BLÁZQUEZ RODRÍGUEZ, Irene, Los nacionales de terceros países en la Unión Europea, Córdoba, España, Servicio de Publicacio- nes-Universidad de Córdoba-Consejería de Gobernación-Junta de Andalucía, 2001, 402 pp.

En el ámbito español, por ejemplo, después de los avatares que se dieron ante la adhesión de España a la Unión Europea en 1986, han surgido nuevas realidades y entre ellas destacamos la migración, que atañe, de manera muy directa, a España como cruce obligatorio de los nacionales procedentes del norte del continente africano y de nacionales que provienen, fundamentalmente, de Latinoamérica y de la Europa del Este.

El ordenamiento jurídico español se ha tenido que ir adaptando a las directrices migratorias de la Unión Europea, es decir, ha tenido que ponerse en sintonía con los principios enunciados por la normatividad comunitaria, entre los que destacamos la libre circulación de personas, conjuntamente con las medidas de acompañamiento relativas a los controles en las fronteras exteriores, el asilo y la inmigración. La legislación interna española ha tenido que acomodarse al derecho comunitario legislado sobre la materia, y así tenemos que el derecho de extranjería ha ido cobrando cada vez mayor incidencia e importancia ante la afluencia de nacionales de terceros países.

A finales de la década de los ochenta y durante los noventa, la crisis europea se ubicaba, fundamentalmente, en la falta de mano de obra en el sector servicios, además de crisis como la baja natalidad de Europa, en general, y de España, en particular. Era una Europa convencida de la necesidad de solidaridad con el flujo migratorio de terceros países, consciente de que en los años siguientes cada Estado debería fijar amplios cupos de inmigrantes para solucionar carencias demográficas y de mano de obra, pero que al mismo tiempo sabía que esas cuotas, fiables y conocidas por todos, debían estar controladas por los gobiernos de los quince Estados miembros.

Son problemas sociales de gran envergadura a los que hay que darle la debida atención, porque de ellos deriva el bienestar social, manifestándose en la integración de la población de nacionales y extranjeros, en la tolerancia y en la convivencia pacífica.

A través de los diferentes tratados constitutivos de la Unión Europea se ha estipulado que son los Estados miembros los que tienen que responsabilizarse de sus políticas de empleo y migratorias, pero se proclama, al mismo tiempo, la necesidad de una actuación conjunta coordinando políticas y favoreciendo el debate entre todos los interlocutores implicados.

En España, el compromiso al que nos referimos se plasmó en las polémicas leyes orgánicas 4/2000, de 11 de enero, y 8/2000, de 22 de diciembre, sobre derechos y libertades de los extranjeros y su integración social, que se alinean, al fin, a la legislación comunitaria, acorde con: la colaboración con los países de origen, sistema común de asilo, trato justo de los nacionales de terceros países y gestión de los flujos migratorios.

La autora en la obra que reseñamos realiza un itinerario sistemático y lógico sobre la regulación jurídica aplicable a los nacionales extracomunitarios que quieren acceder, circular, trabajar o residir en el área co-munitaria.

La obra comienza introduciendo una serie de elementos o conceptos básicos que debemos conocer y superar para así poder darle un seguimiento más estable a la parte primera titulada "Régimen de entrada y circulación de los nacionales de terceros países en un espacio sin controles en fronteras interiores", y parte segunda: "El ejercicio de actividades económicas por parte de los nacionales de terceros países y su permanencia en la Unión"; para finalizar con unas extensas conclusiones que sistematizan, analizan y proponen alternativas viables; asimismo, consta de una completa y actualizada bibliografía dividida en tres epígrafes: 1. Obras de carácter general; 2. Monografía y estudios en obras colectivas, y 3. Publicaciones periódicas, para una mejor búsqueda del lector interesado en la materia y, por último, un rubro dedicado a "Documentación" donde podemos encontrar una excelente selección de materiales legislativos, jurisprudenciales y documentales, que justifican con toda contundencia, la inclusión del respectivo anexo.

Cuando nos referimos a los conceptos básicos de la obra, estamos pensando en el término de "nacional de un tercer país" y "estatutos jurídicos", principalmente. Como se manifiesta en las primeras páginas del libro, y así se expresa en el prólogo, existen diversas situaciones de extranjería que tienen su razón de ser en distintas causas y son objetivo de reglamentación por normas procedentes de diversas fuentes, lo cual implica la existencia en el orden jurídico comunitario de una pluralidad de estatutos jurídicos que dan lugar a una diversidad de situaciones particulares, de ahí que haya, por ejemplo, un régimen especial de los nacionales de terceros países en situación privilegiada.

A partir del Tratado de la Unión Europea o Tratado de Maastricht, se comienza a hablar de un "Estatuto jurídico de los nacionales de terceros países", abordado siempre en relación con el proceso de integración.

Con el Tratado de Amsterdam se establecen normas aplicables sobre "visado, asilo, inmigración y otras políticas relacionadas con la libre circulación de personas". En este tenor, la autora expone cómo se integra el "espacio Schengen" en el marco de la Unión Europea, mediante un protocolo o acuerdo, como sistema de "cooperación reforzada" (también aplicado en el Tratado de Niza) para la supresión de los controles fronterizos en las carreteras y aeropuertos.

No olvidemos la importante aportación de la sesión especial del Consejo Europeo en Tampere, en diciembre de 1999, en la que se proyectó la creación de un espacio de libertad, seguridad y justicia en la Unión Europea, utilizando plenamente las posibilidades que ofrece el Tratado de Amsterdam. Una de las conclusiones del Consejo Europeo en Tampere enunció que "el objetivo es una Unión Europea abierta y segura, completamente comprometida con las obligaciones de la Convención de Ginebra sobre refugiados y otras disposiciones relativas a la protección de los derechos humanos, que sea capaz de responder a las necesidades humanitarias sobre la base de la solidaridad", y para esto se exige que se aproximen las legislaciones nacionales sobre las condiciones de admisión y residencia.

A continuación, la obra aborda, tal y como comentamos, en dos partes, el régimen de entrada y circulación de los nacionales de terceros países en una espacio sin controles y fronteras interiores, de un lado, y, de otro, el ejercicio de actividades económicas y la permanencia en la unión de dichos nacionales extracomunitarios.

Con respecto a la primera parte, la doctora Blázquez Rodríguez comienza revisando cuáles fueron los antecedentes que propiciaron el estado actual de la legislación migratoria comunitaria, para después, siguiendo el prólogo del libro, dar paso al estudio del régimen de entrada y circulación de los nacionales de terceros países, analizando la reglamentación comunitaria general y la específica del "espacio Schengen" y el actual régimen restrictivo que no reconoce a los nacionales extracomunitarios el derecho a viajar y a circular libremente por el área comunitaria, excepto el de aquellos extranjeros que tengan tal derecho derivado de su calidad de miembro de la familia de un nacional de un Estado miembro, los que sean nacionales de los Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo de 1992 o los que ejerciten tal movilidad entre los "Estados Schengen".

Con respecto a la segunda parte, se examina el régimen jurídico aplicable a los nacionales de terceros países en relación con el ejercicio de las actividades económicas asalariadas e independientes y, como realidad complementaria a las anteriores, el régimen de la permanencia de dichas personas en el área comunitaria. Esta revisión por la legislación comunitaria visualiza todavía una incipiente reglamentación con necesidades notables.

En definitiva, se trata de un estudio de máxima actualidad, amplio, crítico, argumentativo y útil tanto para el especialista en la materia, en donde puede encontrar el análisis y el compendio de toda la legislación migratoria comunitaria, como para el nacional de un tercer país que quiera llegar a territorio comunitario, y pensamos en nuestros connacionales, mexicanos inmigrantes en la Unión Europea, dados los conocidos lazos de unión que tiene México no sólo con España sino con el continente europeo en general.

Debemos también subrayar que es una obra que ha sido editada gracias al desinteresado apoyo de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias de la Junta de Andalucía, siempre con atención a temas prioritarios como el presente.

Nuria GONZÁLEZ MARTÍN *

*Investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.