Boletín Mexicano de Derecho Comparado https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-comparado <div align="justify"> <div align="justify">El <em>Boletín Mexicano de Derecho Comparado</em> surgió en 1948, bajo la denominación de <em>Boletín del Instituto de Derecho Comparado</em>, como revista periódica del Instituto. La idea original del <em>Boletín</em>, consistió en dar a conocer en México y en el extranjero los resultados de la investigación realizada en el Instituto, así como para poner al alcance de los estudiosos del derecho, abogados, y público en general, información jurídica relevante. Desde su creación, ha aparecido de manera ininterrumpida cada cuatro meses.</div> </div> es-ES <p><strong>Uso de licencias Creative Commons (CC)</strong></p> <p>Todos los textos publicados por el Boletín Mexicano de Derecho Comparado sin excepción, se distribuyen amparados con la licencia CC BY-NC 4.0 Internacional, que permite a terceros utilizar lo publicado, siempre que mencionen la autoría del trabajo y la primera publicación en esta revista. 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Se emplea el método de escalamiento <em>wnominate</em> sobre votaciones no unánimes de las legislaturas LXI, LXII y LXIII, para estimar puntos ideales en un espacio bidimensional. Posteriormente, se analiza la distancia entre cada uno de los integrantes de la Cámara y el promedio de su bancada mediante modelos lineales. Se confirma que la pertenencia partidista es el factor principal para explicar la ubicación ideológica. Sin embargo, las diputadas, quienes llegaron por mayoría relativa y quienes fueron suplentes muestran patrones particulares de alejamiento o cercanía con sus bancadas, depende de la dimensión del conflicto y de la legislatura. La entrada de un nuevo partido antisistema (MORENA) reconfigura el espectro político, situándose en el extremo opuesto al partido oficial. Los resultados se basan en una muestra restringida de votaciones y legislaturas, lo que limita su generalización. </p> Alejandro Díaz Domínguez Derechos de autor 2025 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-comparado/article/view/20069 Tue, 26 Aug 2025 00:00:00 +0000 Autodeterminación de género en el deporte: un análisis desde la perspectiva bioética y constitucional https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-comparado/article/view/19834 <p class="p1">Este artículo analiza críticamente las normativas deportivas que limitan la autodeterminación de género desde una perspectiva bioética y constitucional. Se argumenta que estas políticas, basadas en criterios biológicos como los niveles de testosterona, no solo violan principios fundamentales como la igualdad y la dignidad humana, sino que también perpetúan dinámicas de exclusión y discriminación. El impacto psicológico y social de estas regulaciones es significativo, afectando negativamente el bienestar de atletas intersexuales y reforzando narrativas transfóbicas. Además, se cuestiona la proporcionalidad de estas normativas, dado que a menudo carecen de justificación científica robusta y no consideran alternativas menos restrictivas. En contraste, se proponen reformas inclusivas y participativas que promuevan la justicia competitiva sin comprometer los derechos fundamentales. Este enfoque no sólo garantizaría la legitimidad de las normativas deportivas, sino que también fomentaría un entorno más equitativo y democrático, alineado con los valores constitucionales e internacionales de derechos humanos.</p> José Rolando Cardenas Gonzales, José Jhordy Ventura Zurita Derechos de autor 2025 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-comparado/article/view/19834 Fri, 08 Aug 2025 00:00:00 +0000 Federalismo multinivel e hidroecología. Sobre la racionalidad de derecho constitucional y administración pública de erigir controles parlamentarios sobre las administraciones públicas estatales y municipales por impulso político de la presidencia de la República para proteger eficazmente ríos y mares internacionales https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-comparado/article/view/19884 <p class="p1">El <em>objetivo</em> del trabajo es destacar la necesidad de construir controles parlamentarios subnacionales en tiempo real para garantizar la eficaz implementación de leyes generales por las administraciones públicas estatales y municipales. Se aplica una <em>metodología interdisciplinar</em> de derecho constitucional, administración pública y ecología, al análisis de un caso de estudio de contaminación de un río transfronterizo que desemboca en el Golfo de México. Como <em>resultado</em> se advierte <em>el problema</em> a resolver, por inercia del régimen autoritario del siglo XX, a la fecha no existen controles parlamentarios subnacionales en tiempo real sobre los titulares de las unidades que gestionan el agua en estados y municipios, por lo que la omisión o negligencia en la ejecución subnacional de leyes concurrentes no tiene consecuencias ni incentivos para rectificar; la investigación se <em>limita</em> a Chiapas y Tabasco. La <em>originalidad y valor</em> del estudio es que, como <em>conclusión</em> se propone solución a un problema jurídico nacional e internacional (Objetivos de Desarrollo Sostenible ONU), ya que la mayoría de los estudios existentes sólo identifican y explican el problema.</p> Daniel Barceló-Rojas Derechos de autor 2025 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-comparado/article/view/19884 Fri, 13 Jun 2025 00:00:00 +0000 El derecho preferente de los padres a educar a sus hijos conforme a sus propias convicciones. España y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. El caso de la educación sexual integral https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-comparado/article/view/19662 <p class="p1">La educación sexual integral tiene por finalidad la adquisición de información completa precisa y objetiva, basada en evidencia científica apropiada para la edad y madurez sobre la sexualidad. También comprende la formación en principios, valores democráticos y derechos fundamentales, esenciales para la convivencia pacífica y responsable en sociedad.<br />El derecho preferente de los padres en la educación moral y religiosa de sus hijos se debe ejercer tomando en consideración el interés superior de niños y adolescentes. La intervención del Estado en la educación es clave en virtud de la dimensión prestacional del derecho a la educación y en lo sustantivo encuentra justificación dada la vinculación entre enseñanza y democracia. El Estado tiene la obligación en cuanto a su función en la educación de impartir los contenidos de manera crítica, objetiva y pluralista, estándole prohibido cualquier objetivo de adoctrinamiento.</p> Jhenny Rivas Alberti, Alexander Espinoza Rausseo Derechos de autor 2025 Universidad Nacional Autónoma de México https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-comparado/article/view/19662 Mon, 12 May 2025 00:00:00 +0000