Representación, mandato y poder
El expositor señala la compleja vinculación jurídica de los temas enunciados en el título de su labor, que le permite considerar si por su naturaleza son transferibles o intransferibles los derechos y acciones que resultan de la representación; considerando indispensable distinguir cuidadosamente el acto del otorgamiento, de la eficacia jurídica de los actos del representantes y, de ello, la distinción entre el mandato y la validez de los poderes ejercidos. Desde luego que la fuente está determinada —en opinión del autor— por el ordenamiento jurídico o por la voluntad del mandatario; destacando que en la representación voluntaria deben considerarse necesariamente los requisitos de existencia y de validez del contrato. A la vez, el autor hace notar que los gerentes y administradores de las sociedades civiles o mercantiles, ostentan representación legal en cuanto al ejercicio de tales derechos y facultades; pero dentro de los límites del ejercicio de los actos necesarios o conducentes al objeto particular de la persona moral. Dentro del examen de los elementos de la representación, el autor la considera declarativa de la voluntad del representado; operando el reemplazo de la voluntad del representado, por la del representante con la debida consideración del vínculo jurídico que liga a ambos; determinando ello la distinción entre la representación, el mandato y los poderes. El autor culmina su labor refiriéndose a las características de las tres figuras jurídicas.
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