Act. 45: la nueva ley de Arkansas que posibilita al violador evitar que su víctima aborte

Publicado el 29 de mayo de 2017

Verónica Valeria de Dios Mendoza
Abogada, activista, conferencista, consultora y asesora en materia de
género, y directora de la revista digital Análisis y opinión con perspectiva feminista,
valeriadediosm@gmail.com
www.valeriadedios.com

Tras el triunfo de Donald Trump como presidente de los Estados Unidos, los derechos que poseen las mujeres sometidas hoy a su régimen de gobierno han tendido a visibilizarse pendidos de una cuerda floja. Se puede decir, sin miramiento alguno, que esto no es más que la demostración de fragilidad que encarnan sus derechos y libertades conquistados, siendo con ello la lucha por su empoderamiento un tema de necesidad vigente ante las acciones institucionales y políticas que ponen en duda el terreno avanzado.

El reinado del androcentrismo ya no emplea la esclavitud evidente hacia la mujer que la excluye expresamente del ámbito público, pero sigue manteniendo su influencia cada vez más silenciosa en la mentalidad norteamericana. Arkansas un estado culto, y ha pasado a la mira del Partido Republicano, que, a través de la firma de su gobernador, Asa Hutchinson, ha aprobado uno de los procedimientos más comunes y confiables para practicar un aborto a partir del segundo trimestre del embarazo.

El político estadounidense, que se desempeña como el 46 gobernador de Arkansas desde el año 2015, al firmar la ley 45 llamada Protección de niños no nacidos de actos de abortos de desmembramiento (“Unborn Child Protection From Dismemberment Abortion Act”), ha dado vida a uno de los proyectos más restrictivos, aprobado gracias a la mayoría republicana en las dos cámaras legislativas estatales. La aceptación de este proyecto de ley prueba la verdad irrebatible de la condición de desventaja en que se pretende someter a la mujer. La prohibición a nivel estatal se centra en el método de dilatación y evacuación (D&E, por sus siglas en inglés), que consiste en abrir el cuello del útero y extirpar su contenido,1 un procedimiento seguro para finalizar de manera rápida el aborto espontáneo, o lograr la interrupción del embarazo asumiendo menos riesgo de infección y sangrado abundante, debido a que dicho método extirpa la totalidad del tejido uterino. 2

Según el Congreso Americano de Obstetras y Ginecólogos, los procedimientos de D&E son la manera más viable de que los embarazos terminen después de las 14 semanas de gestación. 3 Sin embargo, el resultado de la malsana ley 45 ocasionó que los procedimientos de D&E se consideren una conducta delictiva, cuya sanción va desde $10.000 de multa hasta seis años de prisión. Esta situación resulta perniciosa para los derechos de la mujer, pues de acuerdo con el Departamento de Salud de Arkansas, de los 3.771 abortos realizados en dicho estado en el año 2015, 683 de ellos se realizaron mediante los métodos de D&E, lo que significa que el procedimiento representó aproximadamente el 18% de los abortos realizados en ese año.4

El machismo republicano, con su visión deforme en cuanto a la sexualidad de la mujer, no sólo subyuga sus derechos sexuales y reproductivos a la consideración y antojo del Estado, sino que, aunado a ello, instaura un reinado de terror al conceder a terceros una decisión que sólo la mujer debe disponer: la libertad sobre su propio cuerpo. Como tal, las prohibiciones van más allá de la limitación, brindándoles la atribución a los esposos de las mujeres, la posibilidad de presentar demandas civiles en contra de los médicos que realizan abortos por daños o solicitar una orden judicial para evitar que el aborto ocurra. En el caso de las menores de edad embarazadas, los padres o tutores legales tienen la posibilidad de demandar.

El mensaje de dominación hacia la mujer es evidente: confórmate con tu lugar. Incluso en los casos de violación conyugal, clasificados como conductas criminales, este tiránico principio opera, y aunque no es posible que puedan demandar por daños monetarios, se les otorga el derecho de demandar por medidas cautelares para bloquear un aborto.5

El aborto durante el segundo trimestre del embarazo representa del 10% al 15% de los abortos realizados en todo el mundo.6 Y ante ello habrá quien se plantee la incongruencia de su realización tardía en contraposición a su legalización y garantía. Sin embargo, todos esos argumentos tienden a fundamentarse en la ignorancia y la apatía por conocer las condiciones específicas que, derivadas de su sexo, es posible que padezca una mujer. Las investigaciones realizadas por el Guttmacher Institute a 9.493 pacientes de aborto, en 95 hospitales y clínicas de todo el país en el año 2008, dirigidas a procurar los abortos antes del trimestre, encontraron factores demográficos, referentes a la raza, la pobreza, la educación, el estado civil, la violencia doméstica, el acceso al seguro de salud y eventos de la vida de carácter perturbador, como determinantes en la realización de abortos tardíos. Del total de mujeres encuestadas, el 10.3 % tenía abortos después del primer trimestre. Estas mujeres tenían probabilidades más altas de ser jóvenes, de haber sufrido violencia de género, de tener un grado bajo o nulo de educación y de encontrarse en situación pobreza, en contraposición a las mujeres que tuvieron abortos antes de los tres meses de embarazo. Las investigaciones demostraron que gran parte de las mujeres que tienen abortos de primer trimestre pagan de su bolsillo, y otras tantas acceden al procedimiento por medio del seguro de salud. Por tal motivo, la pérdida de un trabajo y la carencia de seguro médico representan factores específicos y determinantes ante los que prevalece la dificultad para encontrar la manera de acceder a un aborto en un lapso de tiempo corto.7

Por otro lado, pretendiendo forjar una buena imagen respecto a una ley que desde cualquier ángulo resulta nociva, sus defensores la han dibujado como un intento de lograr una sociedad más compasiva y civilizada. En palabras de Andy Mayberry, quien también patrocinó el proyecto de ley “Unborn Child Protection From Dismemberment Abortion Act”, los abortos de D&E constituyen un procedimiento espantoso que ninguna sociedad civilizada debería adoptar. 8

En este contexto, los planes de igualdad de oportunidades no son mas que una falacia, un simulacro utilizado en la política, con la intención de fingir un interés complejo hacia la situación de la mujer a través de una especie de declaración de intenciones sin contenido. Si el interés del Partido Republicano ha sido la aparente lucha por los principios que propugna la preservación de la vida, debe ser también éste quien provea a la mujer de un ambiente jurídico y social más digno, que le permita eliminar las barreras que obstruyen la obtención de los servicios de aborto en el primer trimestre. Pues es, precisamente, el estado de vulnerabilidad en que mantienen los y las representantes de los Estados a su sociedad, el que propicia una multitud de eventos disruptivos que tienden a impedirle a la mujer despertar su inteligencia, forjar su carácter y manejar su libertad.

NOTAS:
1Cochrane, Preparación cervical para la dilatación y evacuación en el segundo trimestre, en http://www.cochrane.org/es/CD007310/preparacion-cervical-para-la-dilatacion-y-evacuacion-en-el-segundo-trimestre
2Intermountain Healthcare, Folleto informativo para pacientes y sus familias, Dilatación y evacuación (D&E), en https://intermountainhealthcare.org/ext/Dcmnt?ncid=523321864
3Rewire. Legislative Tracker, Kansas Unborn Child Protection From Dismemberment Abortion Act (SB 95), en https://rewire.news/legislative-tracker/law/kansas-unborn-child-protection-from-dismemberment-abortion-act-sb-95/
4Brinlee, Morgan, “What Is Act 45? The Arkansas Anti-Abortion Law Continues A Scary Trend”, Bustle, en https://www.bustle.com/p/what-is-act-45-the-arkansas-anti-abortion-law-continues-a-scary-trend-35443
5The Independent US, Arkansas Passes Law Allowing Rapists to Sue Victims Who Want an Abortion, en http://www.independent.co.uk/news/world/americas/arkansas-abortion-law-that-will-let-rapists-sue-victims-husbands-second-trimester-a7561066.html
6Lohr, P. A., Hayes, J. L. y Gemzell-Danielsson, K., Métodos quirúrgicos versus médicos para el aborto inducido del segundo trimestre, en http://www.ossyr.org.ar/pdf/bibliografia/3.6.pdf Reproducción de una revisión Cochrane, traducida y publicada en la Biblioteca Cochrane Plus, 2008, núm. 2.
7Hadi Djunaedi, Shutterstock, “Estudio revela quién le da abortos tardíos”, Ratser, en http://www.ratser.com/estudio-revela-quien-le-da-abortos-tardios/ [12 de marzo de 2014].
8Hispantv, Violadores en EE.UU. pueden demandar a sus víctimas si abortan, en http://www.hispantv.com/noticias/ee-uu-/332326/aborto-violador-demandar-victimas [5 de febrero de 2017].




Formación electrónica: Yuri López Bustillos, BJV
Incorporación a la plataforma OJS, Revistas del IIJ: Ignacio Trujillo Guerrero