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Naciones Unidas (ed.), Seventy years of the International Law Commission: Drawing a Balance for the Future [Setenta Años de la Comisión de Derecho Internacional: estableciendo un balance para el futuro] Leiden/Boston, Brill Nijhoff, 2021, 474 pp.

La Comisión de derecho internacional, órgano subsidiario de la Asamblea General de las Naciones Unidas, tiene como funciones el codificar y promover el derecho internacional. Tratar de resumir los trabajos de esta Comisión a lo largo de 70 años resulta complejo, ya que son numerosos los proyectos: artículos, conclusiones, directrices y principios, que se han elaborado; también habría que evaluar trabajos que destacan por haberse consolidado en tratados internacionales firmados y ratificados por los Estados, como el caso de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados o la Convención sobre Relaciones Diplomáticas, o el mismo instrumento de la Corte Penal Internacional, por mencionar algunos.

El trabajo de la Comisión, según se plantea en esta obra, no está exento de problemáticas como reconocer cuáles son los alcances y límites en los trabajos de dicho órgano pues en la actualidad existe una diversidad de temáticas que se incorporan en el desarrollo del derecho internacional y que se alejan de los “temas clásicos”, v. gr. la responsabilidad estatal y las fuentes del derecho internacional.

Así, en años recientes al incluirse la protección de la atmósfera o la protección del medio ambiente en los conflictos armados en los trabajos de la Comisión ha llamado a la reflexión de los expertos sobre cómo es que la Comisión selecciona los temas no solo para codificar sino para promover el derecho internacional y sobre todo cuál es la participación de los Estados miembros de las Naciones Unidas en este proceso de selección y específicamente si la Comisión tiene las capacidades de tratar temas tan específicos y, en su caso, si participan diversos profesores, diplomáticos, asesores legales, organizaciones no gubernamentales y abogados, cómo es que se convocan y eligen para trabajar con la Comisión.

Lo anterior también da pauta para la reflexión sobre la representación de todos los Estados miembros de Naciones Unidas en este organismo, pues desde su creación el número pasó de 15 a 44. No menos importante en esta representación es el tema de la equidad de género, un aspecto que es rescatado en esta obra, ya que se destaca la poca representación hoy día de mujeres en la Comisión de derecho internacional, un asunto que se debe de mejorar desde la Asamblea General al nominar a más mujeres para laborar en la Comisión.

Respecto a este mismo tema de la representación en este organismo subsidiario, a lo largo de la obra, se destaca la labor de los Estados en la Sexta Comisión de Asamblea General sobre asuntos jurídicos que, si bien no es un órgano subsidiario de la Asamblea (como sí lo es la Comisión de derecho internacional), trabaja sobre los proyectos que elabora la Comisión de derecho internacional que habrán de formar la base de los tratados que posteriormente son suscritos por los Estados.

Debido a esto, es fundamental que los Estados miembros de esta Sexta Comisión tengan participación en esta promoción del derecho internacional, pues al final del día son ellos los que habrán de obligarse por estos tratados y de velar por el cumplimiento de estos instrumentos internacionales. Sin embargo, a lo largo de la obra se deja de manifiesto una precaria participación y retroalimentación por parte de los Estados a los trabajos presentados por la Comisión de derecho internacional.

Por otra parte, señalar cuál es el futuro de esta Comisión resulta aún más complejo que hacer un recuento de su trabajo a 70 años, pues aún no es clara la diferencia de los trabajos codificadores de los de promoción del derecho internacional a su cargo, dado que ambas labores parecen no estar disociadas. A esto le debemos añadir la pluralidad de sujetos del derecho internacional con los que actualmente se cuenta en la arena internacional, no únicamente los Estados, y esto aunarlo a las ahora diversas fuentes del derecho internacional, el continuo e inacabado trabajo sobre la costumbre internacional, los principios generales del derecho y también no perder de vista el denominado soft law.

De este modo, el título que se reseña es resultado del trabajo de académicos y expertos en la práctica del derecho internacional, quienes reunidos en Nueva York y Ginebra durante mayo y julio de 2018 fueron convocados para conmemorar el Aniversario de la Comisión de derecho internacional y dar testimonio de los incesantes retos que representa la codificación y elaboración de normas en un contexto multilateral.

El volumen publicado en 2021 no sólo nos brinda la posibilidad de indagar en la experiencia de las reuniones en comento, sino que también permite reflexionar en las versiones editadas que los autores de cada uno de los artículos de la obra ponen a nuestra disposición, con las cuales podemos entender lo arduo y azaroso que es el trabajo codificador y de promoción del derecho internacional que desarrolla la Comisión.

La obra se divide en tres partes, cada una compuesta de las siguientes secciones:

Parte 1. Estableciendo un balance para el futuro: la conversación de Nueva York.

Parte 2. Estableciendo un balance para el futuro: el Simposio de Ginebra.

Parte 3 Contribuciones de celebración con motivo del septuagésimo Aniversario de la Comisión.

Las plumas que participan de este trabajo colectivo son por supuesto conocidos en el ámbito de esta rama del derecho, así encontramos a personajes como: Pedro Comissário Afonso, ex miembro y presidente de la Comisión de derecho internacional, Claudio Grossman Guiloff, profesor de derecho; decano emérito de la American University Washington College of Law y miembro de la Comisión de derecho internacional; Georg Notle, profesor de Derecho internacional en la Universidad Humboldt de Berlín, miembro y ex presidente de la Comisión de derecho internacional; Mónica Pinto, profesora emérita de la Universidad de Buenos Aires y miembro asociado del Instituto de derecho internacional, así como Alejandro Rodiles, profesor del Instituto Tecnológico Autónomo de México y Eduardo Valencia-Ospina, miembro y ex relator especial y presidente de la Comisión de derecho internacional, por mencionar sólo a algunos de ellos y sin pretender restar la relevancia de otros autores que participan de la obra.

Así, en esta obra se da cuenta de los trabajos de la Comisión de derecho internacional a lo largo de siete décadas, en donde se pasa de periodos de gran optimismo sobre los trabajos de la Comisión (en especial durante la llamada “era de oro” en la década de los sesenta), pasando por periodos de incertidumbre e incluso recelo respecto a los alcances de la labor misma que realiza dicho órgano.

Hoy por hoy no se observa el optimismo sobre la elaboración y codificación del derecho internacional que se percibía en la década de los años noventa tras el final de la Guerra Fría, pues esto parecía dar una pauta para facilitar y unificar el derecho internacional. Por el contrario, sobre la codificación y promoción del derecho internacional estamos conscientes que hoy imperan las grandes diferencias e intereses de cada uno de los Estados miembros de las Naciones Unidas.

En esta ocasión, Eduardo Valencia Ospina señaló que “hay un deseo muy humano de introspección y exploración: aprender las lecciones del pasado para crear un mejor futuro”; un futuro, agregó George Nolte, “para preparar a la Comisión para los retos que deberá enfrentar más adelante”.

Algunos de estos retos explicados en la obra, son por supuesto el flagelo de la guerra que continúa hasta nuestros días, los problemas del medio ambiente y el cambio climático que urgen a la comunidad internacional a tomar acciones al respecto, pues cada vez más presenciamos desastres naturales derivados de estos problemas; también nos enfrentamos al terrorismo internacional y el extremismo que amenazan desde distintas latitudes, y no menos importante vivimos la desigualdad entre ricos y pobres, así como tratar de armonizar los diferentes intereses y perspectivas culturales. Aunado a todo esto, no menos relevante es considerar en esta codificación y promoción del derecho internacional no escapa a la pluralidad de actores del derecho internacional mencionado anteriormente y que hoy incluyen a las organizaciones internacionales, los individuos y las corporaciones.

Finalmente, la obra permite aproximarnos al hecho de la escaza participación de los Estados en la celebración de tratados multilaterales sobre temas de derecho internacional en la actualidad, denominándole a este hecho como la “fatiga de los tratados”. Lo anterior se refleja en la escaza propuesta de los Estados sobre nuevos temas a discutir. Inclusive se menciona que son muy pocos los Estados que participan de los debates de la Sexta Comisión referente a los reportes de la Comisión de derecho internacional; asimismo, se indica que hay un número insuficiente de Estados que comentan sobre el trabajo mismo de la Comisión y que en caso de emitir comentarios no son detallados ni atienden a la verdadera sustancia de las propuestas, esto representa un gran problema en los procedimientos de la Comisión de derecho internacional.

Después de la lectura de la obra se percibe la importancia de la labor de la Comisión de derecho internacional para esta rama del derecho. Esta es una lectura que, aunque suene trillado, debería ser obligada para quienes tenemos interés en el derecho internacional y así poder reflexionar y debatir sobre el futuro de este órgano subsidiario de cara a los nuevos retos y oportunidades.

Evelyn Téllez Carvajal*

* Centro de Investigación e Innovación en Tecnologías de la Información y Comunicación, México, ORCID ID: https://orcid.org/0000-0001-6136-6821, evelyn.tellez@infotec.mx.