Antonio Caso y su defensa a la autonomía universitaria como mecanismo para introducir la democracia liberal

Publicado el 26 de agosto de 2016

Carolina Miranda Luévano
Licenciada en derecho por la Universidad Nacional Autónoma de
México y estudiante de la maestría en Gobierno y Políticas Públicas en la
Universidad Panamericana,
cmluev@gmail.com

Antonio Caso, al igual que a los demás ateneístas, le tocó desenvolverse en la época porfiriana, en la Revolución de 1910 y en la reconstrucción nacional mexicana de la época posrevolucionaria.

Destacado académico liberal universitario, primer secretario general de la entonces Universidad Nacional de México, rector de ésta y responsable de introducir el pensamiento metafísico y filosófico en el ámbito universitario. 1

En la década de los años treinta del siglo XX se vio envuelto en un debate por la defensa de la autonomía universitaria, suscitado en contra de la concepción de Vicente Lombardo Toledano, quien compartía la postura de que las universidades y las instituciones de educación superior del país tenían el deber de orientar el pensamiento de la nación mexicana, la cual se encaminaba hacia la posición ideológica del momento aceptada por el gobierno en turno: el marxismo. 2

No obstante ello, Caso se oponía a los totalitarismos políticos de su tiempo: el nacionalismo nazi y el socialismo soviético, y consideraba que el mejor medio o régimen para alcanzar la república culta, es decir, la mejor sociedad política de personas humanas, era la democracia liberal. 3

Si se aceptaba una filosofía oficial se tiranizaría a la nación y a las conciencias con sistemas efímeros; lo que se requería y requiere es el saber como un hacer constante, que se recree, se corrija, ya que nada es absoluto y, por lo tanto, toda teoría es discutible. 4

Caso veía en el acto de educar un “arte… de filósofos conscientes de las potencialidades humanas que los pueden proyectar hacia la existencia como desinterés y como caridad… que redunda en el bienestar de todos y para todos”. 5 Decía que los seres humanos tenemos una relativa libertad y una espiritualidad con la que podemos crear y perseguir valores, lo que nos convierte en entidades insustituibles y singulares; que como seres humanos somos personas humanas que debemos cultivar y desarrollar nuestra personalidad y que en conjunto formamos sociedades humanas o personas sociales heterogéneas también insustituibles y poseedoras de una personalidad y una cultura, por lo que los Estados deberían velar por el desarrollo de las personas humanas que integran las personas sociales, para lo cual se requiere de un gobierno más adecuado que el totalitario, se requiere de un régimen democrático. 6

Para Caso, precursor del México moderno posrevolucionario, la autonomía universitaria conllevaba a una serie de libertades tales como la libertad de cátedra entendida ésta como una libertad de enseñanza y de investigación. 7

En contraste, permitir o consentir que en una universidad se impusiera la enseñanza de una doctrina o filosofía oficial resultaría excluyente y, por consiguiente, totalitario, pues se presentaría como algo verdadero absoluto y como la mejor y única opción viable digna de conocerse y de instaurarse, sin permitir que se conozcan los aportes, buenos o malos, de otras doctrinas o filosofías que pudieran, incluso, avalar, complementar o contradecir la oficial. 8

La autonomía universitaria le permitiría a su comunidad desarrollarse libre de la intromisión del Estado, de los cambios o ajustes según el mandatario y su filosofía en turno.

Como lo reflejara Caso años más tarde en su obra La persona humana y el Estado totalitario, donde percibe “no sólo una preocupación por el saber, sino también por el pensar sobre una cultura nacional puesta al servicio de la libertad y de la justicia [su reflexión] se opone a toda filosofía que quiera convertirse en oficial o única, en la medida que cualquiera que ésta sea oprime la libertad del pensamiento y dogmatiza el saber”. 9

Recordemos que para Caso la república culta se conforma por sociedades políticas en donde se equilibran tres elementos, a saber: la libertad de sus miembros, la autoridad y la ley, y, dentro de estas libertades, él consideraba como puntales de toda sociedad humana tres libertades civiles: la de pensamiento y de expresión, la de asociación y la de poseer bienes. En este sentido, se entiende que sin una libertad para pensar y para expresarse no puede haber doctrinas sólidas, por lo que tampoco podría haber libertad de cátedra. 10

Fuentes

HERNÁNDEZ LUNA, Juan, “Polémica de Caso contra Lombardo sobre la Universidad”, Historia Mexicana, 73, julio-septiembre de 1969, disponible en http://codex.colmex.mx:8991/exlibris/aleph/a18_1/apache_media/VKJJ28YF8D7K1MCHGS5P71DDB16T62.pdf (fecha de consulta: julio de 2016).

HERNÁNDEZ PRADO, José, “El liberalismo de Antonio Caso”, Sociológica, año 15, núm. 43, mayo agosto de 2000.

———, “Los liberalismos de José María Vigil y Antonio Caso y el realismo directo”, Tópicos. Revista de Filosofía, México, 22, 2002.

———, “Tres décadas después del Ateneo de la Juventud. José Vasconcelos, Antonio Caso y la democracia liberal”, paper presentado en el coloquio internacional Las ciencias sociales en Brasil y en México, Brasil, Universidad de Sao Paulo, 2 de diciembre de 2015.

Magallón Anaya, Mario, Historia de las ideas en México y la filosofía de Antonio Caso, México, UAEM, 1998.

NOTAS:
1. Cfr. Hernández Prado, José, “El liberalismo de Antonio Caso”, Sociológica, año 15, núm. 43, mayo agosto de 2000, p. 167, y Hernández Prado, José, “Los liberalismos de José María Vigil y Antonio Caso y el realismo directo”, Tópicos. Revista de Filosofía, México, 22, 2002, p. 25.
2. Cfr. Hernández Luna, Juan, “Polémica de Caso contra Lombardo sobre la Universidad”, Historia Mexicana, 73, julio septiembre de 1969, disponible en http://codex.colmex.mx:8991/exlibris/aleph/a18_1/apache_media/VKJJ28YF8D7K1MCHGS5P71DDB16T62.pdf fecha de consulta: julio de 2016), pp. 88 y 89.
3. Cfr. Hernández Prado, José, “Tres décadas después del Ateneo de la Juventud. José Vasconcelos, Antonio Caso y la democracia liberal”, paper presentado en el coloquio internacional Las ciencias sociales en Brasil y en México, Brasil, Universidad de Sao Paulo, Brasil, 2 de diciembre de 2015, p. 21.
4. Cfr. Magallón Anaya, Mario, Historia de las ideas en México y la filosofía de Antonio Caso, México, UAEM, 1998, p. 77.
5. Hernández Prado, José, “Los liberalismos…” cit., p. 27.
6. Ibidem, pp. 28 y 29.
7. Cfr. Hernández Prado, José, “Tres décadas…”, cit., p. 20.
8. Cfr. Idem.
9. Magallón Anaya, Mario, op. cit., p. 77.
10. Cfr. Hernández Prado, José, “El liberalismo…”, cit., pp. 158 y 169.



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