Cinco propuestas para fortalecer al Poder Judicial de la Federación en el marco del Sistema Nacional Anticorrupción*

Publicado el 09 de Febrero de 2017

Miguel Ángel Gutiérrez Salazar
Doctor en derecho por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
Maestro en derecho constitucional y administrativo por la Universidad Veracruzana,
zelda600@hotmail.com
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@Mags_19_82

El Poder Judicial de la Federación (PJF) participa del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), a través del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), en su carácter constitucional de órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de la judicatura federal, con excepción de las atribuciones que en esas materias corresponden a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

A partir de lo ordenado constitucionalmente, el CJF –de manera conjunta con las autoridades que conforman el Comité Coordinador del SNA-, habrá de coadyuvar en el diseño y promoción de políticas públicas en materia de fiscalización y control de recursos públicos, así como de prevención, control y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción.

En ese tenor, nos parece que la labor del CJF será sustantiva para compartir con los demás integrantes del Comité Coordinador y con la sociedad en general, cuál ha sido la visión adoptada y las acciones realizadas por el PJF para propiciar un contexto de integridad respecto a los servidores públicos judiciales.

Además, el desempeño del CJF en los trabajos del Comité Coordinador marcarán la pauta que habrán de observar y, en su caso, seguir los respectivos organismos judiciales de las entidades federativas, en su participación en los Sistemas Estatales Anticorrupción que se crearán a manera de espejo respecto del SNA.

Desde nuestro punto de vista, existen al menos 5 propuestas que el PJF podría considerar, de cara a la plena implementación del SNA en nuestro país:

1. Creación de un Sistema de Control Interno para el Poder Judicial de la Federación.

Sería importante la implementación de un Sistema de Control Interno homogéneo e integral para todas las instancias del PJF, ya que una sólida metodología de control interno puede coadyuvar a que las instituciones judiciales cuenten con una seguridad razonable en el logro de los objetivos y metas de la judicatura federal.

Además, es recomendable que el PJF, en su conjunto, cuente con un Sistema de Control Interno homologado, en virtud de que la reforma constitucional anticorrupción establece que corresponde al Comité Coordinador del SNA: “emitir recomendaciones no vinculantes a las autoridades, con el objeto de que adopten medidas dirigidas al fortalecimiento institucional para la prevención de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como al mejoramiento de su desempeño y del control interno”.

Por tanto, el PJF, incluido el CJF, debe posicionarse en los más altos estándares de control interno, tomando en cuenta las recomendaciones emitidas por la Auditoría Superior de la Federación en los distintos estudios que sobre este tema ha efectuado, a fin de contar con la fortaleza institucional que le permita –junto al resto de las autoridades del Comité Coordinador-, emitir con eficacia las recomendaciones que dispone el ordenamiento constitucional.

2. Implementación de una Plataforma Única de Información del Poder Judicial de la Federación.

La Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción prevé que el Comité Coordinador del SNA emita las bases de operación de una Plataforma Digital Nacional que contenga información relativa al sistema de evolución patrimonial de los servidores públicos, sus declaraciones de intereses y constancias de declaración fiscal; el sistema nacional de servidores públicos y particulares sancionados; el sistema de denuncias públicas de faltas administrativas y hechos de corrupción, entre otros datos relevantes para la prevención y castigo de actos irregulares.

Al respecto, nos parece que tendría un valor significativo que el PJF, a través del CJF, diseñe y ponga en funcionamiento una Plataforma Única de Información, que facilite la recopilación de los datos que servirán no sólo para atender los requerimientos y recomendaciones que formule el Comité Coordinador del SNA, sino también para el diseño e implementación de políticas preventivas y de mejora judicial.

3. Rediseño y ampliación de programas preventivos y de control en el Poder Judicial de la Federación.

Con el fin de que sean plenamente adoptados los valores y principios del servicio público y de la carrera judicial por los integrantes de la judicatura federal, es importante rediseñar y ampliar los alcances de los programas preventivos y de control interno.

Como hemos dicho, el Comité Coordinador del SNA habrá de formular propuestas para mejorar el desempeño y el control interno de las organizaciones públicas del Estado mexicano, por tanto, es preciso que los programas preventivos y de control hoy existentes en cada instancia del PJF, se uniformen con sustento en un modelo teórico homologado (en la literatura sobre el tema existen diversos modelos de control interno: COSO, COCO, CADBURY, VIENOT, PIETERS, KING, MICIL, etc.), que sirva de pauta para revisar las estructuras orgánicas, los mecanismos de ingreso a las instituciones, los posibles conflictos de interés y, en términos generales, cualquier riesgo o desviación que haga factible alguna irregularidad (o acto de corrupción) o bien obstaculice el logro de los objetivos y metas de las organización judicial en su conjunto.

Dichos programas, podrían comprender múltiples aspectos, entre los que se encuentran: a) La revisión de la normatividad del PJF de la que se desprendan obligaciones legales para los servidores públicos, a fin de dotar a dichas normas de una mayor claridad y de un contenido más preciso; y b) El desarrollo de talleres de capacitación que tengan como finalidad redimensionar la preponderancia de la ética judicial y de los valores que se defienden en los códigos de ética del PJF.

4. Guías de actuación para los órganos de control interno y para los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación sujetos a un procedimiento disciplinario.

Ante los nuevos parámetros de prevención, fiscalización y responsabilidad administrativa que representa el SNA y la nueva Ley General de Responsabilidades Administrativas, sería significativo que los órganos de control interno de las instancias del PJF uniformen sus criterios, parámetros y prácticas de fiscalización, a través de guías de actuación orientadoras que uniformen su labor fiscalizadora. Esto permitiría homologar y alinear la revisión y vigilancia del proceso presupuestal en todo el PJF con los avances alcanzados de manera sustantiva en el marco del Sistema Nacional de Fiscalización.

De igual forma, en la búsqueda de certeza y celeridad en la actuación de las autoridades que operan los procedimientos de investigación y responsabilidad administrativa, sería oportuno elaborar guías de actuaciónprocedimental, basadas en las mejores prácticas, que les faciliten el desarrollo de sus actividades sobre todo en casos de compleja resolución (posible desvío de recursos, acoso y hostigamiento laboral, etc.). A su vez, en el marco del debido proceso legal, una guía o instructivo sería valiosa para que los servidores públicos sujetos al régimen disciplinario tengan certeza del alcance de los procedimientos y conozcan los derechos y garantías que constitucional y legalmente les corresponden.

5. Capacitación y profesionalización del personal de los órganos de control interno

En concordancia con las previsiones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, sería esencial que el PJF fomente un programa de capacitación coordinado e integral para quienes ejercen la labor de auditoría e investigación de hechos probablemente constitutivos de falta administrativa o actos de corrupción.

Esto, en virtud de que las labores de auditoría e investigación requieren un perfil especializado, que dote a los servidores públicos de las competencias pertinentes (conocimientos legales, facultad de apreciación de normas y hechos, orden mental, prudencia, intuición, sagacidad, etc.) para la correcta indagación y dilucidación de hechos irregulares.

Además, debe tenerse en cuenta que la labor de fiscalización e investigación requiere una alta formación profesional, ya que los hechos sujetos a revisión tienen un carácter complejo y en ocasiones altamente técnico, que dificulta su interpretación en breves términos, por lo que el PJF ha de contar con peritos en la materia que conozcan el empleo de las metodologías y técnicas de indagación que permitan elucidar los hechos y proponer las acciones de mejora que correspondan, o bien proponer el inicio de un procedimiento destinado a exigir las responsabilidades legales a que haya lugar (en su caso coordinándose con las otras autoridades del SNA).

Las propuestas anteriores no agotan el amplio campo de medidas y acciones que el PJF en su conjunto, y de manera específica el CJF, pueden desarrollar de cara al importante reto que representa participar en las actividades del SNA.

El robustecimiento de sus mecanismos de ética pública, control interno y exigencia de responsabilidades administrativas, le permitirán al PJF contribuir de manera puntual y precisa -partiendo de su propia experiencia- en el diseño y promoción de las políticas públicas que el país requiere en materia anticorrupción.

NOTAS:
* Se reproduce con autorización del autor, publicado el 8 de noviembre de 2016 en: http://rendiciondecuentas.org.mx/cinco-propuestas-para-fortalecer-al-poder-judicial-de-la-federacion-en-el-marco-del-sna/



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