Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional
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<p><strong>Cuestiones Constitucionales</strong>, editada semestralmente en modalidad de publicación continua, cuenta con un contenido en el que pretendemos abordar en tiene que ver con la clara intención de reflejar el cambio tan vertiginoso que estamos presenciando en nuestras instituciones jurídicas públicas, al mismo tiempo que impulsar lo que ya se considera un nuevo derecho constitucional mexicano.</p>Instituto de Investigaciones Jurídicas, Universidad Nacional Autónoma de Méxicoes-ESCuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional 1405-9193<p><strong>Uso de licencias Creative Commons (CC)</strong></p> <p>Todos los textos publicados por el Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional sin excepción, se distribuyen amparados con la licencia CC BY-NC 4.0 Internacional, que permite a terceros utilizar lo publicado, siempre que mencionen la autoría del trabajo y la primera publicación en esta revista. No se permite utilizar el material con fines comerciales.</p> <p><strong>Derechos de autoras o autores</strong></p> <p>De acuerdo con la legislación vigente de derechos de autor el Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional reconoce y respeta el derecho moral de las autoras o autores, así como la titularidad del derecho patrimonial, el cual será transferido —de forma no exclusiva— a Cuestiones Constitucionales para permitir su difusión legal en acceso abierto.</p> <p>Autoras o autores pueden realizar otros acuerdos contractuales independientes y adicionales para la distribución no exclusiva de la versión del artículo publicado en Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional (por ejemplo, incluirlo en un repositorio institucional o darlo a conocer en otros medios en papel o electrónicos), siempre que se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en Cuestiones Constitucionales.</p> <p>Para todo lo anterior, deben remitir la carta de transmisión de derechos patrimoniales de la primera publicación, debidamente requisitada y firmada por las autoras o autores. Este formato debe ser remitido en PDF a través de la plataforma OJS.</p> <p><strong>Derechos de lectoras o lectores</strong></p> <p>Con base en los principios de acceso abierto las lectoras o lectores de la revista tienen derecho a la libre lectura, impresión y distribución de los contenidos de Cuestiones Constitucionales por cualquier medio, de manera inmediata a la publicación en línea de los contenidos. El único requisito para esto es que siempre se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional y se cite de manera correcta la fuente incluyendo el DOI correspondiente.</p>Alcances de la interpretación literal prevista en el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
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<p class="p1">La reforma constitucional al segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispuso que los jueces que resuelvan sobre la aplicación de la prisión preventiva oficiosa deben limitarse a una simple interpretación literal. En el presente artículo se exponen los alcances y límites de esta obligación, dentro del marco de la doctrina sobre los presupuestos y métodos de interpretación jurídica. La in<span class="s1">terpretación literal, la cual busca que sea el legislador quien controle el significado de las palabras de la ley, pasa por alto que el significado de un texto es evolutivo y, más bien, producto de una convención institucional. Asimismo, al tratarse de una restricción a los derechos humanos previstos en el texto constitucional, dicho dispositivo queda blindado en contra de una interpretación conforme o de un control de convencionalidad, lo que deja al Estado mexicano en el riesgo de incurrir en responsabilidad internacional por incumplimiento de sus obligaciones convencionales.</span></p>Víctor Manuel Rojas Amandi
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2026-02-282026-02-28e20341e2034110.22201/iij.24484881e.2026.55.20341Los factores detrás de la reforma del Poder Judicial en México
https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/19837
<p class="p1">Este trabajo analiza tres factores detrás de la reforma judicial del expresidente López Obrador. El primero es la idea de “democratizar al Poder Judicial” mediante elecciones directas de jueces y magistrados, esta idea está presente en América Latina cuando se intenta reformar al Poder Judicial sobre todo en gobiernos de izquierda. El segundo es la idea del principio contramayoritario porque para el expresidente y la coalición gobernante el Congreso es el actor que debe tener la última palabra en las decisiones, ya que consideran que los jueces no tienen legitimidad democrática y representan a una institución elitista. Finalmente, el tercer factor es que en los procesos de erosión democrática los ejecutivos no solo necesitan agencia para poder desplegar sus reformas e ideas, sino que hay condiciones institucionales que las facilitan.</p>Josafat Cortez Salinas
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2026-02-272026-02-27e19837e1983710.22201/iij.24484881e.2026.55.19837Prohibición de la suspensión con efectos generales en la acción de inconstitucionalidad, controversia constitucional y amparo contra leyes
https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/19833
<p class="p1">El texto aborda la prohibición expresa para decretar la suspensión con efectos generales en los medios de control de constitucionalidad de normas generales a cargo de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación, conforme a las modificaciones a los artículos 105 y 107 de la Constitución mexicana del 15 de septiembre de 2024. ¿Cuál ha sido la trayectoria de la figura dentro de la jurisdicción constitucional mexicana? ¿La reforma acerca o aleja a la jurisdicción constitucional mexicana de las mejores prácticas en el derecho comparado? El objetivo es responder a estos cuestionamientos a través de un análisis de la trayectoria histórica de la figura en el derecho constitucional mexicano, con referencia a un <em>bench-marking</em> de las mejores prácticas en el derecho comparado.</p>Alberto Abad Suárez Ávila
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2026-01-302026-01-30e19833e1983310.22201/iij.24484881e.2026.55.19833Por un nuevo contrato social. Constitucionalizar la protección del medio ambiente
https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/20332
<p class="p1">El ensayo analiza el proceso de “constitucionalización” de la protección del medio ambiente en curso en varios países del mundo, entre ellos Italia, quien, en 2022, modificó la Constitución en sus principios esenciales. El objetivo es po<span class="s1">ner de relieve que, de este modo, la protección de dicho factor se convierte en un “valor constitucional fundamental” que engloba todas las formas de protección jurídica experimentadas hasta ese momento; las que consideran, de vez en cuando, el medio ambiente un bien jurídico, un derecho subjetivo, un interés objetivo, un deber jurídico. Al repasar la teoría de los valores y las técnicas de ponderación de valores, el trabajo muestra que la constitucionalización del medio</span> ambiente debe interpretarse en el sentido de prescribir un “nuevo contrato social” que debe garantizar el valor del “ser” en todas sus expresiones concretas (personas humanas, generaciones presentes y futuras, madre naturaleza, animales), para contribuir a lograr una coexistencia integrada de todas las formas de vida.</p>Andrea Morrone
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2026-01-292026-01-29e20332e2033210.22201/iij.24484881e.2026.55.20332Los sentidos normativos de la solidaridad en el nuevo constitucionalismo latinoamericano. Un análisis comparado
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<p>El presente artículo examina, desde una perspectiva comparada, los sentidos normativos del principio de solidaridad en las constituciones del nuevo constitucionalismo latinoamericano: Colombia (1991), Venezuela (1999), Ecuador (2008) y Bolivia (2009). El estudio aborda, en primer lugar, los contextos históricos, sociales y políticos que dieron origen a los procesos constituyentes de las constituciones colombiana, venezolana, ecuatoriana y boliviana; luego, identifica los elementos comunes de sus textos, en particular la relación entre solidaridad, Estado social de derecho y derechos sociales; y propone una taxonomía de sentidos normativos. Se concluye que la solidaridad cumple tres papeles centrales: como fundamento del Estado social de derecho, como deber social exigible al Estado y a los particulares, y como principio estructurante de los derechos sociales, confirmando así su valor normativo efectivo.</p>Miriam Lorena Henríquez ViñasSabrina Ragone
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2026-01-262026-01-26e20536e2053610.22201/iij.24484881e.2026.55.20536Consideraciones en torno a la constitucionalización del derecho civil en México
https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/20396
<p class="p1">La constitucionalización del derecho civil en México es un fenómeno que forma parte de un proceso más general, el cual ha consistido en la constitucionalización del ordenamiento jurídico. A su vez, este proceso se ha caracterizado por la “impregnación” de las distintas ramas del derecho por los principios, reglas y valores previstos en las Constituciones, de tal suerte que numerosas instituciones se han visto modificadas en sus estructuras y contenidos, no de manera autónoma (por así decirlo), sino de acuerdo y en sintonía con las disposiciones establecidas en las Constituciones de un buen número de países; pues estamos, hay que decirlo, ante un fenómeno de alcance global. Sin embargo, el fenómeno apuntado ha abierto una serie de debates relacionados en última instancia con la relación (y la tensión) entre la justicia constitucional y el legislador, los cuales se analizan en el presente ensayo.</p>José María Serna de la Garza
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2026-01-142026-01-14e20396e2039610.22201/iij.24484881e.2026.55.20396Análisis de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Brasil sobre la responsabilidad financiera de los entes federativos brasileños en la acogida a los refugiados
https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/19892
<p class="p1">Las constantes crisis económicas y sociales en América del Sur han convertido a Brasil en una de las principales puertas de entrada para personas refugiadas, lo que plantea desafíos significativos en cuanto al financiamiento de su acogida. Estos retos se relacionan con la garantía de acceso a servicios públicos y con el cumplimiento de compromisos internacionales asumidos por la Federación. El desequilibrio financiero generado por la llegada de refugiados afecta especialmente a los estados y municipios fronterizos, que enfrentan una presión desproporcionada sobre sus estructuras administrativas y presupuestarias. A partir del análisis de decisiones del Supremo Tribunal Federal, el artículo examina la necesidad de fortalecer el federalismo cooperativo para una distribución más equitativa de responsabilidades entre los entes federativos. Se argumenta que el cumplimiento de los derechos de las personas refugiadas sólo será posible mediante una articulación efectiva entre los distintos niveles de gobierno y un compromiso sólido con la solidaridad federativa.</p>Marina Gabriela Menezes SantiagoNilson Costa Souza
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2026-02-282026-02-28e19892e1989210.22201/iij.24484881e.2026.55.19892Cristina Fernández de Kirchner y el lawfare
https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/20412
<p class="p1"><span class="s1">Se estudia el fenómeno del <em>lawfare</em> en América Latina. Para ello se destaca el caso de Cristina Fernández de Kirchner, y la última resolución que emitió la Corte Suprema de la Nación del país austral sobre el “Caso Vialidad”. Antes de ese análisis, nos referimos como antecedentes a los asuntos de Andrés Manuel López Obrador, Dilma Rousseff, Rafael Correa y Jorge Glas. El propósito de nuestro ensayo es proponer una doctrina jurídica sobre el <em>lawfare</em> que contenga elementos contextuales, cuantitativos, cualitativos, teleológicos y consecuencialistas, para comprender los impactos negativos que tiene esta práctica en la conformación y consolidación del Estado constitucional de derecho y en la pervivencia de democracia misma</span>.</p>Jaime Fernando Cárdenas Gracia
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2025-01-022025-01-02e20412e2041210.22201/iij.24484881e.2026.55.20412Reforma a la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, que incluyó en el calendario cívico nombres de mujeres transformadoras de México
https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/20642
<p class="p1">Este comentario describe y analiza el proceso legislativo y el contenido de la adición a la ley de símbolos patrios que tiene la particularidad de haber sido una Iniciativa de la primera mujer que ha ocupado la Presidencia de México, cuyo objetivo es honrar y difundir el trabajo de 24 mujeres (desde la etapa prehispánica hasta el siglo XX) en el ejercicio de gobierno, los movimientos sociales, el arte y la ciencia, el cual ha permitido el desarrollo de México. Se explica la forma en que la reforma da cumplimiento a derechos fundamentales establecidos en la Constitución federal y en convenciones internacionales suscritas por México. También se mencionan algunos reconocimientos, que durante los siglos XX y XXI, se han realizado a mujeres destacadas por parte de la Cámara de Diputados y el Poder Ejecutivo federal.</p>Adriana Berrueco García
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2026-02-232026-02-23e20642e2064210.22201/iij.24484881e.2026.55.20642