Las nuevas tecnologías en el ámbito laboral. Una aproximación al estado de la cuestión desde la perspectiva femenina
La expansión aplicativa de las nuevas tecnologías —en el sentido amplio que permite incluir en ellas la infocomunicación, la digitalización, la robótica, la nanotecnología y la Inteligencia Artificial— así como sus repercusiones en el ámbito laboral y de prestación de servicios, en general, han sido objeto de continuos análisis desarrollados por plurales instancias y organismos, cuyas conclusiones sirven a nuestro ensayo de naturaleza jurídico-normativa con dos finalidades: presentar el estado de la cuestión desde una perspectiva socioeconómica y, a partir de ella, indagar acerca de las medidas adoptadas por los distintos niveles políticos para afrontar las derivas perniciosas que la implementación de estas nuevas tecnologías pudiera ocasionar para la empleabilidad de la ciudadanía, más concretamente para colectivos vulnerables en el contexto de la IV revolución industrial, como podría acontecer con la mujer. Los objetivos apenas referidos justifican que la estructura de este estudio esté compuesta por dos grandes apartados destinados, el primero, a ofrecer una reflexión asentada en los datos proporcionados por los informes existentes al respecto. Con ello pretendemos no sólo compilar las conclusiones alcanzadas por los distintos grupos de investigación que han abordado la cuestión, sino especialmente detectar hallazgos comunes y diferenciados que, en conjunto presentados, contribuyan a dotar de transparencia al estado de la cuestión. Como de seguida se observa, hemos procurado a este respecto traer a colación análisis procedentes de actores internacionales —OIT, OCDE y Foro Económico Mundial—, comunitarios —órganos comunitarios e institutos de investigación europeos, así como entidades privadas que han desarrollado informes al respecto en el ámbito europeo— y nacionales españoles —representados, en este caso, por el Instituto de las Mujeres, el Consejo Económico Social, Eurostat, el Servicio Público de Empleo Estatal y alguna entidad privada—, de modo que sea posible el contraste y, por ende, cierta objetividad. El segundo apartado queda consignado a indicar los aspectos ventajosos, pero también los perjudiciales que las nuevas tecnologías comportan para el ámbito laboral, si bien tomando como perspectiva de estudio el colectivo femenino y, como guía estructuradora, los tres momentos que tradicionalmente la doctrina iuslaboralista distingue en la relación contractual laboral; id est, su nacimiento, vigencia y terminación. Las propuestas conclusivas, destinadas a ofrecer algunas sugerencias al legislador nacional respecto de actuaciones a adoptar en este ámbito de la empleabilidad femenina en el contexto de las nuevas tecnologías, se incluyen en el último de los apartados que configuran este ensayo.
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