RAMBERG, Jan, Guide to INCOTERMS 1990, París, ICC Publishing, 1991, 152 pp.

Se trata de una obra verdaderamente útil para los juristas interesados en el comercio internacional. Consta de dos partes y varios anexos. La primera parte contiene una explicación detallada de lo que son los INCOTERMS (international commercial terms) y de las características principales que tiene la última versión de éstos, la de 1990. La segunda parte contiene la versión citada de los INCOTERMS, acompañada de comentarios a cada uno de los párrafos preparados por Jan Ramberg. Los anexos contienen documentos importantes para el comercio internacional: las reglas para guías de embarque en transporte marítimo (CMI uniform rules for sea waybills) preparadas por el Comité Marítimo; las reglas para conocimientos de embarque expedidos electrónicamente, preparadas por el mismo comité (CMI rules for electronic bills of lading) y los "Combiterms" o reglas para la distribución de costos entre comprador y vendedor en operaciones de compraventa internacional.

El autor hace notar que el uso de alguno de los INCOTERMS, como FOB o CIF, implica definir el contenido de las obligaciones del comprador y del vendedor en lo relativo al transporte de las mercancías, a los trámites para su importación o exportación, a los gastos de carga y descarga y otros gastos adicionales, a los riesgos de pérdida o deterioro y al seguro de las mercancías (p. 8). Por consiguiente, es de suma importancia que las partes contratantes sepan exactamente el significado y contenido de estos términos.

Los INCOTERMS se clasifican en cuatro grupos: los términos E, términos F, términos C y términos D. El grupo E, que sólo contiene un término: EXW (ex works), se caracteriza porque el comprador recoge las mercancías en el almacén o fábrica del vendedor. El grupo F contiene tres términos: FCA (free carrier), FAS (free alongside ship) y FOB (free on board), y se caracteriza porque el vendedor está libre del costo del transporte y del riesgo de la mercancía; la letra F significa ese estar libre (free) el vendedor. El grupo C abarca cuatro términos: CFR (cost and freight, a veces se abrevia C&F), CIF (cost, insurance and freight), CPT (carriage paid to) y CIP (carriage and insurance paid to) cuyo denominador común es que el vendedor debe asumir ciertos costos como el pago del transporte principal; la letra C significa que el vendedor paga esos costos. Y el grupo D, que contiene el mayor número de términos, cinco, que son: DAF (delivered at frontier), DES (delivered ex ship), DEQ (delivered ex quay), DDU (delivered duty unpaid) y DDP (delivered duty paid), y son todos términos en que el vendedor se obliga a entregar la mercancía en el lugar de destino; la letra D significa ese lugar de destino.

Una diferencia principal entre estos grupos la constituye -como lo hace ver el autor (p. 14)- la determinación del lugar de entre- ga de la mercancía, del cual depende también la determinación de quién corre con los riesgos de pérdida o deterioro. En una venta ex works el lugar de entrega es el propio almacén o fábrica del vendedor. En las ventas con términos F o C el lugar de entrega no es el lugar donde han de llegar las mercancías conducidas por el transportista, sino el lugar donde éstas se entregan al transportista; así, en una venta CIF Manzanillo, el lugar de entrega no es el puerto de Manzanillo, que es el lugar de destino, sino el puerto donde se embarcaron las mercancías con rumbo a Manzanillo; por lo tanto, los riesgos que sufra la mercancía después de que fue entregada son por cuenta del comprador. En las ventas con términos D el lugar de entrega es el lugar de destino de las mercancías.

En la versión 1990 de los INCOTERMS se ha introducido una nueva forma de presentación que facilita la búsqueda de la información. En cada uno de los términos comerciales se precisan las obligaciones del vendedor y las obligaciones del comprador, siguiendo un esquema único, y numerando los párrafos. Después de la indicación de cada término aparecen, en primer lugar, las obligaciones del vendedor (A), en el siguiente orden: párrafo 1: entrega de mercancías conforme con el contrato; párrafo 2: licencias, autorizaciones y permisos de importación o exportación; párrafo 3: contrato de transporte o de seguro; párrafo 4: lugar y fecha de entrega de las mercancías; párrafo 5: transmisión de riesgo; párrafo 6: distribución de gastos; párrafo 7: avisos que dar al comprador; párrafo 8: entrega de documentos o envío de mensajes electrónicos, que permitan al comprador disponer de la mercancía; párrafo 9: control, empaque y marcado de las mercancías; párrafo 10: otras obligaciones. Luego aparecen las obligaciones del comprador (B) en el siguiente orden: párrafo 1: pago de precio; párrafo 2: licencias, autorizaciones y permisos de importación o exportación; párrafo 3: contrato de transporte; párrafo 4: recepción de la mercancía; párrafo 5: transmisión del riesgo; párrafo 6 distribución de gasto; párrafo 7: avisos que dar al vendedor; párrafo 8: recepción de documentos o mensajes electrónicos que le dan el control sobre las mercancías; párrafo 9: inspección de las mercancías, y párrafo 10: otras obligaciones.

Este sistema facilita mucho la consulta y la referencia a los INCOTERMS, pues si alguien, por ejemplo, quiere saber si el comprador corre con el riesgo en una compraventa FOB, basta que se refiera al párrafo B5 de ese término; o si el vendedor quiere saber qué tipo de documentos debe entregar al comprador en una venta DDP basta con que se refiera al párrafo A8 de ese término.

Además de proporcionar la información general sobre lo que son los INCOTERMS y las principales características de la versión de 1990, el autor va haciendo comentarios de cada uno de los párrafos del texto de los INCOTERMS, que resultan muy interesantes por ser de carácter eminentemente práctico; por ejemplo, respecto de que corresponden al comprador en una venta DES (párrafo B6), hace ver que el comprador, si no retira del barco las mercancías en el plazo establecido, tendrá que pagar al dueño del barco una cantidad por concepto de demora, conocida en el comercio internacional como demurrage.

Todo lo anterior hace que esta obra sea un instrumento indispensable para los interesados en los problemas jurídicos del comercio internacional.

J. Jorge ADAME GODDARD