DIRECTOR:Será el responsable de la publicación; de dirigir las actividades del CONSEJO EDITORIAL; de representar oficial y legalmente a la publicación; generar los procesos de creación y ejecución de la Revista y proponer acciones para el mejoramiento de la publicación.
Igualmente, corresponde al Director de la Revista Latinoamericana de Derecho Social, en relación al CONSEJO EDITORIAL:
Presidirlo:
Representar oficial y legalmente a la Revista;
Representarlo en asuntos que sean competencia del mismo;
Dirigir sus actividades;
Convocar y coordinar los trabajos de las sesiones ordinarias y extraordinarias;
Administrar los recursos humanos y financieros de la Revista, según las directivas trazadas por el CONSEJO EDITORIAL;
Establecer el orden del día de acuerdo con sus prioridades generales y los problemas específicos planteados por algunos de sus miembros; y
Proponer acciones para el mejoramiento de la Revista.
El Director y el Subdirector tendrán la responsabilidad conjunta de redactar las normas de publicación de la Revista, del cuestionario de los dictámenes para los árbitros, el cual será utilizado por el Consejo Asesor para revisar el cumplimiento de las normas de publicación como documento de verificación, elaborar el documento protocolario de evaluación de manuscritos por los evaluadores designados al efecto y vigilar que se cuiden las normas éticas de investigación y experimentación en los artículos publicados.
SUBDIRECTOR: Será responsable del seguimiento, desarrollo y control de la operación de la publicación y control del trabajo del CONSEJO EDITORIAL, administrar los recursos humanos y financieros de la Revista y mantener el contacto y proponer las acciones de estimulo a autores (articulistas nacionales e internacionales), editores, árbitros y demás personas vinculadas a la publicación.
Tendrá como funciones levantar acta de las sesiones del CONSEJO EDITORIAL y junto al Director elaborar el orden del día de las mismas; será responsable de la localización, gestión y mantenimiento de las bases de indexación y listas de distribución adecuadas para la Revista, emitir cuantos certificados sean precisos dando fe de la constancia de los hechos acreditados, velar por el cumplimiento de la política trazada por el CONSEJO EDITORIAL, conocer los manuscritos y decidir en primera instancia cuáles son aquellos que deben proseguir el proceso formal establecido tomando como referencia los aspectos éticos y formales, de la misma manera le corresponde la función de elaborar los informes estadísticos anuales sobre el proceso editorial. Así mismo, puede sustituir al Director en sus funciones, en caso de ausencia de este por más de seis meses.
Corresponde al Subdirector de la Revista Latinoamericana de Derecho Social:
Velar por el estricto cumplimiento de la política trazada por el CONSEJO EDITORIAL;
Conocer los manuscritos y decidir, en primera instancia, cuáles deben procesarse, sobre la base de su correspondencia con el alcance de la publicación y sus requerimientos formales;
Orientar los trabajos aceptados hacia un editor, según la temática;
Interactuar con los autores de los manuscritos sometidos a la consideración de la publicación;
Proponer las acciones de estímulo a autores, editores, árbitros y demás personas vinculadas a la publicación;
Convocar, a petición del Presidente, a las sesiones del CONSEJO EDITORIAL;
Levantar el acta de acuerdos respectiva de cada una de las sesiones e informar al Director y al CONSEJO EDITORIAL acerca de éstas;
Reunir y proporcionar la información que el CONSEJO EDITORIAL requiera para el adecuado desarrollo de sus funciones;
Elaborar el informe anual de actividades del CONSEJO EDITORIAL para su aprobación en el pleno;
Ser el responsable del archivo del CONSEJO EDITORIAL;
COORDINADORA EDITORIAL: será responsable de la revisión de los criterios editoriales del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, dar revisiones de forma, revisiones de estilo, se encargará de verificar si los artículos no han sido plagiados. Enviar a imprenta los artículos. Fungirá como intermediaria entre el fondo y la forma de la Revista.
Su función en el CONSEJO EDITORIAL, será dar fe de lo ocurrido, tomar la lista de asistencia de los miembros presentes en las sesiones, firmar las actas respectivas.
Entre sus funciones estarán
Vigilar el cumplimiento de los puntos establecidos como política editorial;
Contribuir al cuidado y mejoramiento de la imagen y prestigio del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, a partir de la actividad editorial;
Aprobar, supervisar y evaluar el proceso de edición;
SECRETARIOS TECNICOS: Personal encargado de funciones administrativas, de gestión y logística para el funcionamiento del proceso de edición de la Revista; serán designados por el Director.
Serán los responsables de auxiliar en las labores, al Director, Subdirector y al CONSEJO EDITORIAL; respecto de la recepción de artículos y su respectivo envió para dictaminación de las obras, observará el proceso siguiente:
Los originales serán recibidos por el Secretario o Secretarios Técnicos del CONSEJO EDITORIAL vía electrónica o impresa;
El mismo Secretario o Secretarios Técnicos enviara a dos dictaminadores de la cartera de árbitros a propuesta del CONSEJO EDITORIAL o del Director o Subdirector, con el procedimiento “doble ciego”;
Una vez recibidos los dictámenes, el autor es notificado de la decisión y la obra, si es aceptada, destinándola al siguiente número de publicación o al que corresponda, una vez formado el número con la totalidad de los artículos publicables, será enviada para su proceso editorial y publicación. En caso de que se pidan correcciones a los artículos, los autores tendrán un plazo de tres meses para presentar la obra corregida.
En el caso de surgir algún caso que suscite dudas, es el CONSEJO EDITORIAL en pleno el que se reúne para discutir los casos particulares y llegar a una decisión pertinente.
CONSEJO EDITORIAL: son quienes velarán por el cumplimiento de los objetivos de la publicación, su política científica editorial, las normas de publicación, establecer medidas que posibiliten aumentar el valor añadido, proponer autores y temas para los siguientes números de la misma, analizar los artículos recibidos y emitir opinión sobre los mismos, esto podrá ser de manera conjunta o de forma individual de cada uno de los miembros del consejo, proponer y aprobar el o los árbitros apropiados para cada artículo y definir la estructura de la revista.
El CONSEJO EDITORIAL estará conformado por la Directora, quien lo preside, el Subdirector, como miembros natos, y los vocales nombrados por la Directora, quien igualmente tiene la potestad de revocación de miembros. Los miembros del CONSEJO tendrán el grado académico de Doctor. Permanecerán en sus puestos en tanto no sean revocados o renuncien explícitamente a formar parte del mismo. El Director los designará en función de sus méritos, dedicación y capacidad. Lo formarán un mínimo de quince miembros y un máximo de veinticinco. Las funciones atribuidas son: asistir al Director en todas sus funciones y, muy especialmente, en el seguimiento de los trabajos (recepción, evaluación, aceptación), y en la definición de los contenidos y el estilo de la Revista (verificación y aplicación de las normas de presentación de originales, diseño, creación y orientación de las distintas secciones de la revista), vigilar el flujo de manuscritos y control, y vigilar que se cumplan las normas establecidas. Serán los responsables de la corrección de originales, revisión y corrección de abstracts, aspectos metodológicos y estilo del artículo.
El CONSEJO EDITORIAL se encargará de definir tirajes, formatos, colecciones, plataformas y estrategias de difusión a partir de un análisis objetivo y aumentar el impacto de sus productos entre el público especializado y la comunidad en general.
El CONSEJO EDITORIAL incorporará en el Programa Anual Editorial las obras que decida aprobar para su publicación. Informar y solicitar a la Subdirección de Asuntos Jurídicos su intervención en el caso de plagio de alguna obra legal que exista así como el apoyo para el trámite legal de los convenios y contratos de edición y coedición.
Establecer las políticas y prioridades para la publicación de los proyectos editoriales, tomando en cuenta los recursos presupuestales autorizados para cada ejercicio.
El CONSEJO EDITORIAL tendrá carácter permanente y sesionará dos veces al año o previa convocatoria por escrito firmada por la Director. Las convocatorias serán enviadas por medios escritos o electrónicos a los miembros permanentes cuando menos cinco días hábiles antes de la fecha propuesta para la sesión.
Invariablemente las convocatorias incluirán un orden del día con los asuntos a tratar durante la sesión y la documentación pertinente relacionada con los mismos. Los miembros permanentes podrán agregar temas al orden del día, que serán incorporados como “Asuntos Generales”.
Los acuerdos alcanzados durante las sesiones se asentarán en el acta respectiva, que consignará los nombres de los asistentes, los asuntos tratados y los acuerdos alcanzados.
Las actas de las sesiones serán firmadas por la Directora, el Subdirector y el Coordinador Editorial.
CONSEJO ASESOR: son quienes fungirán como árbitros de alto nivel y quienes revisarán las reseñas y comentarios una vez leídos y aprobados en primera instancia por el Director y el Subdirector, en cuanto a contenido, redacción, forma, palabras clave, estructura de los resúmenes, adecuación del lenguaje utilizado.
En casos excepcionales, el Consejo Asesor será quien aprueba, en última instancia, la aceptación de un manuscrito y la composición de cada número.
Los miembros son nombrados por el Director, quien también tiene la potestad para revocarlos. Permanecerán en sus puestos en tanto no sean revocados o renuncien explícitamente a formar parte del mismo. Podrán formar parte del mismo, profesores universitarios e investigadores de reconocido prestigio, miembros de instituciones educativas o gubernamentales.
El Consejo Asesor es el órgano de consulta del CONSEJO EDITORIAL, tanto para el establecimiento de su política editorial como para analizar otros aspectos académicos y científicos relacionados con el funcionamiento y desarrollo de la publicación. Sus miembros, por lo tanto, deben ser profesionales de alto nivel, con conocimientos de las publicaciones científicas, de manera que puedan efectivamente asesorar al CONSEJO EDITORIAL.
Se espera que los miembros del Consejo Asesor cumplan alguna tarea de la Revista, al menos, una vez al año. Entre estas tareas pueden estar:
Adquirir el conocimiento necesario sobre la política editorial, las normas y los requisitos de la publicación.
Fungir como árbitros de oficio de alto nivel.
Tiene como funciones principales elaborar junto con el Director la estrategia científica de la Revista y la evaluación periódica de resultados, así como apoyar y orientar de manera conceptual y científica al Consejo Asesor.
Podrán actuar como dictaminadores de la Revista.
De las sesiones
Las sesiones del CONSEJO EDITORIAL para celebrarse deberán contar con la asistencia de la mayoría de sus integrantes; es decir el cincuenta por ciento más uno de ellos, entre los cuales deberá estar necesariamente la Directora y el Subdirector.
En caso de que no se pueda reunir el CONSEJO EDITORIAL, estos autorizan al Director, Subdirector y Coordinadora editorial a desahogar los asuntos que correspondan al CONSEJO, acatándose las decisiones que tomen.
Todos los asuntos que se presenten al CONSEJO deberán ser previamente conocidos por sus integrantes, por lo que cinco días hábiles antes de que se celebre la sesión del CONSEJO, se les hará llegar una carpeta con la información sobre los asuntos a revisar.
De las Convocatorias
Las sesiones del CONSEJO se realizarán mediante convocatoria por escrito (oficio o correo electrónico) del Director de la Revista, la cual deberá ser entregada a los miembros del Comité al menos con cinco días hábiles de anticipación a la fecha de la sesión que corresponda.
Todas las convocatorias a las sesiones del CONSEJO EDITORIAL incluirán el orden del día con los asuntos que se analizarán, así como el lugar, fecha y hora en que se llevará a cabo la sesión.
De los acuerdos
El registro y seguimiento de los acuerdos estará a cargo del o de los Secretarios Técnico del Consejo.
Cada participante, con base en la información presentada en el pleno de las sesiones, deberá emitir una “propuesta de acuerdo” que promueva la resolución positiva o negativa sobre los asuntos analizados, cada uno de los cuales será revisado por el CONSEJO a efecto de acordar en definitivo cuál quedará asentado en Acta.
Cualquier situación no considerada en los presentes estatutos, será resuelta por el CONSEJO EDITORIAL, en el marco de la legislación del Instituto de Investigaciones Jurídicas.