Derechos de policías1

Publicado el 2 de agosto de 2019

José Dávalos Morales
Profesor de Derecho Laboral en la Facultad de Derecho de la UNAM,
email josedavalosmorales@yahoo.com.mx

El policía es un ser humano con derechos inviolables como el respeto a su dignidad de persona humana. El policía como todo trabajador tiene derecho a una jornada máxima, a un salario mínimo, al descanso diario, al descanso semanal, a vacaciones, a la protección de la seguridad social y el seguro de vida.

El salario que perciben los policías tiene una parte sustancial que consiste en el respeto a su dignidad. El carácter laboral de los policías está en el apartado B del artículo 123. La fracción XIII los remite a “sus propias leyes”. Pero estas leyes no pueden desconocer los derechos de los trabajadores. Independientemente de la persona o institución a la que se sirva todo trabajo es humano.

Los policías, como todos los trabajadores, tienen la protección del artículo 1º de la Constitución que dice expresamente que en los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección… Y los derechos que aquí hemos mencionado son derechos humanos, de los que deben gozar los policías.

El mismo artículo 1º de la Constitución de la República, dispone que queda prohibida toda discriminación que por cualquier motivo atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y las libertades de las personas.

Los policías, como seres humanos, necesitan del descanso diario, del descanso semanal y de las vacaciones, pagados. No podemos imaginar a un policía trabajando 24 horas continuas y exigirle un rendimiento en el servicio que física y emocionalmente, aunque quisiera hacerlo, está incapacitado para prestar. La jornada máxima y los descansos están previstos para los trabajadores porque su condición humana los exige; y los policías son personas humanas y trabajadores.

El pago del salario no es una gracia que se dispensa a los policías, es obligación del empleador entregarlo. Ese salario, representa la retribución por los servicios que prestaron poniendo en ejercicio sus facultades humanas, físicas y mentales. También entre los derechos humanos de los policías está la protección de la seguridad social y el seguro de vida, seguridad humana que requieren para ellos y para su familia, seguridad que les garantiza su certeza para hoy y para mañana cuando su edad o su salud les impidan prestar los servicios que hoy realizan.


NOTAS:
1 Se reproduce con autorización de el autor, publicado en La Prensa, el 20 de julio de 2019.


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