Análisis de los derechos de los niños y jóvenes
Publicado el 26 de abril de 2019
Filiberto Gallardo Rojas
Estudiante de la Maestría en Política Criminal, División de Estudios de Posgrado de la
Universidad Autónoma de San Luis Potosí
FiliGRojas@hotmail.com
Este artículo tiene como finalidad mencionar algunos de los derechos de los niños y jóvenes ya contenidos en documentos tanto internacionales como en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, leyes nacionales y otros instrumentos que los comprenden. Además, cómo se aplican en la vida diaria en beneficio de las personas a quienes contemplan estos instrumentos.
También se pretende hacer una pequeña critica es este escrito respecto a lo que está haciendo el Estado para velar en la protección, aplicación y beneficios obtenidos por parte de los beneficiarios o destinatarios de estas normas.
Sobre este respecto, se refiere a los instrumentos y derechos contemplados para este fin y se hace en un orden donde primero se trata de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, luego la Declaración de los Derechos del Niño, después la Declaración sobre el Fomento entre la Juventud de los Ideales de Paz, Respeto Mutuo y Comprensión entre los Pueblos.
La Declaración de los Derechos Humanos aprobada por la Asamblea General de la ONU el 10 de diciembre de 1948
Ya contempla la protección a todos los niños desde antes de nacer, y a la madre la contempla también en la protección desde el embarazo y hasta la lactancia, así como al producto. Además, hace extensiva esa protección a los niños sin distinción nacidos dentro de matrimonio o fuera de él dándoles una garantía de igualdad sin distinción de raza, sexo o color. Respecto al derecho a los padres le da el carácter de preferencia a la elección del cómo habrán de educar a los hijos.
De esta manera se observa que ya hay una plenitud de respeto del Estado a que se ejerzan los derechos humanos en un plano de libertad absoluta debido a la experiencia dejada por las ideas y de la experiencia de los países que propiciaron la Segunda Guerra Mundial y que incurrieron en violaciones graves a los derechos de la humanidad, incluyendo los derechos de los niños que son personas vulnerables y más en estos tipos de conflictos en donde sus padres fueron a la guerra y como consecuencia quedaron desamparados sólo al cuidado de las madres, generándose un ambiente de pobreza y de hambre. Es así que la Declaración Universal de los Derechos Humanos instituye esta figura protectora de la maternidad y la infancia en sus artículos 25 y 26.
En el Estado mexicano se aplican los principios protectores contemplados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos por formar parte de la ONU y todos los Estados miembros tienen la obligación de cumplir con la establecida en los tratados internacionales en los que está incluido. Los Estados Unidos Mexicanos son garantistas de los derechos humanos de acuerdo con el artículo 1º constitucional.
Por mandato constitucional las autoridades mexicanas deben observar los principios rectores protectores de los derechos humanos, también investigar, sancionar y prevenir cuando haya violaciones a los derechos humanos. Sobre la forma como los padres deben educar a sus hijos también lo tiene garantizado constitucionalmente la familia en el artículo 4º constitucional en el párrafo primero, con sus excepciones de intervención cuando a falta de los padres el Estado intervendrá a favor de los menores. No siempre el Estado interviene a tiempo y no hay un efectivo cuidado en los menores como lo manda la Constitución.
La Declaración de los Derechos del Niño
Proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1959, donde prioriza los derechos humanos como fundamentales para la persona tanto para valorarla en su dignidad y en su persona misma, también en el aspecto de progreso social individual y que en un ámbito de libertad se eleve el nivel y calidad de vida. La Declaración hace énfasis en que por las experiencias de las guerras y por las actitudes discriminatorias a las diferentes razas por parte de la raza blanca ha establecido el principio de igualdad. Por la razón anterior se protege al niño en la forma legalmente debida desde antes de nacer y también posteriormente.
Desde 1924, en la Declaración de Ginebra ya se estableció la necesidad de proteger al niño y consideraba que la humanidad debe al niño lo mejor que puede darle. Textualmente así lo estableció este documento protector de la niñez. Es de esta forma como se traslada a los Estados miembros de los que México es parte. Ahora qué se tiene que hacer o qué se pretende en el documento en mención, pues que el niño sea feliz, goce de derechos y libertades, se reconozcan sus derechos, se observen sus derechos en leyes exprofeso para su protección, sean reconocidos como niños y hasta que edad son niños y que leyes los protegen, se incluyan y respeten los derechos a los niños infractores, que no se les distinga ni discrimine por razón de raza, sexo, color, idioma, religión, opinión política, origen nacional, social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Falta mucho por hacer para que se respeten los derechos de la niñez a pesar de la evolución y surgimiento de muchos derechos humanos; las autoridades y la población gran parte de las veces discrimina a los niños indígenas pobres que se ven en los cruceros pidiendo limosna o limpiando parabrisas. Es ahí donde el Estado está fallando, porque no vela por garantizar a ese niño lo establecido en los tratados y lo que manda la Constitución.
Se han violentado a ese niño sus derechos fundamentales, uno porque sus padres no tienen los medios suficientes para mandarlo a estudiar según lo dicta el artículo 3º de la carta magna, darle sus alimentos y darle una vivienda digna y decorosa como lo establece el artículo 4º constitucional. Falta mucho por hacer en materia de los derechos de los niños y sólo aplicando medidas efectivas, aplicando programas que realmente protejan a los más vulnerables que son los niños se puede tener un mejor país. Falta mucho por hacer y todos juntos podemos lograr tener una niñez satisfecha y protegida, respetada y bien alimentada y con estudios de nivel académico aceptable, según lo marcan los estándares internacionales.
Debe el Estado aplicar políticas públicas y observar que los programas dedicados a la niñez se cumplan efectivamente, pues el niño debe gozar de la seguridad social, gozar de buena salud, tener un desarrollo saludable, los alimentos adecuados para su crecimiento y pues se pueden crear los desayunos escolares en todas las escuelas, pero también pueden hacerse al público especiales para niños desprotegidos que no asisten a la escuela.
Si el niño tiene derecho a que en la edad corta no se separe de la madre y si ésta o ambos padres no tienen los medios suficientes de subsistencia hay que llevarles los insumos necesarios para la alimentación tanto del menor como de los padres. Así se reflejará el verdadero interés del Estado y la sociedad en la protección de la infancia.
Declaración sobre el Fomento entre la Juventud de los Ideales de Paz, Respeto Mutuo y Comprensión entre los Pueblos
Este documento fue proclamado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 7 de diciembre de 1965.
Basado el documento en los principios de la Carta de la Declaración Universal de los Derechos Humanos respecto a los derechos, así como de la dignidad de la persona humana y qué decir de los derechos de los individuos, de las naciones, la independencia de los pueblos, países colonizados. Se elimina la discriminación racial, condenando toda provocación que amenace la paz. En este marco se trata de que los jóvenes de todo el mundo sean educados con un espíritu de paz y con seguridad, para ello se fomenta la colaboración entre las naciones por la educación, la ciencia y la cultura, teniendo a la juventud como centro para el intercambio educativo entre instituciones educativas en un ámbito de cooperación, y paz internacional.
La pretensión es que haya intercambio entre los jóvenes del mundo en un ambiente de paz, educativo, de justicia, fomento de valores, igualdad, libertad, solidaridad, solidaridad internacional, humanismos, acercamiento de los pueblos, respeto a los derechos humanos y la libre autodeterminación de los pueblos.
En la ONU se trata de hacer lo mejor para todos los jóvenes porque son humanos y se quiere lo mejor para ellos a nivel mundial, darles todas las garantías a sus derechos humanos de los que son de ellos, porque a donde vayan viajan con ellos, son inherentes, inalienables e imprescriptibles, con ellos nacieron porque son de derecho natural, hay quienes persisten en fomentarle a nuestra juventud la diferencia de razas y se insiste en la supremacía blanca, es un tabú que no se puede erradicar de ciertos grupos perjudicando el bien convivir de la raza humana en un ambiente de igualdad, sin distinción de ningún tipo.
Ese tipo de ideologías fomentado en las personas genera un odio y extermino a grupos de la humanidad que sin fundamento terminan con la vida de las personas, como el caso de Nueva Zelanda, en Suecia, los judíos en Alemania en tiempos de Hitler. También en México hay grupos con esta tendencia, aunque no han llegado a concretar ninguna actividad de este tipo, pero se debe crear conciencia de que la raza humana es una y que llegamos al punto de que ya somos la humanidad y no se tiene una mentalidad en retroceso. Se debe tener conciencia de una moralidad o indeterminación antropológicamente hablando.
Es por esta razón que se le debe dar una educación completa e integral a la juventud de México y el mundo contemplando el pleno respeto a los derechos humanos tanto de los que le corresponden al niño, al adolescente y al joven. Tomando en cuenta la edad en que se es niño, hasta donde abarca la niñez y si los derechos del adolescente todavía incluyen algunos de los del niño, protegerlo aún más, y si los derechos del joven de cierta edad también lo protegen los del adolescente, procurárselos para mayor beneficio.
Convención Iberoamericana de Derechos de la Juventud
Actualmente es el único tratado que abarca los derechos de los jóvenes civiles, políticos, sociales y culturales.
Fue firmado en España en la ciudad de Badajoz en octubre de 2005. Fue ampliado en 2016 a instancia del Organismo Internacional de la Juventud en Cartagena de Indias, Colombia, por medio de un Protocolo adicional. Todo lo anterior fue realizado para ampliar y especificar derechos en función de las realidades que viven los jóvenes en los momentos actuales.
La Convención Iberoamericana empieza por definir la edad en que se comprende que es joven, determinando que es aquel ser humano que está comprendido entre los 15 y los 24 años cumplidos de edad. A esta persona comprendida en este parámetro se le hace sujeto poseedor y titular de derechos en los cuales la Convención se los reconoce. Como se mencionó en líneas anteriores, también puede contemplar y poseer los derechos de los niños según las circunstancias de la edad en que se encuentre ese joven; así, de ésta también se le extiende una amplia gama de derechos contemplados por la Convención Internacional de los Derechos del Niño.
La amplitud de derechos del joven es muy extensa y vasta, a los cuales puede gozarse si se está comprendido en este aspecto por el solo hecho. También tiene compromisos como tener una cultura de paz que significa el respeto a sus iguales, con otros pueblos, con otras naciones, el respeto a los derechos humanos para que tenga la conciencia del respeto a las personas por todas sus formas en que sean diferentes. Que sea persona que comprende el significado de los valores morales, incluidos los de justicia para estar todos en un plano de igualdad. Que practique una vida sin violencia, debido a que en los tiempos actuales se vive un ambiente de inseguridad y que los jóvenes son los protagonistas de este tema. La fraternidad es fomentada para que todos los jóvenes se miren como iguales en un ambiente fraterno local, nacional y mundial.
Es importante que los valores aprendidos en casa y en la escuela sean practicados por la persona joven establecidos en la Convención y que también el Estado se los garantice protegiéndolo, como son el derecho a la paz, una vida sin violencia, fraternidad, fomento de la cultura de paz, estímulo de la creatividad, formación de valores, tolerancia, amistad, solidaridad, justicia, democracia. La Convención comprende el principio de la no discriminación por raza, color, origen, nacionalidad, pertenencia a minoría étnica o cultural, sexo, orientación sexual, lengua, religión, opiniones, condición social, aptitudes físicas, discapacidad, lugar donde se vive, recursos económicos. Otros principios son igualdad de género, protagonismo de la familia, adopción de medidas de derecho interno, derechos civiles y políticos, derecho a la integridad personal, derecho a la vida, derecho a la integridad personal, derecho a la protección contra los abusos sexuales, prevención de la explotación sexual, contra el turismo sexual, protección contra el maltrato, ningún joven será sometido a la pena de muerte, derecho contra la tortura y tratos crueles e inhumanos.
En México, a pesar de que el Estado ha firmado muchos tratados, no se aplican en forma práctica ni se protege a los jóvenes como se debe de hacer, puesto que hay muchas violaciones a los derechos humanos por parte de los organismos policiacos porque en las detenciones de jóvenes los maltratan, torturan, los desaparecen. También a los jóvenes los intimida el crimen organizado para que formen parte de esos grupos y si no acceden los levantan, desaparecen, matan, mutilan en forma impune.
La policía está coludida con los grupos criminales, debido a esto los jóvenes son un grupo vulnerable y se deben tomar medidas enérgicas dentro del marco del respeto a los derechos humanos para los que formen parte de los grupos criminales. Analizando las estadísticas, los integrantes de los grupos de delincuencia organizada la mayoría son jóvenes. Esto quiere decir que no hubo las condiciones óptimas para que esos jóvenes tuvieran una educación de calidad.
En México, los estados de Michoacán, Chiapas y Guanajuato son los que tienen más jóvenes entre las edades de 15 a 19 años que no asisten a la escuela en un porcentaje de 46%. Y los estados de Chiapas, Guerrero y Guanajuato tienen a los jóvenes en un 80% de las edades de 20 a 24 años que tampoco asisten a la escuela. Aquí es donde se deben aplicar políticas públicas porque son lugares focalizados.
La niñez y la juventud son la parte fundamental de la vida social de todo pueblo o país y se les debe dar una buena educación y preparación para que haya progreso y bienestar y tener una vida colectiva sustentable basada en el respeto a los derechos humanos.
Formación electrónica: Yuri López Bustillos, BJV
Incorporación a la plataforma OJS, Revistas del IIJ: Ilayali G. Labrada Gutiérrez