Reingeniería constitucional. Sistema Federal1
Publicado el 25 de junio de 2018
José Ramón Cossío Díaz
Ministro de la Suprema Corte de Justicia y miembro del Colegio Nacional,
jramoncd@scjn.gob.mx
@JRCossio
Si se quiere arreglar algo que está mal, parece importante atender a su estructura. A los elementos que generan la más amplia y profunda ordenación y condicionan a la totalidad. De otro modo, solo se corregirán apariencias o efectos. Por sencillo que esto parezca, normalmente no se realiza. Ordinaria y desafortunadamente, suelen analizarse apariencias o identificarse discordancias entre lo tenido por virtuoso y lo que se cree que acontece. Esta reflexión viene a cuento por las condiciones en que opera nuestro orden jurídico y sus prácticas, nuestra nomósfera.
Si nos preguntamos por la estructura final del derecho mexicano, por aquello que condiciona a la totalidad normativa, hay que ir al sistema federal. A la manera en que desde la Constitución se determina lo propio de sus órdenes normativos (Federación, estados y municipios). Para definir y diferenciar, no basta saber que pueden regularse los bancos, los matrimonios o las construcciones, sino que ello corresponde a la Federación, los estados y los municipios, respectivamente. A partir de ahí habrá que saber qué autoridad de cada orden puede actuar y para qué. Sin embargo y ante todo, hay que definir la competencia estructural, la básica.
En esta columna he dicho que normativamente hablando, el mayor mal de nuestro orden jurídico es el confuso diseño y operación del sistema federal. Los que debieran ser por definición elementos entrelazados para la consecución de un mismo objetivo, terminan por ser el amontonamiento de competencias y tareas. Sé que frente a esta afirmación podrá decirse que si algo se ha movido en el país en las últimas décadas, son las relaciones competenciales entre la Federación, los estados y los municipios. Sé que quienes así piensan aducirán que a la fracción XXIX del artículo 73 constitucional se le adicionó la letra Z y se corrió la numeración. Por mi parte señalaría que una cosa es poner y otra hacerlo con orden y concierto.
Del sistema federal mexicano algo se ha escrito en los últimos años, para acomodar las abundantosas reformas a las viejas categorías explicativas. El resultado ha sido un hermoso y consistente galimatías. También, se ha postulado lo que a nuestro federalismo le falta para parecerse al cooperativo o al competitivo que se da, se dice, en otros países. Esto ha permitido saber lo que desde luego no somos y lo que nos falta para parecernos a Alemania o Canadá, por ejemplo, pero no para identificar en dónde nos encontramos nosotros. Afortunadamente, saber en dónde sí estamos, cómo estamos y cómo hemos llegado a estarlo, es lo que han logrado de manera clara y rigurosa Raúl Mejía y Laura Patricia Rojas en su libro “Federalismo(s). El rompecabezas actual”, de próxima aparición en el Fondo de Cultura Económica.
En este trabajo se fija el estado del sistema federal mexicano. El plural del título advierte que no hay un modo único de asignar y relacionar competencias, sino formas opuestas de hacerlo. Consideremos la (in)seguridad pública. En donde ante la misma razón debiera existir la misma solución, hay diferencias competenciales para enfrentar la trata de personas, el secuestro o la delincuencia organizada. Esto puede decirse de la educación, la salud o cualquier materia. El libro de Mejía y Rojas muestra bien lo que hay. También, propone una metodología para cribar categorías y normas para después operar con lo que la Constitución y las leyes disponen. Esta última es una parte central del libro y de lo que debiera sobrevenir para componer el sistema federal mexicano, en lo que supongo habrá consenso. Hace falta desamontonar, deslindar y ordenar, lo que coyuntural y descuidadamente se ha ido acumulado. Una guía de lo que se debe hacer y una herramienta para lograrlo, las propone el libro que comento. Nada más útil para enfrentar el mal (más) estructural de nuestro orden jurídico, ese que en tantas partes exige ser reconstruido.
Formación electrónica: Yuri López Bustillos, BJV
Incorporación a la plataforma OJS, Revistas del IIJ: Ilayali G. Labrada Gutiérrez