Los sistemas de identificación personal y su importancia en el sistema de justicia penal acusatorio

Publicado el 31 de octubre de 2018

Deyadhira Yanett López Tovar
Estudiante de la maestría en Derecho Constitucional y Amparo
de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí
email deyadhiralt@hotmail.com

La necesidad de identificar exactamente la identidad de las personas que infringen la ley penal es algo latente y de gran importancia en el sistema de justicia penal acusatorio, esto es una exigencia de la sociedad que visualiza un sistema inmerso en la impunidad y reprocha jurídicamente a quien se considera inocente, no obstante no es algo novedoso ni una reclamación propia o exclusiva de este sistema, siendo una preocupación constante a través del transcurso del tiempo. En la actualidad, la criminalística moderna es una herramienta vital para dicha finalidad.

Ahora bien, por sentido común pensaríamos que la identidad es equivalente a identificación; es decir, tanto una como otra se experimentan sin que exista diferencia, dependiendo una de la otra, no obstante es necesario precisar que aunque guardan una relación muy estrecha no son lo mismo y que cada una tiene un significado distinto, por lo tanto es necesario precisar los conceptos.

La identidad se define como el conjunto, de características o particularidades que hacen que una persona sea solo igual a ella misma, diferenciándola por lo tanto de las demás, en contraste con la identificación que es la operación mediante la cual se localiza ese grupo de detalles peculiares de la persona, Nerio Rojas la define como “…el procedimiento para reconocer a un individuo vivo o muerto, o en sus restos cadavéricos…”.

La individualización de las personas es imprescindible, para ello, es necesario utilizar métodos de identificación personal fiables y seguros, debido a que la identidad es el elemento del derecho que permite establecer con precisión y certeza que una persona es esa y no otra.

La identificación personal también se emplea en la vida social con relación a nuestros semejantes, lo hacemos de manera automática e inconsciente, identificando al amigo(a) o conocido(a) con la imagen que de él o ella tenemos grabada en la memoria, tras un cotejo instantáneo. Esto lo expresó de forma muy convincente el doctor Federico Olóriz Aguilera, creador del Sistema Dactiloscópico Español, quien decía que la identificación es el acto más frecuente y elemental de la vida social.

Entre las técnicas empleadas, en el plano científico, para la identificación de un sujeto tenemos la dactiloscopia, la antropometría, la odontología legal, la genética forense, la fotografía, las señas particulares y el retrato hablado, mismas que a continuación se precisarán de manera general para mayor entendimiento.

Dactiloscopia. Es el estudio de la forma, disposición, registro y clasificación de las crestas papilares que se encuentran en la extremidad de la yema de los dedos de la mano. Se trata del método identificativo por excelencia debido a sus tres principios: perennidad, inmutabilidad y diversiformidad. Los dibujos digitales permanecen invariables en una misma persona hasta la muerte, así lo señala la perennidad; no pueden variarse o modificarse a voluntad, inmutabilidad; y la diversiformidad significa que los dibujos digitales son exclusivos en cada persona, por lo que no existe la posibilidad de dos dactilogramas iguales, producidos por dedos diferentes. De igual manera se han realizado brillantes estudios acerca de las impresiones dejadas por las palmas de las manos y las plantas de los pies. En este método una ventaja que se presenta es que son clasificables, fáciles y rápidas de obtener.

Antropometría. Esta basado en las dimensiones que tiene el esqueleto, las que a partir de los 21 años se conservan invariables, sobre todo por la infinita variedad de dimensiones que existen entre los diversos individuos. Se emplean escuadras, compases, cintas métricas, etcétera. Las principales medidas antropométricas son: talla, envergadura, busto, largo y ancho de la cabeza, diámetro bizigomático, longitud y anchura del pabellón de la oreja derecha, longitud del dedo medio de la mano de izquierda, longitud del pie izquierdo, longitud del dedo meñique de la propia mano, longitud del antebrazo izquierdo, desde el olécranon hasta la extremidad del dedo medio. Existen desventajas al aplicar este método debido a que suelen cambiar diversas medidas a lo largo del tiempo.

Odontología legal. Es la rama de la odontología que se encarga del estudio de las piezas dentales con fines identificativos, se basa en los datos aportados por la historia clínica, ficha dentaria, radiografías obtenidas, fotografías de la dentadura, etcétera. Se podría pensar que únicamente es un sistema de identificación para cadáveres al recordar el término odontología forense, empero, el método se emplea en una persona viva que se encuentra transitando en el sistema judicial como inculpado, debido a que se realiza un método comparativo en un hecho en el cual esté plasmada una impresión dental, es aquí donde visualizamos verbigracia una asociación e identificación con evidencia de huellas de mordedura en la víctima.

Queiloscopia. Es la ciencia que estudia los surcos y huellas labiales, los cuales son individuales (salvo en los gemelos univitelinos), presenta líneas, fisuras o las combinaciones de éstas que son específicas, inmutables, perennes y clasificables.

Genética forense. Se define el uso de ciertas técnicas empleadas en genética para la identificación de los individuos en base al análisis del ADN. Nuestra información genética, personal e intransferible, está grabada en una gota de sangre, en un miligramo de saliva, en un cabello, incluso se puede extraer de una huella dactilar. No hay confusión posible, con excepción de los hermanos gemelos de un solo óvulo. Resulta relevante en el estudio de los vestigios exclusivamente orgánicos, como pelos, manchas de sangre, semen, saliva, fragmentos de la piel del agresor bajo las uñas de la víctima, etcétera. Es así que a través de la huella genética se puede conducir a la identificación con gran exactitud y precisión del agresor, o bien descartar a un acusado inocente.

La fotografía, las señas particulares y el retrato hablado deben considerarse como auxiliares muy útiles en la identificación. Estos métodos son un buen medio para reconocer a las personas, pero no para determinar la identidad de las mismas.

En alguna ocasión hemos escuchado el dicho “una imagen (en este casi fotografía) vale más que mil palabras”, para este tema se considera muy válido para el sistema de justicia penal al momento de responsabilizar a una persona que se reconoce precisamente por fotografía, o bien encontrarlo inocente por motivo de una imagen borrosa, de baja resolución o, en esencia, mala. Señas particulares como cicatrices, tatuajes, mutilaciones, lunares, etcétera, resultan ser adecuados para una plena identificación en una investigación ministerial, esto denota en una consecuencia atroz para la persona que podría no ser la identificada correctamente. Lo mismo pasa con un retrato hablado siendo únicamente gráficas de las características de una persona como la descripción de frente nariz y orejas.

No obstante debemos tomar en cuenta, y no pasar por alto, que estos últimos tres métodos son auxiliares, por lo tanto no son certeros en sus resultados, en virtud de que los sistemas de identificación adecuados y veraces son los científicos, como pudimos percatarnos de la lectura de sus objetos de estudio de cada una de las técnicas, y los alcances que tienen éstas en la investigación para determinar la responsabilidad de una persona.

En el sistema de justicia penal acusatorio, resulta trascendental el tema abordado, debido a que tres de los principios del proceso penal impactan en el resultado que se concluya de llevar a cabo los sistemas de identificación: el esclarecimiento de los hechos, proteger al inocente y procurar que el culpable no quede impune.


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