Matrimonio igualitario en México

Publicado el 17 de agosto de 2017

Miguel Ángel Morales Sandoval
Profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM
msandovalm@derecho.unam.mx

Graciela Gutiérrez Garza
Economista por el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores Monterrey,
graciela4@yahoo.com

En 1953, por primea vez, las mujeres mexicanas pudieron votar, ejerciendo un derecho constitucional apenas establecido. En las pasadas elecciones presidenciales de 2012, los datos del Instituto Nacional Electoral (INE) muestran que las mujeres son quienes más ejercen el derecho a votar.1 Aun cuando algunas de nuestras abuelas no tuvieron oportunidad de participar en las elecciones de su tiempo, sólo una generación después, son el factor político decisivo en nuestro país.

Podemos ver que en sólo sesenta años —desde que se otorgó el voto a las mujeres en México— las ciudadanas han conformado un grupo que vota más que los hombres. Esto es una clara muestra que la aprobación de leyes anti-discriminatorias y prácticas de equidad, modifican sustancialmente la conducta de la sociedad.

Actualmente se debate en nuestro país el concepto de matrimonio. La figura jurídica del matrimonio ha evolucionado en su historia, y su importancia en el derecho familiar se puede observar respecto a los efectos que produce en temas como la filiación, los alimentos, los derechos hereditarios, el nombre propio y el patrimonio, los cuales afectan a todos los integrantes de la familia.

¿Qué nos dicen las estadísticas del matrimonio en nuestro país? En 2016, acorde al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), 58% de la población de 15 y más años se encuentra unida: 31% es soltera y 10% es separada, divorciada o viuda. En 2015 se registraron 558 mil matrimonios. De estos, el 99.7% correspondieron a uniones legales de personas de distinto sexo, mientras que apenas 1,749, es decir el 0.3% fueron matrimonios legales entre población del mismo sexo.2

A pesar de representar una minoría estadística en los registros civiles, la aprobación de los matrimonios igualitarios —matrimonios con integrantes mismo sexo— puso a debate la estructura de la familia tradicional en la sociedad en México. Mientras en todo el país, los matrimonios heterosexuales tienden a la baja y el número de divorcios va en crecimiento, las parejas del mismo sexo —al menos en las estadísticas— parecen gozar de una mayor estabilidad y buscan el reconocimiento legal irrestricto.

En México, la legalización de los matrimonios homoparentales inició a escala local desde el 2009, cuando la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó el matrimonio entre personas del mismo sexo. Luego se sumaron Quintana Roo, Coahuila y Chihuahua.

Hasta hoy, cada entidad federativa posee un Código Civil en el que se reglamenta la institución del matrimonio. Sólo los Códigos de Quintana Roo, Coahuila Chihuahua y la Ciudad de México, cuentan con condiciones para el reconocimiento de los matrimonios entre personas del mismo sexo, es decir, en estas entidades federativas la ley contempla específicamente estos matrimonios, lo que vuelve más sencillo este tipo de uniones.

Estos cambios legales se reflejan en las estadísticas: En 2010 se registraron en nuestro país, 689 matrimonios del mismo sexo, (55.2% entre hombres y 44.8% entre mujeres); la Ciudad de México fue la única entidad donde se registraron estos eventos. En 2015 se presentó un incremento del 154%, y se registran en diversas entidades del país: la Ciudad de México concentra 82% de los eventos, Coahuila 9.7%, Colima 4.1% y Guerrero 1.1%.3

¿Cómo podemos explicar este importante incremento? Tomemos por ejemplo el caso más emblemático en el país, la Ciudad de México: El 4 de marzo de 2010 entró en vigor la reforma a la ley aprobada el 21 de diciembre de 2009, que permitió modificar el artículo 146 del Código Civil local hacia un lenguaje neutro, en el que se pasa de definir el matrimonio como la unión libre de un hombre y una mujer, a la unión libre de dos personas.

A seis años de que en la Ciudad de México se aprueban los matrimonios entre personas del mismo sexo, las estadísticas reflejan que la comunidad LGBTTTI (lésbico, gay, bisexual, transexual, transgénero, travesti e intersexual) defienden este derecho en todos los ámbitos y establecen como evidencia de éxito el tener el menor índice de divorcios: el índice de divorcios entre homosexuales es de 1%, el menor en la ciudad, desde 2010.

El 3 de junio del 2015, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una tesis jurisprudencial que declara inconstitucionales los Códigos Civiles de las entidades del país en donde el matrimonio se entiende sólo como la unión entre un hombre y una mujer y que tiene como fin la procreación. La resolución expone que pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quien puede acceder a la institución matrimonial con la procreación, es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales.

Es importante considerar que esta decisión fue considerada una “tesis jurisprudencial” que no invalida las leyes estatales, lo que significa que las parejas tienen que demandar por el derecho a casarse y esperar que los tribunales fallen en cada caso concreto. La decisión dio a parejas del mismo sexo el derecho a solicitar una orden judicial en contra de las leyes estatales que prohíben el matrimonio entre homosexuales; aunque no es técnicamente la legalización de las uniones del mismo sexo en todo el país, fue un paso importante en esa dirección. La Corte también emitió un fallo a favor de los matrimonios del mismo sexo en el 2010, diciendo que los realizados en la Ciudad de México son válidos en todo el país.

A pesar de este contexto de apertura, el asunto se mantiene en la agenda pública y se incrementado su discusión, luego de que en junio del 2016 el Presidente Enrique Peña Nieto enviara al Congreso una iniciativa de reforma para incluir en el artículo 4o. Constitucional el derecho al matrimonio igualitario que además contempla la adopción, tal y como lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación para así contar con un modelo nacional.

El Presidente anunció que se buscaba

“reconocer como un derecho humano que las personas puedan contraer matrimonio sin discriminación alguna… Es decir, que los matrimonios se realicen sin discriminación por motivos de origen étnico o nacional, de discapacidades, de condición social, de condiciones de salud, de religión, de género o preferencias sexuales”.

Fue muy significativo que este anunció se realizara en un acto en el marco del Día Internacional de la Lucha contra la Homofobia. “De esta forma, quedaría explícito el matrimonio igualitario en nuestra Constitución”, como lo ha determinado la Suprema Corte, como ya ocurre en varias entidades federativas; sin embargo, “no pueden haber en nuestro país quienes en algunos estados o entidades tengan ciertos derechos y en otros no”, dijo el presidente desde la residencia oficial de Los Pinos.4

Estas dos iniciativas presentadas por el Ejecutivo, en mayo del 2016 fueron el corolario lógico de diversas resoluciones sobre actos de inconstitucionalidad amparos directos y tesis de jurisprudencia de la Suprema Corte, por las cuales reconoce que:

Esta iniciativa, a pesar de los avances en el criterio de la Corte y el reconocimiento en varios estados polarizó la opinión de la sociedad y desato una serie de manifestaciones a favor y en contra, donde destacó la abierta oposición de la Iglesia católica.

Los argumentos esgrimidos por la Iglesia católica para oponerse al matrimonio igualitario citan que en países que legalizaron el “matrimonio gay”, se le ha dado una intensa promoción, a nivel gubernamental y educativo, dirigida sobre todo a jóvenes y niños, respaldada en redes sociales y medios de comunicación. Si bien se plantea que la Iglesia ama a los homosexuales, y quiere su bien y el de toda la sociedad, tiene cinco razones para no aprobar el “matrimonio gay”: 1) que la palabra de Dios lo rechaza; 2) que no santifica ni da vida; 3) que causa daños físicos, psicológicos y espirituales; 4) que donde se ha legalizado se ha atentado contra la libertad de conciencia y de expresión, y 5) que como se opone a la voluntad de Dios, pone a los involucrados en grave riesgo de perder su salvación.5

Después de un intenso debate, la iniciativa presidencial fue desechada en el Congreso. ¿Qué implica este limbo jurídico que aún persiste para los casos puntuales de las parejas homosexuales en nuestro país? Tomemos el caso de la primera familia lesbo-maternal que ha solicitado el matrimonio civil en León, Guanajuato. 6

Es también la primera a la que se lo han negado porque Guanajuato es una de las entidades que no permite el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Sandra y Diana llevan seis años juntas y han criado juntas a los hijos biológicos de Sandra, producto de su primer matrimonio. De acuerdo con la Red de Madres Lesbianas en México, una familia lesbo-maternal puede coincidir con alguno de los cuatro tipos: una mamá que decidió tener hijos, sola o una pareja criando a sus hijos de forma conjunta. Incluso, puede tratarse de una familia con tres madres, cuando una pareja heterosexual se separa y ambos vuelven a construir una familia con otra mujer. Un cuarto tipo es cuando alguna de las dos madres ya tenía hijos de relaciones previas.

Hace unos meses, Sandra y Diana decidieron casarse. El pasado 4 de marzo hicieron la solicitud de matrimonio en el Registro Civil y la respuesta que recibieron un mes después fue que el gobierno de Guanajuato no reconoce su derecho a casarse pues en la entidad el matrimonio es cuando “un hombre y una mujer voluntariamente deciden compartir un estado de vida”. Ante la negativa, Sandra y Diana decidieron interponer un amparo para exigir su derecho al matrimonio y a decidir sobre su vida y su futuro.

Sandra y Diana buscan varias cosas con este matrimonio: Diana tiene un trabajo en una empresa de paquetería que le ofrece prestaciones como seguro médico, pero hasta que no se case con Sandra no podrá compartirlas con ella y sus hijos. “Nuestro segundo propósito es que cuando estemos legalmente casadas los niños pasen a tener mi apellido para que tengan todos los derechos”.

Ambas consideran que el matrimonio y el apellido sólo son trámites y que el amor de su familia está más allá y pero quieren el reconocimiento legal y tendrán que esperar de tres a seis meses para celebrar su boda.

Si bien ha habido un avance importante a nivel federal y en algunos estados, el reconocimiento pleno de los matrimonios, aún hay un largo camino que recorrer en nuestro país y en especial muchos prejuicios por vencer.

Sin embargo, como ya vimos en caso del voto de la mujer en México, los cambios legales tienen impactos significativos en la conducta y comportamiento de la sociedad. El reconocimiento del matrimonio igualitario implica un cambio sustancial en los derechos y protección a muchas familias.

Esperemos que seamos la generación que vea ese cambio jurídico y sean los hijos de Sandra y Diana los que puedan gozar no solo de las ventajas legales de este cambio, sino convertirlo en una realidad social incluyente de todas las familias mexicanas.

NOTAS:
1. Organización de las Naciones Unidas (ONU) Mujeres, 2013, Participación política de las mujeres en México: a 60 años del reconocimiento del derecho al voto femenino, México, disponible en: https://igualdad.ine.mx/biblioteca/igualdad- derecho/Libro_PartPolMujeresMex.pdf.
2. Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), Estadísticas a propósito del… 14 de febrero, matrimonios y Divorcios en México, México, 2017, disponible en: http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2017/matrimonios2017_Nal.pdf.
3.Idem.
4. Presidencia de la República, Día Nacional de la Lucha contra la Homofobia 2016, México, 2016, disponible en: http://www.gob.mx/presidencia/articulos/dia-nacional-de-la-lucha-contra-la-homofobia-31554.
5. Editorial. “¿Por qué la iglesia se opone a la iniciativa del presidente que promueve el “matrimonio igualitario?” Desde la Fe: Semanario Católico de Información y Formación, México, 31 de Julio 2016, disponible en: http://www.desdelafe.mx/apps/article/templates/?a=6868&z=3
6. Muñoz, Fernando y Avilés, Isela, “Lesbo-madres. Una familia que rompe esquemas, El Universal, México, 10 de Mayo de 2017, disponible en: http://www.eluniversal.com.mx/articulo/estados/2017/05/10/lesbo-madres-una-familia-que-rompe-esquemas



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