La política criminal de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional para el inicio de investigaciones
El ECPI estipula algunos lineamientos para que se ejercite la jurisdicción de la CPI, sin embargo, en la práctica de las investigaciones de oficio la Fiscalía cuenta con importantes facultades discrecionales que establecen parámetros de actuación o de inactividad de la propia Corte. Este artículo trata de dilucidar cuáles son dichos parámetros para que la Fiscalía considere que debe abrirse una investigación o no en la CPI, explicando cuándo se realiza un control judicial de las decisiones de la Fiscalía y examinando si estas políticas adoptadas son congruentes con la práctica de la CPI, con el propio ECPI y los derechos humanos internacionalmente reconocidos.
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