Los procesos de la Constituyente*

Publicado el 15 de noviembre de 2016

José Ramón Cossío Díaz
Ministro de la Suprema Corte de Justicia,
jramoncd@scjn.gob.mx,
twitter
@JRCossio

En el Diario Oficial de la Federación del pasado martes 18 se publicó el “Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México”. Es el ordenamiento mediante el cual este órgano deberá proceder para lograr la aprobación de la Constitución de la Ciudad a comienzos del próximo año. Se trata de un breve y bien ordenado texto jurídico, constituido por definiciones generales, el estatus de los constituyentes y sus obligaciones, así como la identificación y competencias de sus principales órganos de gobierno (Mesa Directiva y Mesa de Consulta). También, y de manera destacada, de la integración y funcionamiento de las comisiones de dictamen legislativo y, de manera breve, el modo como deberán discutirse y aprobarse, en su caso, los preceptos constitucionales. En la parte final del Reglamento se ordenan los aspectos relacionados con la información y difusión de los trabajos y resultados de la propia Asamblea.

El objetivo central del órgano que actualmente está deliberando es, evidentemente, la producción de un texto. Ello habrá de lograrse a partir de la aprobación de preceptos concretos mediante los dictámenes que vayan presentando las comisiones. El número de éstas se fijó en ocho, siguiendo básicamente los grandes apartados de la propuesta constitucional: principios generales, derechos, desarrollo, democracia, justicia, alcaldías, pueblos y barrios, combate a la corrupción y responsabilidades. La diferenciación competencial fragmenta el modo en que deberán dictaminarse, a más tardar en noviembre próximo, el proyecto y las iniciativas que lleguen a presentarse durante este mes de octubre. Con este modelo de organización, existe el riesgo de que las diversas comisiones actúen de un modo tan particular y aislado, que cada una produzca textos con ideas, terminologías o supuestos propios. Esto podría ser causa de inconsistencias o contradicciones, lo cual tendría graves consecuencias para la gobernabilidad de la metrópoli.

El modo en que los constituyentes pretenden resolver los posibles problemas de fragmentación, es mediante el órgano denominado Conferencia de Armonización. Ésta se integra con la Mesa Directiva y los presidentes de cada una de las comisiones. Sus funciones son, precisamente, formular sugerencias de armonización a las propias comisiones, informar al Pleno de las posibles contradicciones que hubiera detectado en los dictámenes, y formular propuestas de integración y congruencia de los textos aprobados a fin de someterlos al Pleno.

El proyecto de Constitución que se encuentra sometido a la Asamblea tiene deficiencias y problemas de concepción y desarrollo. Es previsible que las iniciativas que se vayan presentando incurran en los mismos vicios. El conjunto de unas y otros puede generar absurdos e inconstitucionalidades. Por ello es que el trabajo de la Conferencia de Armonización será el centro en el que pivote mucho del trabajo de fondo y, obviamente, de sus resultados.

Más allá de las competencias con que este órgano cuenta, creo que desde un comienzo debe ejercer otra, no del todo expresa, pero sí necesaria. Si las iniciativas van llegando y turnándose a comisiones, ¿qué garantiza la aceptación, el rechazo, la integración y la armonización? En principio son ellas las únicas que determinarán qué trámite debe dárseles. Por tal motivo, me pregunto si no sería adecuado que antes de comenzar a dictaminar en lo individual se definiera el todo para contar con un marco general. Debido al escaso número de días y horas de sesión en diciembre y enero, es importante encontrar maneras previas de sistematizar y ordenar las tareas de dictaminación y discusión antes de llegar a la sesión plenaria. Como todo habitante de esta ciudad, espero que los trabajos sean buenos y los resultados aún mejores. Ello es parte importante de lo que nos permitirá una mejor calidad de vida cotidiana en esta compleja y a veces caótica ciudad.

NOTAS:
* Se reproduce con autorización del autor, publicado en El Universal, el 25 de octubre de 2016.



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