La guarda compartida. Una visión comparativa
Un problema de especial interés en nuestros tiempos es la guarda y custodia de los hijos menores de edad o de los mayores incapaces, cuando se produce la ruptura matrimonial, ya que son éstos los que se encuentran en una situación de vulnerabilidad. Este artículo se centra en el análisis comparativo de tres legislaciones que le han dado una solución a este problema a través de la aplicación de la figura de la guarda compartida, prevista en la legislación española, en la italiana y en la brasileña. La guarda compartida se reconoce como un derecho de hijos y progenitores a seguir teniendo una relación paterno-filial y materno-filial igualitaria; un derecho al que no se puede ni debe renunciar, que nace de la familia, y no del matrimonio, lo que supone que tras la crisis, los derechos y responsabilidades de cada uno continúan siendo iguales a los que tenían con anterioridad; tomando en cuenta el juzgador siempre el interés superior del menor, que es reconocido como el favor filii.
Detalles del artículo
Uso de licencias Creative Commons (CC)
Todos los textos publicados por la Revista de Derecho Privado sin excepción, se distribuyen amparados con la licencia CC BY 4.0 Internacional, que permite a terceros utilizar lo publicado, siempre que mencionen la autoría del trabajo y la primera publicación en esta revista.
Derechos de autoras o autores
De acuerdo con la legislación vigente de derechos de autor la Revista de Derecho Privado reconoce y respeta el derecho moral de las autoras o autores, así como la titularidad del derecho patrimonial, el cual será transferido —de forma no exclusiva— a la Revista para permitir su difusión legal en acceso abierto.
Autoras o autores pueden realizar otros acuerdos contractuales independientes y adicionales para la distribución no exclusiva de la versión del artículo publicado en la Revista de Derecho Privado (por ejemplo, incluirlo en un repositorio institucional o darlo a conocer en otros medios en papel o electrónicos), siempre que se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en la Revista.
Para todo lo anterior, deben remitir la carta de transmisión de derechos patrimoniales de la primera publicación, debidamente requisitada y firmada por las autoras o autores. Este formato debe ser remitido en PDF a través de la plataforma OJS.
Derechos de lectoras o lectores
Con base en los principios de acceso abierto las lectoras o lectores de la revista tienen derecho a la libre lectura, impresión y distribución de los contenidos de la Revista por cualquier medio, de manera inmediata a la publicación en línea de los contenidos. El único requisito para esto es que siempre se indique clara y explícitamente que el trabajo se publicó por primera vez en la Revista de Derecho Privado y se cite de manera correcta la fuente incluyendo el DOI correspondiente.

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución 4.0.








