Aproximación teórica a los sistemas presidencial y parlamentario

Publicado el 22 de octubre de 2018

Gustavo Eduardo Castañeda Camacho
Maestro en Derecho por la UNAM
email gustavo.castaneda@outlook.com

Los sistemas parlamentario y presidencial son formas de gobierno dentro de los regímenes políticos democráticos. Lo que hace especial a estos sistemas, es que son los diseños más influyentes en el mundo moderno occidental, de tal suerte que en los últimos años ha existido un acalorado debate por parte de nuestra clase política, y en el medio académico, sobre qué forma de gobierno debería adoptar México. La argumentación y propuestas han resultado interesantes y a veces un poco abigarradas; sin embargo, estas discusiones se han erosionado, quedando postergada la miscelánea de planteamientos.

Tanto se ha dicho y polemizado sobre el presidencialismo y el parlamentarismo que ambos conceptos se nos presentan inflados y opacos. Con lo que nace la siguiente duda: ¿a qué nos referimos cuando hablamos del sistema presidencial y del sistema parlamentario?

Podríamos distinguir sin mayor esfuerzo entre uno y otro, incluso a través de un ejercicio de definición excluyente, por las obvias razones de que un sistema presidencial no es parlamentario y un sistema parlamentario no es presidencial. Pero, la heterogeneidad de casos y modelos que se despliegan resulta de tal magnitud que dar una definición unívoca sería estéril e inexacta. No obstante, sí sería valido ofrecer criterios y características que nos permitan construir un concepto de presidencialismo y parlamentarismo.

Empecemos con algunos elementos del sistema presidencial. Un primer criterio podría ser enunciado como el principio democrático, lo que quiere decir que el jefe de Estado es electo a través de una votación popular, para gobernar por un determinado período de tiempo. Un segundo criterio es que el titular del Ejecutivo no es designado por el Parlamento y tampoco le puede ser revocado el mandato por éste. Un tercer criterio es que el presidente tenga una nítida potestad, esto es, que efectivamente administre el Poder Ejecutivo.

Hasta aquí hemos hecho alusión a criterios esenciales del presidencialismo; sin embargo, hay otros rasgos que están vinculados a éstos y que incluso se pueden inferir de ellos. Por ejemplo, I) es un sistema que sólo se adapta al modelo republicano; II) hay una preeminencia del Poder Ejecutivo sobre los otros poderes (Legislativo y Judicial); III) el Poder Ejecutivo es unipersonal; IV) el titular del Ejecutivo puede escoger y remover a los integrantes de su despacho, sin la necesidad de solicitar el visto bueno de un Parlamento u órgano legislativo; V) el presidente no tiene la potestad de desintegrar al Congreso, y VI) el Congreso es más débil que en el sistema parlamentario ya que no tiene la facultad de censura del gabinete, et sit cetera.

En cuanto a los sistemas parlamentarios, corresponde subrayar que su característica principal consiste en que el Poder Legislativo-Ejecutivo se ejerce de forma compartida. Esto significa que los gobiernos parlamentarios tienen que ser designados, respaldados o, en dado caso, destituidos. Además, en este tipo de sistemas el poder del gobierno y del Parlamento están unidos.

Por otro lado, el régimen parlamentario, tiene las siguientes características: I) compatibilidad con el sistema monárquico y republicano; II) la supremacía política está en el Poder Legislativo o Parlamento; III) el Poder Ejecutivo es dual, bajo las figuras del jefe de Estado y jefe de gobierno; IV) hay una división de funciones entre ambas figuras del Poder Ejecutivo; V) el jefe de gobierno nombra a los miembros de su gabinete para trabajar colegiadamente; VI) el gobierno responde políticamente ante el parlamento, y VII) hay una participación democrática y directa del pueblo por medio de los representantes, entre otras.

Llegados a este punto, es permisible pensar que hemos dado algunos criterios y características que nos posibilitan discernir entre el sistema presidencial y parlamentario. En el mejor de los casos, logramos cimentar las bases para tener claros ambos conceptos. Aunque todavía quedan muchas cuestiones en el tintero, como: ¿qué sistema es mejor?, ¿hay otros sistemas que sean más fuertes y eficientes?, ¿se podría crear un sistema ecléctico entre el presidencialismo y parlamentarismo?

Por el momento, sólo diremos una obviedad, ya que es probable que la mejor forma de gobierno sea aquella que mejor funcione y se aplique al caso y Estado particular.


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