La investigación jurídica del siglo XXI
Publicado el 22 de agosto de 2019
Cristina Cázares Sánchez
Profesora en la Facultad de Derecho de la UNAM
En tiempos de profundos cuestionamientos sobre las transformaciones estructurales del sistema-mundo que heredamos del siglo XX se abren numerosos debates acerca de problemáticas globales y locales, donde la enseñanza del derecho y la investigación jurídica —aspectos inseparables y recíprocos— no se escapan, convirtiéndose en objeto de estudio y análisis para responder a principalmente a un solo cuestionamiento ¿qué enseñar?, ¿qué investigar?
Jorge Witker Velásquez, en su obra Hacia una nueva investigación jurídica (Porrúa-Facultad de Derecho, UNAM, 2019), recorre minuciosamente un panorama para responder y proponer el qué de la investigación jurídica renovada, transformada, que se enfoca al análisis y resolución de problemas prioritarios bajo dos ejes transversales: los derechos humanos y la argumentación jurídica.
La obra, dividida en siete capítulos, aborda magistralmente en los primeros tres capítulos los fundamentos teóricos de la propuesta del autor. En el primer capítulo, un minucioso compendio de las teorías de la metodología jurídica; en el segundo y tercer capítulos aborda los dos ejes transversales propuestos para esta innovadora metodología de investigación jurídica: los derechos humanos y la argumentación jurídica, respectivamente. Analizados desde un punto de vista práctico, con lo cual se resalta la justiciabilidad de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales y la aplicación de los principios de los derechos humanos hacia la investigación jurídica.
La argumentación jurídica como elemento de investigación permitirá expresar mediante el lenguaje las construcciones de conocimiento resultado de las reflexiones críticas de un investigador o sujeto histórico, dando sentido a esas expresiones de racionalidad fundadas en el horizonte hermenéutico del investigador, en la epistemología jurídica que le sirve de punto de partida para la elección del método. Que en la nueva investigación jurídica tendrá una característica de flexibilidad y dinamismo.
A partir del capítulo cuarto y hasta el capítulo séptimo se expone la metodología de la investigación jurídica integrativa. Respecto a los derechos humanos como eje transversal de las nuevas investigaciones jurídicas aporta al investigador, visto como un sujeto histórico que se posiciona en la investigación, de la misma forma que se posiciona ante el mundo, e incluye dos niveles de pensamiento:
a) El pensamiento teórico o cognitivo jurídico. Referido a las investigaciones tradicionalmente teóricas o basadas en lo dado dentro del conocimiento acumulado, que otorga al investigador un rol pasivo, cuya tarea principal es la investigación bibliográfica.
b) El pensamiento epistémico. Referido a las investigaciones que transforman o rompen las estructuras dadas, aquí se inserta el concepto de totalidad u holismo, donde lo dándose le otorga al investigador un rol activo, de aprehensión de la realidad, cuya tarea principal es la construcción del objeto de estudio: su explicación. Es este pensamiento uno de los fundamentos de la nueva investigación jurídica.
De la aplicación del pensamiento epistémico surgen otros dos ejes transversales aplicados a la metodología de la investigación jurídica:
a) El significante y el significado. Donde se reconoce la multiplicidad de interpretaciones conceptuales de los temas jurídicos. Las distintas visiones sobre un mismo tema o la transdisciplinariedad.
b) La potencialidad. Donde se reconoce la dinámica del mundo continuo, de un horizonte abierto resultado incluso de la creatividad del investigador dentro de la interpretación y aplicación del tema objeto de estudio o tema-problema.
Al aplicar estos ejes transversales: derechos humanos, argumentación jurídica y pensamiento epistémico, con los ejes: significante y significado para construir un objeto de estudio en una investigación jurídica permite al investigador como sujeto histórico posicionarse en una relación metodológicamente abierta para explicar el fenómeno jurídico estudiado, es decir, le permite la construcción de investigación jurídicas integrativas, totales u holísticas, expresadas mediante discursos de razón práctica basados en conocimiento acumulado o estado del arte, denominado en esta obra, parte objetiva de la hipótesis, y un proceso dialógico o reflexivo entre lo dado y lo dándose, un continuo reflexivo entre el investigador, el estado del arte y la dinámica del objeto de estudio construido, denominado en esta obra, la parte subjetiva de la hipótesis.
Concretamente, la nueva investigación jurídica corresponde a una apropiación del objeto de estudio por parte de un investigador, reconocido desde su calidad de sujeto histórico con un horizonte hermenéutico determinado por sus vivencias y que dotaran de sentido epistémico a la forma de abordar o construir un objeto de estudio. El pensamiento epistémico constructivista, con sus dos ejes de significado y significante y potencialidad permitirán plantearse interrogantes problematizadoras del tema, a partir del análisis del conocimiento acumulado o lo dado (hipótesis objetiva), que serán producto del ejercicio de la libertad, la pluralidad de visiones u horizontes hermenéuticos, la diversificación de usos del material jurídico dado, la ruptura de paradigmas o cuestionamiento de reglas dadas, la observación de la realidad social respecto a la legitimación de la norma y sobre todo al reconocimiento de la inexistencia de una única respuesta.
Una nueva relación de apropiación del conocimiento por parte del sujeto histórico o investigador es propuesta en esta magnífica obra:
a) La relación con el conocimiento jurídico actual, hasta ahora es el paradigma de la investigación, es un pensamiento con contenidos dados. El investigador se relaciona con el conocimiento.
b) La relación de conocimiento, donde la creatividad del investigador le permitirá vincularse con el objeto tema-problema, es un pensamiento sin contenidos. Aquí es donde la propuesta del autor rompe con la rigidez de la investigación jurídica actual y enmarca un mundo libre con posibilidades o potencialidades y una visión total.
De esta manera, el método de la nueva investigación jurídica es un método flexible, abarcador o total, dinámico, sin dejar de lado la ratio jurídica, al incluir a la argumentación jurídica que dota de significado y significante a las explicaciones del investigador y la aprehensión de las dimensiones omni-abarcadoras de los derechos humanos a los temas problemas de las investigaciones jurídicas actuales y de frontera.
En la actualidad, la complejidad de los problemas sociales sobrepasa las dimensiones de cualquier rama del conocimiento, se rompen los paradigmas dados de la división de las ciencias, incluyendo la jurídica. Se vuelve necesaria la incorporación de la transdisciplinariedad, del reconocimiento del dinamismo, la simultaneidad y la interrelación comunicativa de los sistemas para proponer soluciones aplicables a los temas-problemas objeto de estudio de las investigaciones jurídicas.
El reconocimiento que la investigación jurídica requiere de una transformación de fondo adoptando la transversalidad, la integración y la flexibilidad como ejes conductores de una metodología jurídica más adecuada a los retos que conforman los horizontes abiertos de los fenómenos sociales. Se convierte en el punto de partida que cualquier operador jurídico necesita para encontrar en este libro una exposición bien argumentada de una propuesta real y aplicable a la investigación jurídica del siglo XXI.
Sin duda, una obra imprescindible que expone una clara, abierta, honesta y bien argumentada invitación a posicionarse como sujeto histórico en el ejercicio creativo, argumentado, integral y humano en la investigación jurídica, que antes de ser mejores investigadores nos hace mejores personas.
Formación electrónica: Yuri López Bustillos, BJV
Incorporación a la plataforma OJS, Revistas del IIJ: Ilayali G. Labrada Gutiérrez