Las dos formas de custodia compartida en caso de que los padres no estén de acuerdo: como régimen legal supletorio y con oposición de uno de los padres como un régimen especial
Contenido principal del artículo
Resumen
El presente artículo justifica la custodia compartida, aun con oposición de uno de los padres, tanto como régimen legal supletorio preferente como también como régimen específico dentro de un sistema de custodia exclusiva. La custodia compartida se sustenta en los derechos fundamentales de los NNA (principios del interés superior y corresponsabilidad), pero especialmente en estudios empíricos. Además, plantea los distintos aspectos en los cuales el juez debe detenerse al momento de concederla, con especial atención al criterio de la conflictividad de los padres.
Detalles del artículo
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivar 4.0 Internacional.