Verdad y justicia: caso “la estafa maestra”1

Publicado el 23 de agosto de 2019

Javier Quetzalcóatl Tapia Urbina
Profesor de la Facultad de Derecho, UNAM, y del Posgrado de Derecho en el
Centro de Investigaciones Jurídico Políticas, de la Universidad Autónoma de Tlaxcala
email tapiaurbina@yahoo.com.mx
twitter@JavierQ_Tapia

El 31 de julio último, a través de este mismo medio, se publicó mi artículo “Corrupción política, la caja de pandora”, en que nos referimos al incesante destape de casos graves de corrupción en la alta burocracia durante la gestión de Enrique Peña Nieto. Tocando el turno al caso de Rosario Robles Berlanga y su presunta participación en el desvío de miles de millones de pesos en la llamada Estafa Maestra.

Así, apenas hace unas horas se vinculó a proceso a Robles Berlanga por el delito de ejercicio indebido del servicio público y, ante el argumento del fiscal en el sentido de existir “riesgo de fuga”, el juez decidió imponer la medida cautelar de prisión preventiva por dos meses.

Al margen de las consideraciones quizá endebles del juez sobre las referencias domiciliarias de la hoy procesada, destaca un tipo de soberbia judicial -cercana al protagonismo- y desbordante de un ilimitado y perverso ejercicio de discrecionalidad, que sólo nos hace repensar tres cosas: 1. Lo efímero del poder, ahora ausente en una persona que logró vínculos directos con los principales actores de la policía nacional en su momento; 2. Una justicia temeraria, impartida por un juez de dudosa autonomía y alto grado de egocentrismo, y 3. Un diseño de justicia penal de corte acusatorio que deja más dudas que certezas jurídicas.

Aclaro, esta reflexión no es una defensa en absoluto y mucho menos la aceptación de la idea de culpabilidad o inocencia de la procesada. Como abogado, debo y me debo a las causas justas amparadas en la Constitución y la ley, no a las vanidades profesionales o personales vestidas de juez, fiscal, defensor o incluso procesado. En esta parte, no tengo duda que -al menos teóricamente- el mejor abogado no será el que tenga más antigüedad en el puesto, en el cargo o en el ejercicio de la profesión, sino el que posea las mejores dotes o destrezas jurídico argumentativas y técnica probatoria para sustentar su correcta actuación.

Sin embargo, como ciudadano aspiro a tener la tranquilidad de vivir en un país en el que el respeto a los derechos humanos sea un hábito en cualquier persona, sin importar que se trate de servidores públicos o no. Un país en el que la impartición de justicia pronta y expedita, de la que habla la Constitución Federal, sea eso, justicia. Y no baños de pureza judicial cuyo amparo descanse en el ejercicio abusivo de la discrecionalidad, ya que hasta eso puede ser corrupción.

El caso de Rosario Robles Berlanga, quizá hay que verlo no desde el linchamiento mediático bajo el cual ya ha sido sentenciada como “culpable”, sino desde una perspectiva procedimental y procesal, que nos permita saber si se cumple o no con los principios de legalidad y seguridad jurídica establecidos en los artículos 14 y 16 de la Constitución General para, con ello, evitar la formulación juiciosa o prejuiciosa en contra de la referida persona.

Cierto es que uno de los propósitos esenciales de la creación del Sistema Nacional Anticorrupción es acabar con el flagelo de la corrupción, a través del establecimiento de políticas de prevención, investigación y sanción, que inhiban y den ejemplo de las consecuencias legales en caso de incurrir en actos corruptos.

La película del caso Robles Berlanga apenas inicia, sin duda la producción de escenarios procesales dará mucho más que una temporada fílmica. No olvidemos que se trata de un desfalco multi millonario a la hacienda pública mexicana y que, para poder ejecutarlo -si así fue-, la ahora procesada habría tenido que ser parte de una red de complicidades, no sólo en relación con su entonces jefe (el titular del Poder Ejecutivo) y sus colegas secretarios de estado, sino hacia cualquier nivel de gobierno, servidores públicos y particulares que, en igualdad de circunstancias deberán ser llamados a rendir cuentas ante la justicia.

Quizá nuestra aspiración debiera ser el conocimiento de la verdad y el cumplimiento de los fines de la justicia. De tal suerte que, si existe una red criminal de corrupción, que se pruebe; si de lo que se trata es del ejercicio indebido del servicio público, que se acredite. En cualquier caso, esta aspiración estaría sustentada en la idea de que todo tenga un propósito más allá del encarcelamiento o sanción a una persona o grupo de personas miembros de la red, esto es, la recuperación de los recursos públicos presuntamente desviados y, de ser el caso, la reparación del daño a las víctimas.


NOTAS:
1 Se reproduce con autorización del autor, publicado en Primera Voz, el 14 de julio de 2019.

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