objetivo, un deber jurídico. Al repasar la teoría de los valores y las técnicas de ponderación de valores, el trabajo muestra que la constitucionalización del medio</span> ambiente debe interpretarse en el sentido de prescribir un “nuevo contrato social” que debe garantizar el valor del “ser” en todas sus expresiones concretas (personas humanas, generaciones presentes y futuras, madre naturaleza, animales), para contribuir a lograr una coexistencia integrada de todas las formas de vida.</p> Andrea Morrone Derechos de autor 2026 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 2026-01-29 2026-01-29 e20332 e20332 10.22201/iij.24484881e.2026.55.20332 Los sentidos normativos de la solidaridad en el nuevo constitucionalismo latinoamericano. Un análisis comparado https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/20536 <p>El presente artículo examina, desde una perspectiva comparada, los sentidos normativos del principio de solidaridad en las constituciones del nuevo constitucionalismo latinoamericano: Colombia (1991), Venezuela (1999), Ecuador (2008) y Bolivia (2009). El estudio aborda, en primer lugar, los contextos históricos, sociales y políticos que dieron origen a los procesos constituyentes de las constituciones colombiana, venezolana, ecuatoriana y boliviana; luego, identifica los elementos comunes de sus textos, en particular la relación entre solidaridad, Estado social de derecho y derechos sociales; y propone una taxonomía de sentidos normativos. Se concluye que la solidaridad cumple tres papeles centrales: como fundamento del Estado social de derecho, como deber social exigible al Estado y a los particulares, y como principio estructurante de los derechos sociales, confirmando así su valor normativo efectivo.</p> Miriam Lorena Henríquez Viñas Sabrina Ragone Derechos de autor 2026 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 2026-01-26 2026-01-26 e20536 e20536 10.22201/iij.24484881e.2026.55.20536 Consideraciones en torno a la constitucionalización del derecho civil en México https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/20396 <p class="p1">La constitucionalización del derecho civil en México es un fenómeno que forma parte de un proceso más general, el cual ha consistido en la constitucionalización del ordenamiento jurídico. A su vez, este proceso se ha caracterizado por la “impregnación” de las distintas ramas del derecho por los principios, reglas y valores previstos en las Constituciones, de tal suerte que numerosas instituciones se han visto modificadas en sus estructuras y contenidos, no de manera autónoma (por así decirlo), sino de acuerdo y en sintonía con las disposiciones establecidas en las Constituciones de un buen número de países; pues estamos, hay que decirlo, ante un fenómeno de alcance global. Sin embargo, el fenómeno apuntado ha abierto una serie de debates relacionados en última instancia con la relación (y la tensión) entre la justicia constitucional y el legislador, los cuales se analizan en el presente ensayo.</p> José María Serna de la Garza Derechos de autor 2025 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 2026-01-14 2026-01-14 e20396 e20396 10.22201/iij.24484881e.2026.55.20396 Machín Mezher, J. A. (2025). El debate sobre los conflictos entre derechos. Una aproximación desde el principio de proporcionalidad, el contenido esencial y la doctrina del doble efecto. Tirant lo Blanch; Universidad Panamericana https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/20925 Sergio Andreé Torres Hernández Derechos de autor 2026 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 2026-03-13 2026-03-13 e20925 e20925 10.22201/iij.24484881e.2026.55.20925