VELÁZQUEZ ELIZARRARÁS, Juan Carlos y MURGUÍA ROSETE, José Antonio, Responsabilidad internacional penal y cooperación global contra la criminalidad, México, UNAM, FCPyS, 2004, 236 pp.

La presente obra es resultado de los trabajos desarrollados dentro del proyecto denominado Desarrollos Temáticos Actuales para la Enseñanza del Derecho Internacional en Relaciones Internacionales, que a su vez, se inscribe en el Programa de Apoyo a Proyectos Institucionales para el Mejoramiento de la Enseñanza (PAPIME), auspiciado por la Universidad Nacional Autónoma de México. Dicho programa busca fomentar y elevar la calidad académica, la investigación científica, y los métodos de enseñanza-aprendizaje en todas las áreas del conocimiento.

El trabajo que nos ocupa reseñar se ubica en el campo disciplinario de la ciencia jurídica internacional y aborda, desde la perspectiva teórico-metodológica del derecho internacional en su rama penal y las relaciones internacionales, dos de los temas de mayor actualidad y relevancia en la agenda jurídico-política internacional, a saber: la responsabilidad internacional penal y la cooperación global contra la criminalidad.

El estado caótico y violento de la actual sociedad internacional (donde las conductas y actores delictivos se han valido de la globalización y el desarrollo tecnológico y científico que dicho proceso lleva implícito, así como del aparente debilitamiento de la soberanía estatal, para transnacionalizarse y convertirse en un problema de preocupación y atención mundial) es la principal motivación y justificación de los autores del presente texto para reflexionar, por un lado, sobre la necesidad de habilitar un nuevo orden jurídico internacional, que necesariamente descanse en una concepción humanista y normativa del poder y del sistema de relaciones internacionales, y se exprese dentro de los verdaderos valores y alcances de la justicia universal como categoría histórica; y, por otro lado, sobre la consolidación de un sistema de cooperación internacional entre los Estados que por medio de las organizaciones internacionales prevenga y reprima los actos delictivos que desde el interior de los territorios estatales traspasan las fronteras y ponen en riesgo la paz, seguridad y estabilidad del propio sistema internacional.

La presente investigación persigue los siguientes objetivos: 1) Analizar el estado actual del derecho internacional penal (DIP) como realidad disciplinaria y como una de las ramas más dinámicas del derecho internacional general; 2) Conocer los mecanismos cooperativos con que cuenta el DIP para la represión y sanción de las infracciones internacionales; y 3) Revisar y analizar comparativamente la jurisprudencia y doctrina, las posiciones gubernamentales y los debates en el seno de la Comisión de Derecho Internacional de la ONU sobre el complejo, polémico, inacabado y patentemente politizado tema de la responsabilidad internacional penal. Además, busca introducir en el ámbito de la discusión académica latinoamericana temas (responsabilidad internacional penal y cooperación global contra la criminalidad) que han sido poco tratados en la región, pero que revisten gran actualidad y relevancia para el estudio y comprensión de las relaciones jurídicas internacionales.

El libro se encuentra dirigido tanto al estudiante como al profesor, al investigador, al humanista y al activista interesado en el estudio de la realidad jurídica internacional contemporánea.

A continuación pasaremos a describir de manera puntual el contenido del texto que aquí se reseña. La obra se encuentra divida en dos grandes apartados, el libro primero intitulado "Los métodos de cooperación de derecho internacional penal para la represión de crímenes internacionales: jurisdicción universal y extradición"; y el libro segundo que lleva por título "La nueva teoría de la responsabilidad penal de los sujetos del derecho internacional público. Estados, colectividades no estatales, e individuos".

En el libro primero los doctores José Antonio Murguía Rosete y Juan Carlos Velázquez Elizarrarás desahogan en tres grandes secciones las siguientes temáticas: 1) Introducción general al nuevo derecho internacional penal, 2) Las reglas internacionales en materia de persecución: la jurisdicción universal, y 3) Las reglas internacionales en materia de cooperación: la extradición de los autores de las infracciones internacionales.

En la primera sección se revisan y estudian los fundamentos teóricos (subjetividad, objetividad y la metodología) y desarrollo disciplinario del DIP. Para los autores de la presente obra, hoy en día, el DIP es una realidad ético-disciplinaria, patente e indiscutible, producto de la condiciones de anomia, crimen y violencia que imperan en el actual sistema internacional, así como la base en que debe sustentarse un sistema penal y de justicia internacionales que garanticen, desde una perspectiva humanista y normativa, la plena impartición de justicia en el ámbito mundial.

En la segunda sección del libro primero, los autores analizan el marco jurídico internacional en materia de persecución penal revisando, en primera instancia, los fundamentos y principios jurídicos que rigen la jurisdicción penal de los Estados en el ámbito internacional para, en una segunda instancia, profundizar en el contenido y caracterización del principio de jurisdicción universal y la experiencia resultante de su ejercicio por parte de un reducido número de países dentro del ámbito regional europeo.

Por último, en la tercera sección se estudian los mecanismos de cooperación internacional con que cuenta el DIP para la represión y sanción de las infracciones internacionales. En dicha sección se realiza un análisis exhaustivo de la extradición como la figura jurídica en materia de cooperación internacional penal más antigua y acabada, y como el mecanismo de colaboración judicial por excelencia al que recurren los Estados para evitar la impunidad en el ámbito internacional.

Ahora bien, en el libro segundo, el doctor Juan Carlos Velázquez Elizarrarás se adentra en el estudio y reflexión del extensamente debatido y polémico tema de la responsabilidad internacional penal desde la perspectiva de la nueva teoría de la responsabilidad penal de todos los sujetos reconocidos por el derecho internacional público. Para tales efectos, el libro segundo se encuentra divido en cuatro secciones, a saber: 1) Irrupción de la "realidad criminal" en el derecho internacional público: desarrollo y consolidación del derecho internacional penal, 2) La responsabilidad penal del Estado, 3) La responsabilidad penal de las colectividades no estatales, y 4) La responsabilidad penal de los individuos.

En la primera sección se realizan algunas reflexiones introductorias acerca de la "penalización" del derecho de gentes como consecuencia directa de la irrupción de la realidad criminal en el ámbito internacional y sobre los efectos y lagunas jurídicas que dicha realidad objetiva ha significado para la teoría de la responsabilidad internacional y los sujetos clásicos del derecho internacional. En dicha sección se aborda el problema de la vinculación entre la teoría de la responsabilidad penal y la teoría de la subjetividad penal en el derecho internacional público, partiendo del supuesto de que tal ordenamiento jurídico no contempla la responsabilidad penal y civil de los Estados y de las organizaciones internacionales. Como sostiene el autor, en el ámbito internacional parece prevalecer la celebre fórmula del Tribunal de Nüremberg, a saber: las infracciones en derecho internacional son cometidas por los hombres y no por las entidades abstractas. Es sobre la punición de los autores de estas infracciones que pueden tener efecto las disposiciones del derecho internacional.

En la segunda sección se revisan y analizan comparativamente la doctrina, la jurisprudencia, las posiciones gubernamentales y los debates sobre el altamente politizado y discutido, pero inacabado tema de la responsabilidad penal del Estado. El autor identifica a la responsabilidad penal estatal como una categoría jurídica diferente a la concepción de la responsabilidad internacional clásica, e imputable por hechos internacionalmente ilícitos denominados crímenes y delitos internacionales. La responsabilidad penal puede ser atribuida al Estado por acción u omisión, por ausencia de prevención y represión de crímenes internacionales, y por ausencia de cooperación.

La tercera sección del libro segundo nos presenta, ante la ausencia de publicaciones especializadas y precedentes jurídicos, un estudio heurístico sobre los fundamentos y principios jurídicos en que puede sustentarse la responsabilidad penal de colectividades no estatales como las organizaciones internacionales, las colectividades públicas no estatales, las empresas transnacionales y las organizaciones criminales. El principal obstáculo para atribuir responsabilidad penal sobre las colectividades no estatales radica en el hecho de que su propia personalidad y capacidad jurídicas no se encuentran completamente definidas y delimitadas o es producto, como en el caso de las organizaciones internacionales, de la voluntad de los Estados. Tradicionalmente, la responsabilidad internacional de las organizaciones internacionales ha sido canalizada a sus Estados miembros, mientras que a las empresas transnacionales, las organizaciones criminales y las colectividades públicas no estatales es prácticamente imposible imputarles responsabilidad internacional alguna debido a que su personalidad jurídica no ha sido plenamente reconocida.

Por último, en la cuarta sección se investiga sobre la responsabilidad penal de los individuos en su calidad de gobernantes (jefes de Estado y de gobierno), superiores jerárquicos (jefes militares, funcionarios públicos, etc.), ejecutores (autores materiales en cumplimiento de órdenes de un superior jerárquico), y personas privadas (actuando a título propio). Dentro del polémico tema de la responsabilidad internacional penal, la responsabilidad penal del individuo es el tópico donde existe mayor consenso y acuerdo en los ámbitos académicos e institucionales; prueba de lo anterior es el gran número de instrumentos jurídicos internacionales en materia de prevención y sanción de actos como el genocidio, la tortura, los crímenes de guerra y de lesa humanidad, así como para la plena observancia de los derechos humanos.

CONCLUSIÓN PERSONAL

La obra aquí reseñada representa un gran esfuerzo de recopilación, comparación y análisis jurídico de las principales contribuciones doctrinales en materia de derecho internacional en su rama penal y de relaciones internacionales provenientes de las escuelas de pensamiento más representativas en los ámbitos regionales de América Latina y Europa. Asimismo, constituye una invaluable aportación de la escuela iusinternacionalista mexicana al análisis y comprensión del actual sistema de relaciones jurídicas internacionales y estudio de dos de los temas de mayor relevancia en la agenda internacional contemporánea: La responsabilidad internacional penal y la cooperación global contra la criminalidad.

La estructura del texto (de lo general a lo particular); la utilización de un lenguaje especializado pero comprensible para el lector no familiarizado con la terminología jurídica; y la autoridad y rigor académico con que se tratan los temas de estudio y se manejan herramientas metodológicas como el derecho comparado, el análisis jurídico, la investigación jurisprudencial, y el examen de fuentes biblio-hemerográficas, no son más que el resultado de años de investigación y docencia que los autores del presente libro han dedicado al estudio del derecho internacional y las relaciones internacionales.

Por su actualidad y relevancia la presente contribución forma parte del estado del arte de la ciencia jurídica internacional en materia penal y es una referencia obligada para el estudiante, el profesor, el investigador, y el especialista dedicado o interesado en los nuevos desarrollos temáticos del derecho internacional, no sólo por su contenido novedoso, sino por la amplia bibliografía que se ofrece en la parte final del libro.

Por último, y en total acuerdo con los autores de la obra reseñada, podemos decir que el derecho internacional penal es una realidad (objetiva y disciplinaria) patente que se encuentra encaminada a ser, junto con la cooperación internacional en materia penal, el cimiento de un sistema penal y de justicia internacional que garantice la prevención y sanción de las infracciones internacionales y la plena impartición de justicia en el ámbito internacional. La eficacia y consolidación de dicho sistema se verá favorecida en la medida en que los actores internacionales, principalmente los Estados, defiendan y promuevan una concepción humanista y normativa del poder, las relaciones internacionales y el derecho internacional.

Efrén Gustavo MARQUÉS RUEDA *

* Licenciado en relaciones internacionales y maestrante en estudios en relaciones internacionales por la UNAM. Candidato al doctorado en ciencias políticas y sociales por la UNAM. Profesor adjunto de sistemas políticos comparados, derecho internacional público y derecho internacional privado en la FCPyS de la UNAM.