WEISS, Friedl (ed.), Improving WTO Dispute Settlement Procedures: Issues and Lessons from the Practice of other International Courts and Tribunals, reimpr., Londres, Ed. Cameron May, 2001.

El interés que provocó esta obra en el foro comercial internacional se refleja en el hecho de que aun sin haber cumplido el año de su aparición mereció una primera reimpresión.

La capacidad de convocatoria del editor Friedl Weiss, no sólo para traer a un grupo de abogados y juristas, algunos académicos distinguidos, otros litigantes reconocidos, y los más reuniendo ambas condiciones, sino para conseguir los fondos y apoyos financieros necesarios para llegar a buen puerto es notable, y gracias a esta combinación armónica y dinámica, podemos disfrutar de esta obra.

No hay discusión sobre el hecho de que uno de los mayores éxitos de la Ronda Uruguay fue haber logrado plasmar en la realidad el sueño de los creadores del GATT para establecer un Organismo Internacional de Comercio (OIC) que diseñado al estilo de los años cuarenta como una entidad de ese corte sin haber visto la luz, ahora es una Organización Mundial de Comercio (OMC).

De acuerdo con lo anterior, y sin duda como una consecuencia necesaria, se estableció el Entendimiento de Solución de Diferencias (ESD), armando así un mecanismo sobre las bases originales que fueron tímidas, pues solamente se consideraron en dos preceptos legales la prevención y la posible solución de conflictos (artículos XXII y XXIII del GATT).

Si bien es cierto que a lo largo de casi 50 años se realizaron esfuerzos con resultados exitosos para armar el mecanismo, nunca se logró armar todo un sistema específico que estableciese un procedimiento y un tribunal ad-hoc especializado en conflictos de comercio internacional.

Estos esfuerzos desde luego no resultaron vanos y constituyen las raíces que dieron pie al florecimiento del actual ESD, habiéndose incorporado dichos antecedentes al mismo, lo que refleja afortunadamente lo que en su momento fue considerado como importante en el tema.

Por ello, necesariamente la obra que comentamos es trascendente y desde luego muy ambiciosa, pues se compone de 20 capítulos que se ocupan, con metodología similar, de comparar algunos de los temas fundamentales, y de como han sido tratados tanto en el GATT como en la OMC, y algunos de ellos por la Corte Europea de Justicia, por la Corte de Primera Instancia y eventualmente en la sustanciación de las apelaciones.

De manera original, también se refieren algunos autores a la práctica de las Cortes de Luxemburgo.

Los temas objeto de estudio van desde los antecedentes históricos a los conceptos básicos, los medios alternativos de solución de diferencias y los derechos de terceros para intervenir como tales en los procedimientos, tema que cada día presenta más complejidades tanto por el incremento de miembros de la OMC como por el aumento de los casos en litigio.

Adicionalmente a los temas mencionados, aparecen también estudios sobre los alegatos que se presentan, la carga de la prueba, las audiencias y las intervenciones orales de las partes y de los terceros, la participación de los expertos y la solución de los conflictos planteados.

Pese a que la OMC tiene apenas cinco años de existencia, el uso del ESD ha sido frecuente, y notable la presencia cada vez mayor de los países en vías de desarrollo.

Hasta enero del 2000 se habían presentado 185 consultas que dieron pie al establecimiento de 53 paneles o grupos especiales, habiéndose pronunciado 33 informes definitivos y 23 apelaciones.

Se ha acudido también a los mecanismos de vigilancia previstos en el artículo 21.5 del ESD, y han sido apelados cuatro informes definitivos de los mismos, entre los cuales podemos ubicar al caso de la fructosa que fue recurrido por el gobierno de México.

El conocimiento de estos procedimientos y de sus vericuetos cada vez se hace más necesario tanto para los especialistas como para los estudiantes universitarios, fundamentalmente de la carrera de derecho.

Sin duda que Ernst-Ultrich Pettersman, de la Universidad de Ginebra; Bernardd Jansen, de la Comisión Europea; Pietr-Jan Kuijper, del Departamento Legal de la OMC; Allan Rosas, asesor jurídico de la Comisión Europea; John S. Usher, profesor emérito de la Universidad de Edimburgo; Erick L. White, asesor legal de la Comisión Europea; Richard Plender, académico y litigante; Daniel Blethemen, académico y litigante; James Cameron, profesor del Colegio de Europa; Stephen J. Orava, litigante; Theofanis Christophorou, asesor legal de la Comisión Europea; Jaquelyn McLenan, litigante; sir Arthur Watts, litigante; Peter van Denn Bosche, de la Universidad de Maastricht; Marco Bronckers, de la Universidad de Leyden; Natalie McNellis, litigante; Melchior Wathelet, de la Universidad de Lovaina; Robert E. Ttudec, de la Universidad de Tufts; y Christine Gray, de la Universidad de Cambridge (St. John College), en unión de Friedl Weiss se sentirán muy satisfechos si constataran que en nuestro país se aprecia y respeta su obra.

Rodolfo CRUZ MIRAMONTES *

*Doctor en Derecho por la Universidad de Madrid. Profesor de derecho internacional público y de derecho del comercio internacional. Coordinador del sector industrial por la COECE en las negociaciones comerciales internacionales y de las mesas de Solución de Controversias y de Prácticas Desleales en el TLCAN, en el TLCUE y en los demás acuerdos comerciales internacionales suscritos por México.