VELÁZQUEZ ELIZARRARÁS, Juan Carlos, El derecho internacional público en la agenda política de las relaciones internacionales, México, UNAM, FCPS-DGAPA, 2005, 430 pp.

La presente obra que hoy reseñamos, la cuarta entrega de una serie de textos elaborados cuidadosamente y con el mayor rigor analítico, es producto de los trabajos desarrollados dentro del proyecto intitulado Desarrollos Temáticos Actuales para la Enseñanza del Derecho Internacional en Relaciones Internacionales, inscrito en el Programa de Apoyo a Proyectos Institucionales para el Mejoramiento de la Enseñanza (PAPIME), auspiciado por la Universidad Nacional Autónoma de México. El trabajo analiza, por un lado, el avance y estado actual del derecho internacional público a través del estudio tanto de tópicos ampliamente debatidos, pero algunos de ellos inacabados, como de los nuevos temas producto de la ampliación y diversificación vertical y horizontal del derecho gentes; y, por otro lado, la manera en que tal orden jurídico internacional se inserta en la agenda política de las relaciones internacionales, con el fin de reflexionar acerca de la efectividad de dicho cuerpo normativo ante un sistema internacional globalizado.

Cabe hacer notar que el prólogo corre por cuenta del reconocido jusinternacionalista y formador académico, el profesor Modesto Seara Vázquez, quien además de prolífico autor es actualmente rector de un avanzado sistema de universidades del estado de Oaxaca, en México. El distinguido prologuista resalta que, entre otras cualidades del libro, se trata de una aportación densa y llena de planteamientos que a muchos podrán parecerles provocadores pero que reflejan una realidad que ha querido ignorarse por muchos años; pasa de la simple enunciación objetiva a la enunciación de interpretaciones creativas para propiciar el desarrollo, la actualización y por consiguiente la relevancia del derecho internacional en las relaciones internacionales. También es de señalar el hecho de que la obra ha merecido un amplio reconocimiento por parte de connotados especialistas a nivel mundial contemporáneos del autor, entre quienes cabe destacar al doctor Mathias Herdegen de las universidades de Heilderberg y de Bonn en Alemania, al doctor Mark A. Neufeld de la Universidad de Trent en Canadá, y a la doctora Anne-Marie La Rosa del

Institute Universitaire de Hautes Études Internationales de Ginebra, Suiza. Otro dato interesante es que de manera original y como muestra palpable de agradecimiento, el autor dedica cada uno de los capítulos de su obra a los grandes maestros que le formaron y le inculcaron el gusto por el estudio y el amor a la enseñanza como él mismo lo afirma; algunos de ellos todavía presentes y con pujante empeño, y otros, desafortunadamente, ya fallecidos pero con un enorme legado para el desarrollo y consolidación de la ciencia jurídica internacional, como César Sepúlveda, Wolfgang Friedmann, Michel Virally, Miguel A. D´Estéfano Pisani, José Harb Karám, por citar sólo algunos.

Desde la perspectiva multidisciplinaria de las relaciones internacionales, el doctor Juan Carlos Velázquez Elizarrarás estudia la indisoluble relación existente entre el derecho internacional y la política internacional con el firme propósito de demostrar que la creación, aplicación y efectividad de la normatividad internacional se encuentra estrechamente vinculada al accionar político, empero, una vez instaurado el sistema jurídico internacional, éste ejerce una acción recíproca hacia la política, y no en pocas ocasiones limita y condiciona la decisión y el comportamiento políticos. Así las cosas, el autor parte de la hipótesis de que es imposible separar al derecho de la política, menos aún al derecho internacional de la política internacional, ya que sus respectivas agendas temáticas tienden a mezclarse a pesar de las diferencias en su naturaleza y contenido; en la práctica ambas se buscan, interpretan, interrelacionan y complementan. En definitiva, no se debe divorciar [como muchos han querido hacerlo] el fenómeno jurídico del fenómeno político, pues los hechos demuestran que debe considerarse a la política como fuente material de normas de derecho internacional, las cuales, de esta manera y por ser imprescindibles para la sana convivencia del mundo, deberán estar siempre presentes en el desempeño de la agenda política de las relaciones internacionales.

Con base en el binomio derecho internacional-política internacional antes señalado, el autor revisa tópicos de obligada discusión en el derecho internacional contemporáneo, tales como: la enseñanza del derecho internacional en ciencias políticas y sociales; la inserción del derecho internacional en la actual configuración política mundial; el estudio de la ética y el derecho en las relaciones internacionales; el régimen jurídico de las organizaciones internacionales; la importancia de las instancias judiciales internacionales en la creación de jurisprudencia internacional; las nuevas doctrinas de determinación territorial: el "patrimonio común de la humanidad" y la "reserva internacional"; la terminología actual de los tratados y acuerdos internacionales; el delito y la organización criminal en la actual sociedad global; sin dejar de mencionar la contribución, como invitado especial del autor, del doctor José Antonio Murguía Rosete relativa a los tratados internacionales como producto acabado de los procesos de negociación.

La obra in comento está dirigida tanto al profesor como al investigador, pero sobre todo a los estudiantes de licenciatura y de posgrado cuya formación profesional se vería inacabada sin un conocimiento cabal la realidad jurídico-política internacional contemporánea. Haremos a continuación un recuento puntual de su estructura y contenido, el cual se encuentra organizado en once apartados. En el capítulo I, titulado "La enseñanza del derecho internacional en ciencias políticas y sociales. Su proyección a las relaciones internacionales", el autor argumenta, en primer lugar, que el derecho de gentes ha dejado de ser materia exclusiva de las escuelas y facultades de derecho para convertirse en patrimonio compartido con las ciencias políticas y sociales, especialmente, con las relaciones internacionales. En segundo lugar, y con base en la realidad antes mencionada, propone la creación y desarrollo de una nueva pedagogía que incorpore mecanismos avanzados de enseñanza-aprendizaje que motiven las actitudes didácticas del profesor y que faciliten el aprendizaje del alumno. En el capítulo II, "Retos y realidades del nuevo orden jurídico internacional en la actual configuración política mundial", plantea primero, un marco teórico y metodológico sobre el nuevo orden internacional con el fin de precisar sus características particulares y su diferencia con respecto a los órdenes internacionales imperantes en épocas pasadas. En segundo lugar, el autor prevé que el derecho internacional de las próximas décadas estará caracterizado por un grado mayor de politización, que estará mejor encaminada, y que resultará productiva de más y mejores normas y de instituciones legales, siempre y cuando se realice una reforma integral al sistema de las Naciones Unidas. Finalmente, en tercer lugar, demuestra la necesidad de activar el desarrollo y actualización del nuevo orden jurídico internacional a través de la supresión de conceptos innecesarios y de nociones anticuadas e inoperantes que retrasan el avance del derecho de gentes con respecto a la rapidez con se modifica la realidad internacional.

En el capítulo III, "Derecho internacional y relaciones internacionales en el contexto de la sociedad global en transición", se parte de la idea de que vivimos en una época de transición e incertidumbre caracterizada por la globalización, y donde se han puesto de manifiesto los grandes avances de la humanidad, pero también los grandes retrocesos y desigualdades existentes entre los pueblos, contrarios a los ideales de desarrollo, justicia, derecho, política y equidad promovidos a lo largo de la historia. La globalización ha impactado en todas las actividades del hombre y ha orillado a que el derecho, la política, las relaciones internacionales, entre otras ciencias, redefinan conceptos y paradigmas clásicos como la soberanía estatal, el desarrollo, la justicia y la equidad. Con base en lo anterior, el autor profundiza en el impacto de la globalización en las relaciones internacionales y en el derecho internacional con el fin de reflexionar sobre los retos que se le presentan a ambas disciplinas en el actual sistema internacional. El capítulo IV, "El estudio ético-normativo del derecho internacional y las relaciones internacionales: dos ciencias de la realidad social y política mundial", argumenta la necesidad ineludible del derecho de gentes y de las relaciones internacionales de recuperar una visión interdisciplinaria que brinde modelos alternativos explicativos de la actual fenomenología sociopolítica y jurídica internacional, fundamentados en una concepción ético-normativa de la realidad mundial. Para tales efectos, se realiza un recuento de los principales elementos ético-normativos presentes en diferentes teorías y paradigmas de las relaciones internacionales con el fin de hacerlos converger en una postura teórica propia que le permita al autor explicar de forma integral, multidisciplinaria y ética los hechos objetivos del acontecer mundial.

En el capítulo V, "Avances del derecho internacional constitucional: régimen jurídico y capacidad normativa general de las organizaciones internacionales", se adentra en el estudio y devenir histórico reciente del derecho internacional constitucional, rama novedosa del derecho de gentes que tiene por objeto de estudio el marco legal, funciones, subjetividad jurídica, competencias, y capacidad normativa de las organizaciones internacionales gubernamentales (OIG). Además, se reflexiona sobre la importancia e incidencia de las organizaciones no gubernamentales en el escenario y los asuntos internacionales con el objetivo de plantear la necesidad de definir y regular su subjetividad jurídica internacional. Posteriormente, el autor se sumerge en el ampliamente debatido pero inacabado tema de la responsabilidad internacional de las OIG desde la perspectiva del derecho internacional general y del derecho internacional penal, concluyendo que se requiere un trabajo serio de codificación que regule las actividades y posibles formas de responsabilidad de tales sujetos internacionales; sobre los cuales discute su papel cuasi-legislativo al afirmar que con sus actos y resoluciones pueden considerarse como una fuente indirecta del derecho internacional convencional y consuetudinario, ya que coadyuvan a la identificación de la opinio juris y facilitan la formación normas consuetudinarias que más tarde pueden ser insertadas en los tratados internacionales.

El capítulo VI, "La Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas y su incidencia en la formación del derecho internacional jurisdiccional", profundiza, a través del estudio de la estructura, funcionamiento y práctica judicial de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), en el origen, desarrollo y estado actual del derecho internacional jurisdiccional (DIJ) como rama del derecho de gentes encargada del estudio de las diferentes normativas que regulan la justicia internacional y que ordenan la institución del proceso, así como la actividad jurisdiccional y los procedimientos internacionales de todos los órganos judiciales supranacionales. En el capítulo VII, "La Corte Permanente de Arbitraje de La Haya y el Tribunal Internacional del Derecho del Mar en la creación de jurisprudencia internacional", se realiza un esbozo histórico y un cuidadoso análisis de la estructura, funcionamiento, instrumentos jurídicos, experiencia judicial y aportaciones jurisprudenciales del ambas instancias internacionales. Reflexiona acerca de la importancia del quehacer judicial de la CPA y del Tridemar en la identificación, aplicación e interpretación de la normativa internacional que con posterioridad es incorporada en sus fallos finales, los cuales se convierten en precedentes judiciales y coadyuvan, como fuente subsidiaria, a la formación del derecho internacional general y jurisdiccional. Con el fin de ejemplificar los trabajos del Tridemar, se presenta, en la última parte de este capítulo, una revisión general del caso del "Grand Prince (Belice c. Francia)", sometido al Tribunal del Mar en 2001.

En el capítulo VIII, "Nuevas doctrinas de determinación territorial: el `patrimonio común de la humanidad´, la Antártida: `reserva internacional´, y la `organización mundial´ del espacio ultraterrestre", se retoma desde una perspectiva jurídica internacional moderna el ampliamente debatido tema de la determinación de competencias soberanas sobre espacios y territorios como la Antártida y el espacio ultraterrestre. El capítulo inicia estableciendo el carácter internacional de tales áreas y el derecho de todos los pueblos a gozar de los bienes y recursos ahí existentes, por lo cual, ningún Estado puede reivindicar derechos particulares de soberanía sobre una parte o la totalidad de dichos territorios, bienes y recursos. En este sentido, el profesor Velázquez Elizarrarás propone el ejercicio compartido por todos los Estados de la administración, responsabilidad y explotación de dichas zonas mediante organizaciones internacionales creadas para tal fin y con base en el reconocimiento jurídico de tales áreas, bienes y recursos como patrimonio común de la humanidad. En el capítulo IX, "Categorías del derecho internacional convencional: actualización terminológica de los tratados y acuerdos internacionales", el autor se sumerge en la revisión de la terminología básica de los tratados y otros instrumentos jurídicos internacionales con el fin de cumplir con dos objetivos, en primer lugar, actualizar la nomenclatura tradicional al suprimir conceptos y definiciones obsoletos que no corresponden con los cambios suscitados en el objeto de estudio del derecho internacional; en segundo lugar, proponer una nueva clasificación terminología definida de manera precisa y con un enfoque interdisciplinario; y en tercer lugar, coadyuvar a la homologación terminológica en el ámbito universitario y de la práctica jurídica internacional y del derecho de los tratados.

En el capítulo X, "Actualidades del derecho internacional convencional: la negociación y los tratados internacionales", el doctor José Antonio Murguía Rosete, invitado especial del autor, aborda dos grandes temáticas, a saber: la negociación internacional como el principal mecanismo de solución de controversias y los tratados internacionales como el producto final de tales negociaciones. El autor, comienza por revisar y analizar las técnicas y reglas propias de los procesos de negociación internacionales para, posteriormente, profundizar en el estudio del derecho de los tratados con base en el marco legal consagrado en las convenciones de Viena de 1969 y 1986. Por último, se revisa la celebración de tratados en México, y concluye con la reflexión acerca de las similitudes existentes entre las técnicas de negociación y celebración de tratados utilizadas por un selecto grupo de países. Finalmente, el capítulo XI, "Delito y organización criminal en el derecho y las relaciones internacionales: configuración de la anomia de la sociedad global", nos ilustra sobre las nuevas amenazas a la paz y de la seguridad nacional e internacional producto de la anomia, el caos, el desorden, y las conductas patológicas que caracterizan el estado caótico y violento del sistema internacional, lo cual aunado a la incapacidad estatal para hacer frente a las amenazas globales, pautan la necesidad de crear nuevos mecanismos de cooperación internacional en el combate a la criminalidad y la violencia generalizada mediante el diseño de una política criminal apegada al derecho de gentes, mismo que debe ser reforzado y actualizado para que, al igual que los Estados, pueda confrontar eficazmente a la realidad criminal contemporánea.

Conclusión

La obra aquí reseñada constituye un gran esfuerzo de investigación, estudio crítico, comparación doctrinal, y análisis convergente del derecho internacional y de la política internacional para incidir en los tópicos de mayor actualidad y relevancia de la agenda política de las relaciones internacionales. Con planteamientos novedosos y prospectivos, desde el enfoque jurídico y multidisciplinario de las relaciones internacionales, analiza algunos de los principales desarrollos temáticos y doctrinales del derecho internacional público contemporáneo. Sin duda alguna, es un texto especializado, denso y profundo, pero escrito con un lenguaje compresible para el lector no familiarizado con la terminología jurídica, y elaborado con gran rigor científico y excelente manejo de herramientas metodológicas como el derecho comparado, el estudio de casos, el análisis histórico-jurídico-político internacional, así como de fuentes de consulta bibliohemerográficas y documentales, que demuestran un gran nivel de conocimiento y entendimiento del derecho internacional y las relaciones internacionales producto de la larga experiencia del autor en la investigación y la docencia.

Por su actualidad, originalidad y relevancia, la presente contribución es una referencia obligada para los estudiantes tanto de derecho como de relaciones internacionales, para el especialista, el profesor y el investigador interesado en el estudio del derecho de gentes y las relaciones internacionales en el escenario global de nuestro tiempo. Por último, y en total acuerdo con el autor, podemos señalar que el derecho internacional y la política internacional no pueden estudiarse de manera aislada, debido a que la política crea al derecho, pero el derecho limita a la política. La política internacional influye de manera determinante en la estructura y dinámica del sistema internacional y de las relaciones internacionales, sin embargo, el derecho de gentes es el mecanismo que legitima la estructura y dinámica propia del sistema, pero además, una vez consolidada la normatividad internacional, no en pocas ocasiones limita el accionar político de los sujetos jurídicos y los actores políticos internacionales.

Efrén Gustavo MARQUÉS RUEDA *

* Licenciado en relaciones internacionales y profesor de sistemas políticos comparados, derecho internacional público y privado, y del seminario de titulación I de relaciones jurídicas internacionales, en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM.