¿Son los páneles binacionales establecidos conforme al Tratado de Libre Comercio de América del Norte autoridades para los efectos del juicio de amparo?
A partir de una decisión del juez séptimo de distrito en materia administrativa del Distrito Federal, en la que se afirma que el laudo emitido por el pánel binacional en el caso MEX-94-/904-01 "si es un acto de autoridad susceptible de ser impugnado a través del juicio de amparo", el autor reflexiona sobre la naturaleza jurídica de estos páneles, con el fin de concluir si pueden o no ser considerados autoridad para efectos del juicio de amparo. Concluye que estos páneles son entidades internacionales creadas por las tres naciones que integran el Tratado de libre Comercio, cuyo funcionamiento no puede ser revisado por el juicio de amparo, que es un medio propio del derecho nacional mexicano; además de que no son autoridades para efecto del juicio de amparo, porque sus resoluciones no son exigibles con el apoyo de la fuerza pública del Estado mexicano.
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