Acuerdos de cooperación y bases militares en territorio extranjero: ¿un "acto de agresión
Recientes acuerdos de cooperación que implican el ejercicio extraterritorial de la competencia del Estado en materia de defensa y seguridad han dado pie a la polémica relativa a potenciales actos de agresión contra terceros. Sin embargo, antes de profundizar en asuntos propios de la política, es necesario precisar el significado jurídico de ciertos conceptos, esencialmente de orden convencional. Aun cuando no sea nada nuevo, trataremos de dejar en claro que este tipo de acuerdos siempre tendrá un carácter lícito mientras se inscriban en el marco del derecho internacional. Ahora, si los elementos militares de un determinado Estado sobre el territorio de otro llegasen a emplearse con un objetivo diferente al convenio en cuestión, o para cometer un acto de agresión contra un tercer Estado, deberán estudiarse cuidadosamente los aspectos de atribución o imputación, con el ánimo de establecer la eventual responsabilidad de las partes involucradas.
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