EL PODER Y SUS TIPOS


SUMARIO:


[
I. Introducción ] [II. Clasificación objetiva ]
[III. Clasificación por su origen ]
[IV. Clasificación por la obediencia ]
[V. Clasificación ético-jurídica ]
[ VI. Clasificación organizacional ]
[VII. Clasificación por la forma de designar a sus depositarios ]
[VIII. Clasificación por el carácter del depositario ]
[IX. Clasificación por la imagen del depositario ]
[X. Clasificación por sus beneficiarios ]


I. INTRODUCCIÓN

El poder, en esencia, se puede considerar como una líbido dominadora de conductas ajenas, como una libido dominandi inserta en la relación establecida en el binomio mando-obediencia. Así podemos entender al poder como la capacidad de un individuo o de un grupo, generada por su libido dominandi, de conferir efectos agradables o desagradables a la conducta de otro u otros individuos o grupos con el fin de imponerles su voluntad, aun contra las de ellos mismos, para lograr determinado comportamiento individual o colectivo.

Empero, la imposición de una voluntad a otra se propicia muchas veces no sólo por la libido dominadi del depositario del poder, que produce en él una capacidad de conferir efectos agradables o desagradables a la conducta ajena, sino también por la carencia de iniciativa de los destinatarios, por su abulia, por su síndrome de masa inerte que requiere de un guía que le oriente acerca de lo que conviene hacer, de un jefe que le ordene cómo, dónde y cuándo actuar; que le evite tomar decisiones en aspectos importantes, así la libido dominandi y el síndrome de masa inerte engendran el binomio poder-obediencia, y la división de los seres humanos en gobernantes y gobernados, en élites y masas, en los de arriba y los de abajo.

Desde luego, no hay un acuerdo acerca de los tipos o categorías de poder existentes, por lo cual es dable pensar que casi son tantas como autores se han ocupado de ellas, lo que denuncia lo arbitrario de las mismas; pese a ello me atrevo a sugerir mi propia propuesta de tipología del poder.

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II. CLASIFICACIÓN OBJETIVA

En el intento de precisar los diferentes tipos de poder, resulta útil formular una primera clasificación en razón de la naturaleza del mismo, de los estadios en que se desarrolla; acomodo que permite distinguir al poder político del ecónomico, del religioso, del social, del moral, del cultural y del tecnológico, y posibilita diferenciar, además, dentro del poder político, al civil y al militar.


1.El poder político
El poder público, o sea el poder político, tiene por ámbito al Estado y, por tanto, su ejercicio entraña el gobierno formal y directo de las comunidades humanas, por lo que a juicio de Lucio Mendieta y Núñez, viene a ser:

... la posibilidad de una persona, excepcionalmente de reducido número de personas, en cada país, de actuar sobre los elementos del Estado por medio de la organización política, jurídica, burocrática y militar del mismo con objeto de realizar los fines estatales.(Mendieta y Núñez, Lucio, Sociología del poder, 2a. ed., México, UNAM, Instituto de Investigaciones Sociales, 1976, p. 18).

Subdivisión del poder político Es fácil advertir en el poder del Estado un desdoblamiento en dos tipos de funciones, al primero se le identifica como el poder militar y tiene a su favor la razón de la fuerza; al segundo se le conoce como poder civil y debe tener como respaldo la fuerza de la razón. En la composición del poder político debe prevalecer el poder civil sobre el militar, so pena de que el Estado de Derecho sea suplantado por el de facto, de que el poder legítimo degenere en espurio.

a) El poder militar viene a ser la expresión externa del poder político, un atributo del Estado que normalmente se registra de manera primordial en el contexto de sus relaciones internacionales, aun cuando en el orden interno también tiene un papel importante. Diríase que en su función normal el poder militar impone a las potencias extranjeras el respeto a la soberanía nacional, y apoya al poder civil en el aseguramiento del orden público interno.

b) El poder civil constituye la manifestación interna del poder político que se ejercita dentro del Estado con relación a los gobernados, su éxito estriba en apoyarse más en el poder moral que en el de la fuerza.


2.El poder económico
En su ejercicio, el poder económico también implica el gobierno -sólo que indirecto- de seres humanos, mediante el manejo y control de bienes y servicios, de los factores de la producción y del comercio.

En otro sentido, el poder económico se refleja en el dominio o la propiedad de las cosas, respecto de las cuales se daba en la antigua Roma, el USUS, el FRUCTUS y el ABUSUS, es decir el jus utendi o derecho de servirse de la cosa y aprovechar los servicios que se le puedan sacar fuera de sus frutos; el jus fruendi, o la facultad de recibir todos los productos; y el jus abutendi, o poder de consumir la cosa, de disponer ilimitadamente de ella en forma absoluta y definitiva, ya sea destruyéndola o enajenándola. Esta idea de poder económico que se desprende del concepto de dominio o propiedad de la cosa, ha evolucionado a través del tiempo y del espacio; conforme al artículo 27 de la Constitución política mexicana:

La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana.


3.El poder religioso
En un estadio ultraterreno e intemporal se da el poder religioso, pese a ello logra la modificación de la conducta presente de los individuos, con base en sanciones y recompensas que se impondrán o recibirán en otra vida.


4.El poder familiar
Se inscribe el poder familiar en el seno del hogar, el tiempo se ha encargado de disminuir el tremendo carácter despótico y absoluto de que estuvo revestido en la antigüedad, cuando se integraba con el que tenía el padre sobre el hijo, el esposo sobre la mujer y el amo sobre el esclavo; en el derecho romano, el padre de familia venía a ser el propietario de ella y de su patrimonio; como dijera José Luis Ortolán: "La familia romana no se hallaba fundada principalmente sobre el matrimonio, sino sobre el poder." (Ortolán, José Luis, Generalización del derecho romano, Madrid, Librería de Leocadio López, 1873, p. 22).

Poder terrible el del padre de familia, que consagran las Leyes de las doce tablas; por ejemplo, en la IV se confiere, al padre sobre los hijos, derecho durante toda su vida de encerrarlos, azotarlos, tenerlos encadenados en los trabajos rústicos, venderlos o matarlos, aun cuando desempeñen elevados cargos de la República.(Cfr. Ortolán, José Luis, Historia de la legislación romana, Madrid, Librería de Leocadio López, 1873, p. 109).

Así pues, el derecho romano no reconoce en el seno familiar otro poder que el del padre, dado que la madre, en razón de la quasi patria potestad a que se encuentra sometida, por medio de la manus, guardaba una situación equiparable a la de sus hijos, lo que da idea de la magnitud e intensidad del poder marital que ejercía el jefe de familia sobre su esposa.

Con el correr de los siglos, el poder del marido registra una disminución incesante; ya en las primeras décadas de este siglo, el -para entonces- disminuido y modesto poder del marido, descansaba en la idea de que, por ser el matrimonio una sociedad, requería someterse a un poder que condujese su situación, mismo que convenía ser ejercido por el marido, dada su superioridad sobre su mujer.

A consecuencia de los embates de las corrientes feministas e igualitarias, para el último tercio de este siglo, en la legislación de muchos países, el poder marital se ha extinguido formalmente, subsistiendo apenas una mínima preeminencia del marido, conforme a la teoría conocida como de la unidad de dirección, conforme a la cual, la conyugal es una sociedad poliárquica, sometida al principio de igualdad de los cónyuges.

Así, hoy en día, el poder familiar se reduce fundamentalmente al que ejercen los padres sobre los hijos durante su minoría de edad, por medio de la patria potestad; y al que, en la práctica, ejerce el marido sobre la mujer, y en algunos casos a la inversa, puesto que legalmente tienden hacia una posición igualitaria.


5.El poder social
Se ubica el ejercicio del poder social en el seno de la sociedad civil, donde impone modas, rutinas y comportamientos, cuya observancia o infracción premia o reprueba con elogios o censuras.


6.El poder moral
Situa su espacio de influencia, el poder moral, en la intimidad de la conciencia de los individuos -cuya suma integra la conciencia colectiva-, que al distinguir entre el bien y el mal, manda actuar conforme al primero y evitar al segundo, en un imperativo categórico que Kant resume en esta fórmula: "Obra de tal modo que la máxima de tu voluntad pueda servir siempre a la vez de principio de una legislación general."(Kant, Emmanuel, Crítica de la razón práctica, México, Porrúa, p. 37).


7.El poder cultural
Tiene una doble esfera de competencia el poder cultural, dado que, en un aspecto la cultura viene a ser la formación y el perfeccionamiento del ser humano, en tanto que, en otro representa el estilo o modo de vivir de un pueblo en una época determinada. Referida a un pueblo cultivado, cultura es civilización.

Por tanto, en un sentido, el poder cultural dispone o condiciona la variedad de conocimiento que el individuo tendrá la oportunidad de asimilar para su formación y, en otro, impone el estilo de vida a un pueblo, en una época dada.

En su Filosofía de la historia, Hegel hace notar que un pueblo hace progresos en sí, tiene su desarrollo y su declinación; lo cual pone de relieve, más que nada, la categoría de la cultura, su exageración y su degeneración, esta última es, para un pueblo, resultado o fuente de su ruina.

La cultura se suele aceptar como la formación colectiva de una comunidad humana a través de las instituciones que la caracterizan, Oswald Spengler, en esta tesitura, entendía la cultura como la conciencia personal de toda una nación, según lo apunta en La decadencia de Occidente.

Con el afán de explicar el poder cultural, diremos que puede entenderse como el conjunto de clisés que una generación impone a otra posterior, dentro de una misma comunidad, tanto para la asimilación de conocimientos como para la configuración de un modo o estilo de vida; excepcionalmente esos clisés pueden ser dictados por generaciones coetáneas o anteriores de comunidades o países diferentes, en un caso típico de invasión o coloniaje cultural.


8.El poder tecnológico
Se basa el poder tecnológico en la investigación que fructifica en la innovación, en la invención; la tecnología consiste en la creatividad humana. Como dijera Bacon: Ipsa scientia potestas est.

El poder tecnológico modifica conductas, crea y satisface necesidades, impone técnicas, sistemas y procedimientos que constantemente se modifican y perfeccionan con base en nuevos inventos y descubrimientos encaminados a simplificar el logro de las metas y objetivos de las personas, la familia, la sociedad y el Estado.

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III. CLASIFICACIÓN POR SU ORIGEN

La clasificación que atiende al origen del poder encuentra tres hipótesis fundamentales: divino, humano y social.


1.Origen divino
El origen divino del poder tiene dos versiones fundamentales: la del inmediatismo, conocido también como la del absolutismo, y la tradicional o del mediatismo; conforme a la primera el poder en sí mismo proviene directa e inmediatamente de Dios, quien lo entrega para su ejercicio a una persona determinada y a sus descendientes. De acuerdo con la segunda, Dios entrega el poder a la comunidad, la que por diversos mecanismos providenciales lo confiere a un depositario específico.


2.Origen humano
La explicación del origen humano del poder encuentra su mejor versión en las teorías contractualistas de Hobbes, Pufendorf, Locke, Rousseau y Kant.


3.Origen social
La explicación del origen sociológico del poder es promovida, entre otros, por Lewis H. Morgan, Herbert Spencer y Emile Durkheim, para quienes, en última instancia, el poder es un producto social generado por fuerzas colectivas que rebasan al individuo.


4.El repudio del poder
Otros, como Pierre-Joseph Proudhon, repudian la existencia misma del poder, lo mismo el del supuesto origen divino, que la ficción del pacto social roussoniano. Proudhon pronostica la desaparición del poder estatal, la sustitución del Estado por el taller, y de la política por la economía.

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IV. CLASIFICACIÓN POR LA OBEDIENCIA

Por la forma de obtener la obediencia, el poder político se clasificará en coercitivo, voluntario y manipulador, según la obediencia se logre por la fuerza -en un sistema represivo-, por la libre voluntad -en un sistema democrático- o mediante la manipulación, en un sistema seudo-democrático de fuerte control de los medios masivos de comunicación.

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V. CLASIFICACIÓN ÉTICO-JURÍDICA

Por su juricidad y eticidad, clasificamos al poder en legítimo e ilegítimo, legal e ilegal, legitimado y sin legitimar. La ética señala como atributos indispensables del poder: su legitimidad, su legalidad, y su legitimación; la falta del primer atributo da lugar a un poder ilegítimo de hecho, la carencia del segundo configura al poder arbitrario e ilegal; y la ausencia del tercer atributo denuncia un poder que podrá ser legítimo o ilegítimo, legal o ilegal, pero falto de legitimación si es sostenido en la fuerza o en la manipulación.


1.La legitimidad
Puede entenderse la legitimidad, en relación con la titularidad del poder, como el fundamento jurídico para ejercerlo; así, un poder legítimo será el que se funde en justo título, es decir el que se obtenga conforme a los procedimientos legalmente establecidos para ello.

Un poder sin legitimidad será el de un gobierno ilegítimo, el de un gobierno usurpador, como ya se dijo, un poder de hecho. Tanto el poder legítimo como el poder de hecho, se pueden ejercer en forma legal o arbitraria, lo que da lugar a la legalidad o arbitrariedad del poder.


2.La legalidad
Se interpreta la legalidad, en relación con el desempeño del poder, como el que se ejerce de acuerdo con la ley; así, un poder será legal cuando todos los órganos que lo ejercen actúan conforme a la norma jurídica vigente. El atributo de legalidad del poder entraña un anhelo secular del zoon politikon expresado en la isonomía -igualdad ante las leyes- deseada por los griegos, en la rule of law -supremacía de la ley- buscada por los británicos, en el Rechtsstaat -Estado de derecho- preconizado por los alemanes, que se resumen en el propósito expresado por Montesquieu. ¡Que el poder detenga al poder! Conforme a la ética y al derecho, para que los depositarios se ciñan al atributo de legalidad, habrán de gobernar conforme a las leyes expedidas de acuerdo con lo dispuesto en una ley fundamental, que también señala los casos de excepción en que se permite el ejercicio discrecional -que no arbitrario- del poder.


3.La legitimación
Está la legitimación en relación con la aceptación que al ejercicio del poder le confieren sus destinatarios, dado que puede considerarse como el acatamiento, o sea el cumplimiento voluntario o consciente -y, por tanto, sin coacción ni manipulación- de los mandatos del poder público, por parte de la generalidad o cuando menos de la parte más importante -numérica o políticamente- de la población de un Estado. Sobre este particular, Robert K. Merton apunta: "El poder puede ser legitimado por algunos grupos, sin serlo por todos los grupos de una sociedad.("Merton, Robert K., Teoría y estructura sociales, trad. Florentino M. Torner y Rufina Borques, México, Fondo de Cultura Económica, 1980, p. 200).

Así considerada, la legitimación se inscribe, como atributo ético, en el deber ser del poder, pero la realidad histórica se encarga de señalar que la legitimación, en los términos antes enunciados, no pasa de ser una aspiración más de la humanidad, como la democracia, como la justicia, como la libertad, dado que no se registra hasta ahora un sólo caso en que el cumplimiento de todos los mandatos del poder público se produzca, en un Estado, sin coacción o manipulación.

De ahí que, en un plano más modesto, se hable de legitimación, no sólo para referirse al consenso voluntario y consciente, sino cuando no se registra un abierto repudio al mandato del poder público por parte del grueso de la población.

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VI. CLASIFICACIÓN ORGANIZACIONAL

En razón de la forma de organización de su ejercicio, el poder puede clasificarse en personal -o arbitrario- y en institucional, lo cual se traduce en un gobierno de personas y en uno de instituciones, respectivamente.


1.Poder personal
Se ejerce el poder personal conforme al arbitrio de sus depositarios, de ahí que también se le conozca como poder arbitrario. Es personal el poder que ejercía el patriarca sobre su progenie; el del padre sobre su hijo; el del marido respecto de su mujer; el del amo sobre su esclavo o el del señor sobre su siervo; el del líder carismático sobre sus seguidores y el del dictador sobre su pueblo.


2.Poder institucional
En su desarrollo de la teoría de la institución, Maurice Hauriou apunta que en el derecho, como en la historia, las instituciones vienen a ser la categoría de la permanencia, de la continuidad y de lo real, por cuyo motivo su constitución representa la base jurídica tanto de la sociedad como del Estado. Así, ... una institución es una idea de obra o de empresa que se realiza y permanece jurídicamente en un medio social; para la realización de esta idea, se establece un poder que le procura órganos; por otra parte, entre los miembros del grupo social interesado en la realización de la idea se producen manifestaciones de comunión dirigidas por los órganos del poder y reglamentadas mediante procedimientos.(Hauriou, Maurice, "La teoría de la institución y de la fundación", Obra escogida, Madrid, Instituto de Estudios Administrativos, 1976, p. 266).

Por tanto, a la luz de la teoría de Hauriou, podría decirse que el poder político institucional es la institución por excelencia. Explica el profesor de la Universidad de Toulousse: Una institución social consiste esencialmente en una idea objetiva transformada en una obra social por un fundador, idea que recluta adhesiones en el medio social y sujeta así a su servicio voluntades subjetivas indefinidamente renovadas.(Hauriou, Maurice, Principios de derecho público y constitucional, 2a. ed., trad. Carlos Ruiz del Castillo, Madrid, Instituto Editorial Reus, p. 84).

Marcel Prélot concuerda con esta tesis cuando afirma que la institución aparece cuando en una colectividad determinada las voluntades individuales, acorde también con una idea directriz o coligándose según una necesidad, toman parte en una misma empresa y se sujetan para su ejecución, a una autoridad y a una reglamentación comunes.(Cfr. Prélot, Marcel, Institutions politiques et droit constitutionnel, 8a. ed., Paris, Dalloz, 1980, pp. 16 y 17).

En un enfoque más moderno, Shmuel N. Eisendstadt define las instituciones ... como aquellos principios reguladores que organizan la mayoría de las actividades de los individuos de una sociedad en pautas organizacionales definidas, desde el punto de vista de algunos de los problemas básicos perennes de cualquier sociedad o vida social ordenada.(Eisendstadt, Shmuel N., "Instituciones Sociales", Enciclopedia Internacional de las Ciencias Sociales, Madrid, Aguilar, 1975, vol. VI, p. 85).

En este orden de ideas, el poder público institucional será el que funda y apoya la organización de su ejercicio, en instituciones políticas y jurídicas, entre las que destacan principalmente las leyes, que le despersonalizan y le despojan de todo sentido de capricho y arbitrariedad, y lo enmarcan dentro de las pautas organizacionales predeterminadas por voluntades individuales acordes con ellas e indefinidamente renovadas.

Por último, en torno a esta clasificación, diríamos que en tanto el poder personal o arbitrario es característico del sultanato, de la tiranía, del despotismo y de la dictadura, el poder institucional es distintivo del Estado de derecho.

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VII. CLASIFICACIÓN POR LA FORMA DE DESIGNAR A SUS DEPOSITARIOS

En el ámbito político la designación de los que mandan admite diversas formas empleadas a través del tiempo y del espacio.

Podemos advertir cómo el sentido social de la humanidad implica una organización que en sus diversos niveles y etapas reclama una dirección, una conducción, un mando, un poder, que para ejercitarse requiere de un depositario, de un gobernante cuya designación primitivamente es casi inconciente y espontánea, mediante un inconsultado consenso entre el que asume el mando y los que espontáneamente le obedecen.

Posteriormente, se registran diversas formas de designación de los gobernantes, como la violencia, que confiere el poder al amparo del derecho del más fuerte; como la herencia, la que después de siglos de emplearse ha declinado universalmente como resultado de los perseverantes embates de quienes pregonan la igualdad como cualidad connatural a la dignidad de los seres humanos; censuras que se resumen en la célebre frase de Rutheford: "Ningún hombre sale del vientre de su madre con una diadema en la cabeza o un cetro en la mano".

Otra forma de designación es la cooptación, entendida como el método por el cual el gobernante en turno designa a su sucesor.

Pero el medio al que se le atribuye mayor afinidad con la libertad e igualdad, reclamadas por la dignidad humana, es la elección, la cual inicialmente se atribuyó al azar y, posteriormente, cuando se comprobó que éste no siempre era aliado de la sindéresis se resolvió recurrir al voto mayoritario de los gobernados, cuya coordinación fue pasando gradualmente a los partidos políticos. Analicemos en seguida las diversas formas de designar a los depositarios del poder político.


1.Por surgimiento espontáneo
En la horda y el clan, cuando el poder no se ha institucionalizado, cuando aún no se ha producido la escisión entre los que mandan y los que obedecen, surge de manera espontánea el depositario del poder para acometer una empresa determinada en común; finalizada aquella empresa concluye el depósito del poder y no volverá a depositarse sino hasta cuando se acometa otra empresa en común, entonces surgirá de nuevo espontáneamente el depositario del poder, quién podra ser el mismo de la empresa anterior u otro distinto; porque en sus inicios el depositario del poder ni se elige ni se escoge, sino que, como dijera Duverger "... aparece como un fenómeno tan natural como el agua, el fuego, el granizo y la lluvia en el universo físico.("Duverger, Maurice, Instituciones políticas y derecho constitucional, 5a. ed. española, trad. Isidro Molas y otros, Barcelona, Ediciones Ariel, 1970, p. 28).


2.Por la fuerza
También entre las primeras manifestaciones del poder político encontramos que los más fuertes se erigen en sus depositarios, ellos mismos, sin otra razón que su propia fuerza, se autodesignan gobernantes, aun contra la voluntad de la mayoría del pueblo gobernado, por lo que detentan un poder injusto, ilegal, ilegítimo e ilegitimable.

En esta manera de designar a los que mandan se inscribe lo mismo la conquista que la revolución, la usurpación y el golpe de Estado.

Esta arcaica forma de designar a los depositarios del poder político perdura hasta nuestros días, como lo demuestra el reciente caso de Haití.


3.Por sorteo
En el sistema de autogestión que caracteriza la democracia directa se hizo necesaria -a raíz del crecimiento de la polis- la designación de mandatarios para dar cumplimiento a decisiones de la asamblea ciudadana; tales mandatarios se convirtieron en depositarios del poder y fueron designados, en los inicios de la representación política, por sorteo realizado entre los miembros de la asamblea ciudadana; sin embargo, bien pronto se pudo comprobar que el azar no conlleva la capacidad, la probidad y la responsabilidad, lo que trajo como consecuencia que en ocasiones, la designación del depositario del poder recayera en individuos torpes, ineptos, corruptos, ruines, irresponsables o incompetentes; quitóse por ello al azar la designación de los depositarios del poder, para atribuirla a la elección mediante el voto mayoritario de la asamblea ciudadana.


4.Por herencia
Históricamente se registra una marcada tendencia por parte de los depositarios del poder de asimilarlo al patrimonio familiar para legarlo o transmitirlo como cualquier otro bien patrimonial por la vía sucesoria a los descendientes o herederos.

Así vemos cómo la herencia ha sido consustancial a la monarquía y durante muchos siglos se le ha reconocido como título suficiente de legitimidad, aún cuando en ocasiones se ha mezclado la herencia con la elección, dentro del esquema monárquico. Una muestra de la mezcla de la herencia y la elección -por parte del parlamento inglés-, es la designación de Enrique VII:

Sea decretado, establecido y promulgado por autoridad de este parlamento, que la herencia de las Coronas de los Reinos de Inglaterra y Francia con toda la preeminencia y real dignidad que a las mismas pertenecen...esté, repose, permanezca y perdure en la muy real persona de nuestro ahora soberano señor, el Rey Enrique Séptimo, y en los herederos de su cuerpo... y en nadie más.(Tomado de Neville Figgis, John, El derecho divino de los reyes, trad. de Edmundo O'Gorman, México, FCE, 1982, p. 284).

La herencia subsiste en nuestros días como forma de designar a los depositarios o titulares de la corona en las monarquías constitucionales de Inglaterra, España, Japón, Holanda, Suecia, Noruega y Dinamarca, entre otras, donde el rey es el jefe del Estado, pero no del gobierno.


5.Por cooptación
Este vocablo tiene cuando menos tres acepciones: en un sentido lato, se entiende por cooptación la incorporación al programa formulado por la dirigencia de una organización, de las ideas, iniciativas y propuestas de la oposición, con la mira de debilitar su fuerza y minar su apoyo entre la base; en un sentido restringido, se entiende por cooptación la designación de los nuevos miembros de un cuerpo colegiado por los integrantes en funciones; en un sentido aún más estricto, se entiende por cooptación la designación que realiza el gobernante en turno, de quien ha de sucederlo; o el dirigente del partido en funciones, de quien lo habrá de sustituir:

En sentido estricto -apunta Duverger-, hay cooptación cuando el predecesor designa a su sucesor: así, en la época de los Antoninos, la designación de los emperadores romanos se hizo por cooptación. Cuando un jefe de partido político se retira, y presenta a la vocación del Comité directivo o del Congreso el nombre de su sucesor, hay también cooptación. La designación de candidatos electorales en los Estados socialistas raramente responde al sistema de la cooptación, en su sentido estricto puesto que no es el diputado saliente quien designa al candidato destinado a sustituirle. Aquí se utiliza el término cooptación en sentido más amplio, para indicar que los candidatos electorales son designados, en la práctica, por el núcleo dirigente del Estado.(Duverger, Maurice, op. cit., p. 249).

La cooptación se puede dividir en dos clases: de derecho y de facto, según esté prevista por la ley o únicamente se produzca de hecho. El gran Consejo del fascismo, conforme a la Constitución italiana de Mussolini, debía de designar -mediante cooptación de jure-- al sucesor del Duce. Nerva, Trajano, Adriano, Antonino, Marco Aurelio, Vero y Cómodo, emperadores romanos conocidos como los Antoninos, fueron designados por cooptación de facto, disfrazada por procedimientos aparentes y formales distintos.

Otras divisiones de la cooptación la refieren a la que se hace en vida del designante y la que se realiza mediante testamento a su muerte; así también la cooptación directa y aquella en que se propone la designación a otro órgano, razón por lo que se conoce como indirecta.

Bidart Campos coincide con Duverger, cuando apunta que es práctica común la designación de los gobernantes aun en los Estados democráticos, dentro de un esquema mixto de cooptación y elección:

Aunque parezca un sistema superado, por lo menos tratándose de la cooptación jurídica e institucionalizada, funciona de hecho en la actualidad conectada con el régimen de partidos políticos. Si ello es más visible en las dictaduras monopartidistas, no deja de ocurrir en los Estados democráticos, donde disfrazada electoralmente, la designación del sucesor puede y suele ser comandada por el partido -sea por su jefe, sea colectivamente- a más que los dirigentes del partido gobernante son generalmente cooptados, la misma elección partidaria del candidato futuro muestra una mixtura de cooptación y elección, máxime cuando el candidato no es producto de una elección primaria abierta a los no afiliados.(Bidart Campos, Germán J., El derecho constitucional del poder, Buenos Aires, Ediar, 1967, p. 72).

En este punto conviene reflexionar que el mundo político de nuestros días es un mundo de sistemas, de sistemas políticos cuya vertebración se conforma a su vez a través de sistemas de partidos que van desde el apartidismo -sistema que prohíbe la existencia de partidos políticos, por lo que éstos viven en la clandestinidad- hasta el pluripartidismo exagerado.

Con excepción del apartidismo, en los otros, los sistemas que propiamente son de partidos, la postulación del candidato del partido triunfante equivale a una cooptación que se complementa con la correspondiente elección. Aún en el más democrático de los sistemas, la cooptación sigue siendo práctica ineluctable en mayor o menor medida.

Por ser el apartidismo un sistema político incompatible con la democracia en el que, obviamente, no hay cabida oficial para partido político alguno, resulta imposible que se registre el binomio cooptación-elección, el detentador del poder trata de serlo de por vida, a la manera de Oliveira Salazar o de Franco, y de ser posible, tratará de usar la cooptación testamentaria, que en ocasiones podrá dar lugar al establecimiento de una dinastía monárquica, como fue el caso de Pipino el Breve y de Hugo Capeto.

La cooptación se encuentra inserta en la médula de la teoría de las élites: en todo sistema político, incluido el del sistema de partidos, la designación de los depositarios o de los detentadores del poder es cuando menos propuesta -y en ocasiones resuelta- por la élite; y, con alguna frecuencia, en última instancia es el depositario mismo del poder quien realmente designa a su sucesor, lo que suele acontecer en los sistemas democráticos en los que el depósito del poder tiene una duración fija, porque el depositario en turno trata de designar -en un caso típico de cooptación- a su sucesor.

Así, en los Estados Unidos de Norteamérica, el presidente, desde que fue abolida la segunda reelección -mediante la enmienda 22 a su Constitución, ratificada el 27 de febrero de 1951-, al acercarse el término de su segundo periodo, logra que su partido postule al precandidato que él apoya, por lo que en caso de salir triunfante nos da una muestra clara del esquema de cooptación-elección que es característico de las democracias liberales, donde el líder real -que no siempre es el formal- de cada partido, o la élite del mismo, propone un precandidato que, al ser refrendado por la base, se convierte en candidato; y de salir triunfante en la elección general, en depositario del poder, en típico proceso de cooptación-elección. León Dion lo describe con objetividad:

Pero será un error creer que son los mismos miembros o afiliados a los partidos quienes designan los candidatos... en varios estados norteamericanos,... los organizadores políticos filtran cuidadosamente de antemano a los hombres que desean presentarse como candidatos a la Cámara de Representantes o al Senado. (...) En cuanto a los candidatos a la Presidencia, aunque ellos también hayan debido someterse a la prueba de las preelecciones, son elegidos en las convenciones nacionales en las que centenares de delegados elegidos o designados por sus estados respectivos se dedican a transacciones..., normalmente los partidos han preparado de antemano el escenario de las `convenciones', que frecuentemente supone una o varias votaciones entre distintos candidatos.

Pero los afiliados, que no son tontos, se limitan a asistir al espectáculo, y a aplaudir más fuerte al candidato que saben apoya el partido. Es muy raro que se llegue a votar, ya que todos los que han presentado la candidatura renuncian generosamente, gesto que es apreciado en lo que vale por la asistencia, en favor del candidato y recitan una arenga, preparada de antemano, alabando los méritos de éste.(Dion, León, Los grupos y el poder político en los EUA, trad. Ana Domenech, México, Editorial Grijalbo, 1967, pp. 52 y 53).

El sistema norteamericano establece una posibilidad de cooptación de jure para elegir al presidente de los Estados Unidos de Norte América, sin que se requiera de la ratificación de la elección. En efecto, conforme a la disposición contenida en la sección dos de la enmienda 25 constitucional, ratificada el 10 de febrero de 1967:

Siempre que esté vacante la Vicepresidencia, el presidente nombrará un vicepresidente, que asumirá el cargo cuando obtenga la confirmación correspondiente por voto mayoritario de ambas Cámaras del Congreso.

Como la sección uno de la citada enmienda 25 dispone que:

"En caso de que el presidente sea removido del cargo o de que se produzca su fallecimiento o dimisión, el vicepresidente se convertirá en presidente"; y las secciones tres y cuatro de la misma enmienda contienen preceptos similares para que el vicepresidente se convierta en presidente interino, podemos afirmar que éste es un caso de cooptación franca, por la que el presidente de los Estados Unidos de Norteamérica, designa a su sucesor, sin que medie elección ni participación del pueblo.

La primera persona que ha sido designada por cooptación para ocupar el cargo de presidente de los Estados Unidos de Norteamérica, es Gerald R. Ford, quien al renunciar el vicepresidente Spiro T. Agnew en 1973 a la Vicepresidencia, el presidente Richard M. Nixon lo nombró vicepresidente, y al renunciar Nixon a la Presidencia, Ford automáticamente se convirtió en presidente y nombró vicepresidente a Nelson A. Rockefeller, para que por primera vez en los anales norteamericanos ocupasen la Presidencia y la Vicepresidencia de ese país, dos personas designadas por sus respectivos antecesores, en una típica cooptación de iure, sin ninguna intervención del pueblo.

Para terminar este punto podríamos señalar que en cuanto a la práctica de la cooptación, los sistemas políticos se pueden dividir en dos grupos: el de los que lo confiesan y el de los que lo niegan. En rigor, en un esquema democrático y liberal no debe ruborizar la práctica de la cooptación, para la designación del depositario del poder, si y sólo si, se refrenda mediante la elección popular mayoritaria.


6.Por elección
La democracia en sus orígenes, sólo conoció la forma directa, su expresión era el autogobierno, la asamblea popular tomaba las decisiones en los asuntos concernientes a la cosa pública; en el ágora, la antigua Hélade; y en los comicios, la antigua Roma, resolvían popularmente los asuntos tocantes a la comunidad; eran los ciudadanos congregados en asamblea pública, quienes adoptaban las resoluciones de la colectividad en la democracia directa; dicho de otra manera: la ciudadanía, sin intermediación alguna, ejercía por sí y ante sí las atribuciones de la soberanía.

Aquella antigua democracia, paradójicamente aristocrática -se produjo en un régimen económico esclavista-, pronto se manifestó incapaz para el autogobierno; el crecimiento constante del número de asuntos a cargo de la asamblea popular, obligó a ésta a aumentar la frecuencia y duración de sus reuniones; el incremento en las cargas del autogobierno condujo a la delegación del ejercicio de sus funciones, mediante la institución de la representatividad, primero en su forma más pura: por sorteo y, ante sus inconvenientes ya señalados, posteriormente se dejó a la voluntad de la mayoría ciudadana, la facultad de elegir a quienes le habían de representar en el ejercicio de la función gubernamental.

Este sistema representativo, es el conocido como electoral o democrático y está basado en el sufragio. Winston Churchill manifestó al respecto: en el fondo de todos los elogios tributados a la democracia, se halla el ciudadano corriente que penetra al cuarto aislado, lápiz en mano, y traza una cruz sobre una papeleta; no hay retórica ni razonamiento sofístico, capaces de restar importancia a esa actitud trascendental de la vida ciudadana.

En la elección por mayoría se discierne el cargo en disputa en favor del candidato que obtuvo la mayoría de los votos en los comicios; esta mayoría reconoce dos variantes: la absoluta y la relativa. Se entiende por mayoría absoluta la que exige como mínimo para declarar triunfante a un candidato, la obtención de cuando menos la mitad más uno de los votos.

Como se ha reconocido, la evidente dificultad para alcanzar este tipo de mayoría, cuando concursan más de dos candidatos, se ha recurrido al sistema de dos vueltas y al de mayoría relativa.

El escrutinio a dos vueltas, que adopta la legislación francesa, complementa al de mayoría absoluta; cuando no se logra ésta en una primera votación, en un breve plazo se realiza otra -generalmente con los dos que sacaron la más alta votación- denominada ballotage, resultando electo el candidato que obtenga el mayor número de votos, aún cuando no represente mayoría absoluta.

La elección por mayoría relativa de votos, que nos resulta tan conocida, adjudica el triunfo al candidato que recibe la más alta votación, aun cuando sólo rebase con un voto a su más cercano competidor.

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VIII. CLASIFICACIÓN POR EL CARÁCTER DEL DEPOSITARIO

Ocurre que no siempre el titular del órgano al que corresponde el ejercicio del poder, es en realidad el que lo ejerce, circunstancia que da lugar, en ocasiones, a un desdoblamiento del depósito, con un depositario aparente y otro efectivo, este último viene a ser el auténtico, conocido en las monarquías absolutas como "el poder tras el trono".

En España, la vox populi señaló a Manuel Godoy y Álvarez de Faria como el depositario efectivo del poder que formalmente estaba atribuido al rey Carlos IV; en México, el general Plutarco Elías Calles fue señalado por el pueblo y la prensa, como el depositario real del poder en tiempos de los presidentes Portes Gil, Ortiz Rubio y Abelardo Rodríguez; su pretención de continuar con ese carácter le valió su destierro en tiempos del presidente Lázaro Cárdenas, quien reivindicó para la figura del titular del Poder Ejecutivo el depósito verdadero del poder público, por lo que, desde entonces, el poder aparente y el real están fusionados y depositados en la figura del presidente de la República.

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IX. CLASIFICACIÓN POR LA IMAGEN DEL DEPOSITARIO

Ocurre que mucho antes del inicio de las actividades de la televisión, de la radiodifusión y aun de la prensa, los depositarios del poder público han proyectado, de diversas maneras, una imagen de sí mismos, la que se ha amplificado con el concurso de los medios masivos de comunicación.

Es por ello que la historia, al recoger los rasgos principales de las imágenes de los gobernantes, nos permite conocer de su entusiasmo y de su indolencia, de su bondad y de su crueldad, de sus habilidades y de sus torpezas, de sus virtudes y de sus defectos, de su aptitud y de su ineptitud, de su fortaleza y de su debilidad, de su inteligencia y de su estulticia, de su magnetismo y de su insignificancia.

Los gobernados perciben las imágenes proyectadas por los gobernantes y de acuerdo con las mismas las catalogan de muy diversas formas, veamos algunas de ellas.


1.El antipático
Independientemente de que sea cruel o bondadoso, inteligente o torpe, virtuoso o degenerado, un gobernante puede ser antipático a los ojos del pueblo, es decir, causar instintiva animadversión, o como los griegos decían anti-patheia, efecto en contra, como el que un gran número de gobernados sintió por Victoriano Huerta.


2.El apático
El gobernante apático es el caso del depositario del poder que lo ejerce con dejadez, con indolencia, con falta de vigor, es decir con apatía, lo que a la postre le privará del poder, como fue el caso de Luis XVI.


3.El simpático
Se personifica en el gobernante, bueno o malo, que inspira simpatía en las masas populares de sus gobernados, motivo por el que de buena gana se le pasan por alto sus errores o excesos. John F. Kennedy y Adolfo López Mateos fueron buenos exponentes de gobernantes simpáticos.


4.El carismático
Atiende el prototipo del carismático a un don especial del gobernante, caudillo o profeta, que produce en gran número de sus gobernados una especie de fascinación cuya obediencia raya en el fanatismo. Se obedece al gobernante carismático por la fe y la confianza que despierta por motivos de revelación, heroicidad o ejemplaridad.

El vocablo carisma proviene del latín charisma y, según el diccionario de la Real Academia Española, es un "Don gratuito que concede Dios con abundancia a una criatura." Al analizar Rudolf Sohm la transformación de la comunidad cristiana primitiva en la Iglesia católica romana, desarrolla el concepto de carisma que desprende de la descripción de las formas en que se manifiestan los dones de la gracia divina, formulada en la segunda Epístola del apóstol Pablo a los Corintios:

... por lo demás, poderoso es Dios para colmarlos de todo bien; de suerte que contentos siempre con tener en todas las cosas todo lo suficiente, estéis sobrados para ejercer toda especie de buenas obras con vuestros prójimos...Y con las oraciones que hacen por vosotros, dan un buen testimonio del amor que os tienen, a causa de la eminente gracia que habéis recibido de Dios... Gracias sean dadas a Dios por su inefable don.(Epístola II de San Pablo a los Corintios, cap. IX, versículos 8, 14 y 15).

Así, el carisma viene a ser la aptitud atribuida a personas, instituciones o emblemas, por su conexión supuesta con una fuerza sobrenatural. El concepto de carisma cobra especial relevancia en la versión de Max Weber, al considerarle como un don que poseen las personalidades excepcionales que rompen los sistemas de legitimación racional y tradicional, de suerte que el gobernante carismático no es el simpático, con el que el vulgo suele confundirlo, sino el que representa la seguridad o cuando menos la esperanza del exterminio de una calamidad o de un largo sufrimento que han engendrado un ansia generalizada o un temor colectivo en todo un pueblo.

De esta suerte, el carisma habrá de perdurar en tanto el gobernante dé muestras de que cumple su misión de poner fin a lo que provoca la inseguridad, el ansia y el malestar del pueblo. El carisma se da tanto en líderes políticos como en religiosos, independientemente de que sean gobernantes o no; entre los gobernantes carismáticos se puede citar a Napoleón y a Hitler.

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X. CLASIFICACIÓN POR SUS BENEFICIARIOS

En atención a quien o a quienes se trata de beneficiar fundamentalmente con su ejercicio, el carácter del poder podría ser subjetivamente considerado como egoísta, nepótico, oligárquico, totalitario y popular, según que el poder esté organizado para favorecer preponderantemente a su depositario, a sus familiares, a un grupo social reducido, al Estado o al pueblo.


1.Egoísta
En este supuesto, el ejercicio del poder pone de manifiesto el egoísmo intrascendente de su detentador; el primero yo, luego yo y después yo, de su depositario, para quien el poder sin límite no es sino un instrumento de su personal beneficio, ergo, "El Estado soy yo y después de mí el diluvio", para decirlo a la manera de dos notables autócratas Luis XIV y su bisnieto Luis XV.

El ejercicio egoísta del poder se identifica con la actitud del gobernante que otorga una importancia desmedida y preeminente a sí mismo, a sus propios juicios, aspiraciones y emociones, sin mayor o ningún interés en los gobernados, lo que le conduce a circunscribir todos los fines a sí mismo y a considerar inútil todo lo que no le beneficia o interesa.

Un caso típico del poder autocrático o egoísta lo personifica, en los anales de nuestra historia, Antonio López de Santa Anna, quien, como lo manifesté en obra anterior:

Titular del Poder Ejecutivo en seis ocasiones, la primera en 1833 y la última -con carácter de dictador- concluida el 9 de agosto de 1855, conlleva en sus desastrosas actuaciones los grandes males nacionales. Al término de su gestión nos dejó un México más pequeño en territorio, más dividido entre sus moradores, más endeudado, más pobre, más desorientado.(Fernández Ruiz, Jorge, Juárez y sus contemporáneos, México, UNAM, 1986, pp. 75 y 76).

Ese permanente anteponer los intereses personales a los comunes del pueblo, a los generales de la nación y a los colectivos del Estado, cuyo Poder Ejecutivo era a su cargo, le mueve a salvar su vida a costa de que México pierda Tejas, según consta en carta que, tras el desastre de San Jacinto, dirige el 22 de abril de 1936 al general Vicente Filisola.(Tomado de García, Genaro, Documentos inéditos o muy raros para la historia de México, t. XXIX, p. 145).


2.Nepótico
Se da este prototipo en los casos de los detentadores del poder político que con su ejercicio tratan de favorecer a su parentela; yernocracia se le ha denominado cuando el acento del favor se ha puesto en los hijos políticos o yernos. En el Diccionario de la Lengua Castellana formulado por la Real Academia española con dedicatoria para el rey Felipe V, se indica que el vocablo nepotismo tiene su origen en la voz italiana nepote que significa sobrino, usada originalmente en la corte papal, en Italia, para referirse al pariente del papa a quién éste oficialmente reconocía como tal y le nombraba primer ministro o privado suyo.

En las postrimerías del siglo XV, en tiempos del papa Inocencio VIII se empleó la voz nepotismo para significar la preferencia de los parientes del papa en la designación para ocupar cargos en la corte papal. Con posterioridad el vocablo accedió a la administración pública para referise al vicio pontifical de preferir a los parientes en los empleos públicos.

Las biografías de los gobernantes están atestadas de casos de neopotismo. John Fitzgerald Kennedy, por ejemplo, no pudo resistirse a esta práctica indebida, a la que son tan proclives los depositarios del poder, y nombró a su hermano Robert, Procurador de Justicia, durante su periodo presidencial.

Pero el carácter nepótico del ejercicio del poder no consistirá solamente en que el depositario del mismo prefiera a sus parientes para los cargos públicos, sino que también podrá estribar en que el ejercicio del poder tienda a beneficiar señalada y prioritariamente a los familiares, parientes y amigos del gobernante, por medio de contratos, privilegios, sinecuras, franquicias, canonjías o prebendas. La historia de México está llena de casos de uno y otro tipo de nepotismo.


3.Elitista
En este sentido entendemos que el ejercicio del poder tiene carácter elitista cuando trata de beneficiar a un grupo reducido de la población cuyos miembros están identificados por razones de raza, de religión, de educación o de posición económica. El carácter elitista del ejercicio del poder es peculiar de la plutocracia, gobierno de los ricos en perjuicio de los pobres.

Debemos señalar que el carácter elitista registrable en el ejercicio del poder, cuando tiende a favorecer a una minoría, no debe confundirse con el elitismo según el cual, conforme a la teoría de las élites desarrollada por Gaetano Mosca, Wilfredo Pareto y Roberto Michels, entre otros, en todo tipo de gobierno, los pocos -los gobernantes- mandan a los muchos -los gobernados- quienes obedecen de una u otra forma; es decir, inexorablemente se da una élite, una oligarquía, una minoría gobernante, una clase política que ejerce el poder.

Pero independientemente de que asista o no la razón a los autores de la teoría de las élites, lo que enunciamos en este apartado es que el poder puede ejercerse de diversas formas, de suerte que favorezca preponderantemente a su depositario, o a sus familiares, o a un grupo reducido, o al Estado, o a la mayoría de la población. Cuando trata de beneficiar preponderantemente a un grupo reducido de la población, el poder podrá ser denominado elitista.


4.Totalitario
Estamos frente al poder totalitario cuando está destinado a beneficiar al todo en perjuicio de la parte, esto acontece cuando se deifica al Estado y se subestima, minimiza o desprecia al individuo; por consiguiente, el esquema para el ejercicio del poder público está diseñado, dentro del molde totalitario, para fortalecer y beneficiar casi exclusivamente al todo, o sea al Estado. El poder público de la Alemania nazi protagonizó hace medio siglo un caso típico y monstruoso de poder totalitario.


5.Popular o altruista
Lograría este carácter el poder cuando beneficiara al grueso de la población, es decir cuando se tratase de un gobierno para beneficio del pueblo. Con el vocablo altruismo, creado por Augusto Comte en oposición a egoísmo, se quiere significar el vivir para otros, así un poder altruista, lejos de favorecer a sus depositarios, estará dedicado a beneficiar a los demás, es decir a los destinatarios del poder, a los gobernados, sería un kratos al servicio del demos, en síntesis, un poder popular, lo que no deja de ser un objetivo casi inasequible en la realidad.

La presencia de minorías discriminadas, como los católicos irlandeses en el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte; los negros, los chicanos y los portorriqueños, en los Estados Unidos de Norte América, pondrían en entredicho el carácter altruista del ejercicio del poder en sus respectivos países, si es que pudiera considerarse que fundamentalmente fuese benéfico para el grueso de la población.

Pese a ser casi inaccesible, el ejercicio del poder popular o altruista debe tratar de establecerse como una práctica permanente, porque dentro de la clasificación que distingue diferentes tipos de poder en razón de sus beneficiarios, éste viene a ser el prototipo propuesto por la Ética.

Jorge FERNÁNDEZ RUIZ

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