Héctor Fix Fierro: ¿qué es y para qué sirve la Sociología del Derecho?1

Publicado el 24 de septiembrel de 2019

Manuel Jorge Carreón Perea
Revista “El Mundo del Abogado”
inter https://www.elmundodelabogado.com/

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Para Héctor Fix Fierro, en un mundo en el que las cosas se mueven con gran rapidez y donde cada vez hay mayor injerencia e influencia del mundo exterior, es importante que el abogado, además de ser jurista, sea también un sociólogo del Derecho. En esta entrevista explica por qué.

Qué es la sociología del Derecho?

Para decirlo en palabras del profesor estadounidense Richard Abel, consiste en el estudio de todo lo que tiene que ver con el Derecho, menos de las normas, lo cual da una idea bastante clara de qué se trata. La sociología del Derecho, en un sentido amplio, es el estudio del Derecho desde las otras ciencias sociales, como la sociología, la antropología, la economía, la psicología social, entre otras. Consiste en analizar el fenómeno jurídico desde el punto de vista de los comportamientos en la sociedad: qué motiva esos comportamientos y qué relación establecen con el orden jurídico.

¿Cuáles son las preguntas que se plantea la sociología jurídica?

Las más generales de cualquier disciplina: ¿de dónde venimos?, ¿hacia dónde vamos? Más específicamente, ¿cómo se crean o cómo surgen las normas jurídicas?, ¿por qué existe el orden jurídico en una sociedad?, ¿cuál es el papel o la función del Derecho en ese orden social?, ¿qué significado y qué trascendencia tiene para el comportamiento de los individuos y de los grupos?, ¿cómo evolucionan las instituciones jurídicas y qué relaciones establecen con otros tipos de instituciones?

¿Cómo ayuda la sociología al Derecho?

Puede hacer aportaciones al funcionamiento del Derecho, pero no de manera directa. Por ejemplo, no podemos imaginar que un abogado, al presentar una demanda judicial, alegue tales o cuales estudios de sociología del Derecho si no los transpone a una interpretación acerca de cómo debería ser el Derecho (en este caso, un Derecho de configuración judicial), siendo esto lo que denomino política jurídica. Así como existe una política económica encargada de determinar qué medidas tiene que tomar un gobierno para lograr determinados resultados económicos, también existe una política jurídica, que es la reflexión en torno de qué medidas o acciones son necesarias para que avance el orden jurídico. Entonces, la sociología del Derecho, al hacer diagnósticos sobre la realidad del comportamiento jurídico en la sociedad, puede ayudar a informar a la política jurídica y a decidir hacia dónde debe avanzar la reforma del Derecho o el perfeccionamiento de las instituciones jurídicas.

¿Es deseable que los abogados tengan conocimientos o bases sociológicas?

Sí. La sociología del Derecho ofrece un horizonte, una visión de dónde situar el fenómeno jurídico, su lugar en el entorno social. En un mundo en el que las cosas se mueven con tal rapidez y donde cada vez hay mayor injerencia e influencia del mundo exterior, es importante que el abogado, además de ser jurista en sentido propio, sea también, de algún modo, sociólogo del Derecho.

¿Puede entenderse el Derecho sin comprender a la sociedad?

Difícilmente. Para conocer bien el Derecho hay que conocer historia, por ejemplo. El abogado que no conoce la historia y la evolución de las instituciones entiende sólo la mitad de su campo profesional. La historia también es el estudio de la sociedad, vista en su ángulo temporal. Entonces, la historia y la sociología están próximas en algún sentido y creo que ambas son indispensables para comprender de mejor manera el fenómeno jurídico.

¿La sociedad transforma al Derecho o éste transforma a la sociedad?

Los dos. Son movimientos de ida y vuelta. El Derecho está en la sociedad, ayuda a estructurar a la sociedad. Por un lado, los cambios en la sociedad impulsan las transformaciones del Derecho. A su vez, los cambios jurídicos desencadenan cambios sociales, lo que acaba traduciéndose, nuevamente, en cambios a las instituciones y a las normas jurídicas, de manera que se trata de una relación circular. Por ejemplo, la evolución de la sociedad moderna implica el desarrollo de la idea de derechos humanos, lo cual lleva, con el tiempo, a incluir ciertos conceptos en la Constitución y en las leyes (como el de “no discriminación”); esto, a su vez, favorece el surgimiento y la identificación de nuevos conflictos y problemas sociales a los que el Derecho trata de ofrecer un remedio, como una sentencia judicial, la cual puede provocar nuevas reacciones y nuevos cambios en las relaciones sociales.

¿Cómo llevar a la práctica la sociología del Derecho?

Se relaciona con la idea de la política jurídica, que ya he mencionado. Lo que hace la sociología del Derecho, en sentido amplio, es utilizar las herramientas de las ciencias sociales para estudiar la realidad del fenómeno jurídico mediante encuestas, análisis estadísticos, observación y otras técnicas y métodos de investigación social. Trata de determinar cómo funcionan ciertas cosas. Por ejemplo, actualmente tenemos datos para poder comparar el antes y el después de la entrada en vigor del nuevo proceso penal acusatorio. La investigación socio-jurídica puede servir para zanjar discusiones sobre si es mejor o no el nuevo sistema, ya que, al contar con datos sobre la duración del proceso, el número de personas sentenciadas y algunas otras variables, por medio de estudios de tipo sociológico y cuantitativo, se puede dar una respuesta más fundamentada.

¿Tiene futuro en nuestro país la sociología del Derecho?

Es un buen momento para la sociología del Derecho en nuestro país y eso tiene que ver con las circunstancias que se viven. Seguimos en un proceso de cambio acelerado de la Constitución, de las leyes y de las instituciones jurídicas, lo que da como resultado un sistema jurídico más técnico, más complejo, más profesional. Y, en rigor, todo eso es un campo de estudio para la sociología del Derecho. Si queremos orientar mejor nuestras reformas futuras está claro que debemos tener diagnósticos y estudios complejos sobre los comportamientos jurídicos. Es un buen momento que se refleja en publicaciones, en investigaciones y en el interés de otros científicos sociales por el fenómeno jurídico.

Recientemente ha publicado un Manual de sociología del Derecho.
¿Qué lo motivo a realizarlo?

Es una idea que se inició en el Instituto de Investigaciones Jurídicas, cuando tuve la oportunidad de ser director. En ese momento inicié, con otros colegas, los trabajos para escribir un volumen en el área de investigación en sociología del Derecho del instituto. Por diversas razones, el esfuerzo no avanzó mucho y fue ya bajo la dirección de Pedro Salazar cuando se echó a andar la idea de crear una colección de manuales para la enseñanza del Derecho. Y uno de ellos es el de sociología del Derecho. Este manual, en el que participaron dos juristas y tres científicos sociales, no resultó sencillo por dos razones: por la diversidad de formaciones y perspectivas del grupo de coautores y porque la sociología del Derecho no tiene un canon de estudio establecido, como lo tienen el Derecho civil o el Derecho constitucional. Al final, no obstante estas dificultades, creo que logramos generar una amplia visión que ofrece una buena idea de cuáles son los temas y los problemas de la disciplina.

¿El manual sólo está dirigido a estudiantes de Derecho y a abogados?

Los autores estaríamos contentos de que otros científicos sociales se asomaran a su contenido, lo cual pudiera garantizarse en parte por el hecho de que la editorial que lo publica es el Fondo de Cultura Económica. Aunque no es una editorial especializada en temas jurídicos, también publica títulos relacionados con el Derecho y cuenta con la ventaja de una distribución muy extendida de sus obras, por lo que es posible que llegue a un público mucho más amplio, como el de los científicos sociales.

La naturaleza didáctica que tiene el manual… ¿Cómo surgió la idea?

Fue una estructura que decidimos darle con base en las obras dirigidas a la enseñanza. La idea es que primero tiene que haber una explicación de la cuestión abordada, además de la posibilidad de que los alumnos amplíen, con lecturas escogidas, la comprensión de los temas, y que se puedan hacer preguntas o entablar discusiones, lo que también resulta útil para los docentes. En un momento pensamos, por ejemplo, en incluir productos de internet y videos, pero al final renunciamos a hacerlo, porque son materiales que se modifican o desaparecen con facilidad. Por otro lado, actualmente los jóvenes están tan metidos en esa lógica que seguramente podrán complementar un libro que parece bastante tradicional con toda clase de materiales electrónicos.

Según usted, ¿cuál sería la aportación más relevante de esta obra al mundo jurídico?

Es una exposición sintética de la disciplina que toma en cuenta diversos aspectos, por lo que está dividida en varias partes: una parte introductoria, con un análisis de algunos autores fundadores y contemporáneos que son especialmente conocidos o relevantes; después, un análisis de los temas tradicionales de la sociología del Derecho, como los jueces, los tribunales, los abogados, las escuelas de Derecho, la globalización. Luego vienen algunos temas contemporáneos, como el pluriculturalismo, los estudios de género, el control social y la justicia penal, y, finalmente, unas lecciones que se ocupan de aspectos metodológicos. Quisimos hacer algo que tuviera una cobertura amplia de los temas de la disciplina, incluyendo un panorama de las escuelas y de los movimientos jurídicos que, de manera cíclica, han buscado acercarse a los enfoques de la ciencia social.

¿Cree que existe reticencia por parte de los juristas a abordar el Derecho desde otra perspectiva que no sea la normativa?

Sí, pero en gran medida pienso que se debe a una cuestión generacional. Probablemente las generaciones mayores lo vean con cierta distancia, con cierto recelo, al pensar que se pretende sustituir a la ciencia jurídica tradicional. Yo creo que no es el caso, ya que la ciencia jurídica seguirá siendo como es mientras existan normas y haya textos jurídicos que interpretar y aplicar. Eso no va a cambiar, pero es posible y conveniente tener una visión más amplia. Las generaciones actuales ya vienen con ese chip integrado, es decir, con la inquietud por entender que el Derecho es algo más que las normas y las sentencias. Al final importa mucho qué hace el Derecho en la sociedad y qué se logra o no se logra con las normas del Derecho.

¿Por qué emplearon la modalidad de “lecciones” para diferenciar cada parte del manual?

Por un aspecto didáctico. Pensamos, por ejemplo, que el programa de sociología jurídica de la maestría en Derecho de la Facultad de Derecho de la UNAM tiene una duración de 45 a 48 horas, en las cuales podrían abordarse las 16 lecciones que conforman la obra, con una duración aproximada de tres horas (dos sesiones) por lección.

¿Cómo definiría esta obra?

Por los perfiles de los coautores, es producto de un esfuerzo interdisciplinario que pretende presentar de manera sintética y accesible la perspectiva sociojurídica, entendiendo por sociojurídico una manera de ver las cosas fuera de la ciencia jurídica, pero en el ámbito del estudio social del Derecho. Un punto que quisiera resaltar es que, aunque en principio los coautores nos dividimos las lecciones en las que trabajamos, al final todos realizamos la revisión y opinamos sobre el resultado obtenido, por lo cual decidimos no identificar la autoría de cada lección. Creo que por la uniformidad y la calidad del resultado no será sencillo adivinar quién se ocupó del borrador inicial de cada lección…

¿Algo más que desee agregar?

No soy un buen promotor de lo que escribo, pero deseo que éste sea un libro que se difunda y que tenga una larga vida, porque hace una contribución, junto con otras obras que se han publicado en años recientes, a una visión más amplia y más completa del fenómeno jurídico. Es importante aclarar que no está dirigido sólo al público nacional. Hemos incluido en lo posible una perspectiva más amplia, principalmente latinoamericana, por lo cual puede ser una obra interesante en otros países. El prestigio y el reconocimiento de que gozan ambas casas editoriales (se trata de una coedición del FCE con el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM) auguran que la obra encuentre interés en otras latitudes.

sociologia

NOTAS:
1 Se reproduce esta entrevista con autorización de la revista “El Mundo del Abogado”, publicada el 1 de agosto de 2019. Héctor Fix Fierro cursó sus estudios de licenciatura en Derecho en la Facultad de Derecho de la UNAM; el máster internacional en sociología jurídica del Instituto Internacional de Sociología Jurídica de Oñati, País Vasco, y el doctorado en Derecho por la Universidad de Bremen, Alemania. Además, ha sido profesor visitante de la Universidad de Houston, Texas, e investigador visitante de la Universidad de Bremen, Alemania. Ha impartido o participado en numerosos cursos de licenciatura, maestría y doctorado en instituciones académicas, tanto públicas como privadas, así como en los poderes judiciales federal y de varios estados de la República. Entre sus publicaciones recientes destacan Los derechos políticos de los mexicanos y Tribunales, justicia y eficiencia. Estudio sociojurídico sobre la racionalidad económica en la función judicial. Asimismo, es investigador de tiempo completo del Instituto de Investigaciones Jurídicas desde 1991, en el área de sociología del Derecho, y se desempeñó como director del instituto de 2006 a 2014.


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