Mujeres víctimas de violencia familiar y de género: negligencia de servidores públicos

Publicado el 5 de noviembre de 2019

Jessica Balderas Miranda
Estudiante de la maestría en Psicología Jurídica y Criminología de la
Universidad Marista de San Luis Potosí
email72190344@umaslp.maristas.edu.mx

La necesidad de hablar de la negligencia de servidores/as públicos/as ante casos de mujeres víctimas de violencia familiar y de género surge en la búsqueda de estrategias y soluciones directas dentro de los ámbitos de competencia de cada una de las personas del servicio público que atiende de manera inmediata casos de violencia familiar y de género. En este artículo hablaré de las experiencias que hemos tenido como Centro de Justicia para las Mujeres en el municipio de Rioverde, con la interacción con otras instituciones encargadas de dar acceso a las mujeres a la justicia, así como los factores que impiden que las mujeres que denuncian hechos de violencia familiar y de género concluyan con el proceso jurídico. De inicio, se observa a una víctima y un victimario que en la gran mayoría de los casos el agresor acompaña su violencia con el consumo de drogas, situando a las usuarias en riesgo inminente ante tal situación de violencia. Por otro lado, y tomando en cuenta el contexto sociocultural (patriarcado) que en la actualidad se mantiene arraigado, tendentes los hombres a observar a la mujer como un objeto/posesión, existiendo una figura dominante (ellos) y otra de sumisión (ellas), que por el miedo que han generado las agresiones y amenazas, han aceptado las víctimas la figura de autoridad como un medio de apaciguar y sobrellevar la violencia, existiendo tolerancia ante la misma.

Problemática

Entre las problemáticas que se viven día a día para lograr un buen acceso de las mujeres a la justicia nos encontramos que no existe sensibilización de los servidores/as públicos/as ante casos de violencia familiar y de género, lo que hace que la víctima no se sienta acogida y acompañada, sino vulnerada por la manera de dirigir la información hacia ella; los trámites ante la fiscalía entorpecen que las mujeres logren concluir el proceso jurídico, tendentes a regresar con sus agresores por no ver resultados favorables, colocándose de nueva cuenta en el ciclo de la violencia, siendo reincidentes.

La revictimización es una problemática que nos atañe, siendo que al no identificar de manera clara las funciones de cada una de las dependencias públicas y/o privadas, así como los protocolos de actuación ante mujeres víctimas de violencia de género, se cae en la revictimización. Percatándonos que el 80% de las mujeres que acuden al Centro de Justicia para las Mujeres ya fueron atendidas por otras instituciones que no dieron solución, siendo sometidas a un proceso de entrevista que genera desgaste físico y emocional, y al ser llevadas y/o canalizadas al Centro de Justicia para las Mujeres sin ninguna evidencia documentada de los trabajos previos a las atenciones recibidas, se da apertura al expediente único para generar una ruta de atención con la finalidad de acompañar a la usuaria de manera integral y multidisciplinaria, teniendo que pasar por otro proceso de entrevista para dar inicio a los servicios de los que será acreedora, logrando identificar y entender que el cansancio físico y embotamiento es tal, que los hechos ya no son narrados con la misma intensidad y emotividad a la primera vez que los externó, pudiendo llegar a omitir datos esenciales y de relevancia ante su denuncia.

Otra de las problemáticas a las que nos enfrentamos a diario es que no se le está tomando la debida importancia al seguimiento de las medidas de protección, en el sentido de que no se les notifica a los agresores la medida que le fue otorgada a la víctima ni las restricciones que conllevan de él hacia la misma, por lo cual, al no ser notificados, no existe certeza y credibilidad de que existe tal restricción, agravando la violencia y amenazas, vulnerando a la víctima su integridad física y psicológica; comenzando a dudar las usuarias del sistema de justicia penal acusatorio, llegando a referir que los números de emergencia 911 no atienden los reportes de manera efectiva e inmediata, siendo un espasmo ante la tardanza.

Por otro lado, tenemos en cuenta que existe poco personal ante las fiscalías para absorber toda la carga de trabajo, mencionando por datos recabados de abogadas del Centro de Justicia para las Mujeres del municipio de Rioverde que por cada diez denuncias presentadas por el presunto delito de violencia familiar únicamente se judicializan dos, existiendo diversos factores que toma en consideración un órgano de impartición de justicia. Por ejemplo: dar mayor importancia a los casos de riesgo inminente y/o donde está en juego la integridad física y psicológica de un menor, casos de abuso sexual y violación. Otorgando únicamente la medida de protección como acción inmediata.

Y hablando de reparación del daño, que cada vez se aprecia más lejos… la Corte Interamericana considera a la reparación del daño desde una perspectiva integral, en la que las medidas de reparación ordenadas por la Corte buscan la reparación integral de las consecuencias que la violación produjo; sin embargo, actualmente es un tema complejo de abordar, en el que puede ser muy amplio de ahondar; en el que nos hemos percatado que los órganos de impartición de justicia (jueces) quieren que la reparación del daño únicamente se centre en subsanar la alteración y/o afectación psicológica producida por el hecho, y que al contar con instituciones públicas que proporcionan el servicio de manera gratuita, eximen al victimario de responsabilidad, por lo cual muy pocas veces se consigue una reparación integral, lo que hace que al no existir consecuencias que generen un costo al agresor, sea más fácil de reincidir, y un cuento de nunca acabar…

¿Qué se ha hecho?

Actualmente y de manera interna se han realizado acciones que beneficien a la salud emocional de cada una de las personas que labora en el Centro de Justicia para las Mujeres, siendo que las problemáticas de las mujeres víctimas de violencia familiar y de género pueden llegar a mover fibras sensibles en cada una de nosotras, pudiendo llegar a desequilibrar emocionalmente si no se tiene un soporte adecuado; tomando en cuenta que trabajamos con personas, emociones, comportamientos, y en muchos de los casos con los efectos que causa la adicción del consumo de drogas del agresor en la víctima, así como cada una de las implicaciones de la afectación en la usuaria, teniendo que estar receptivas sin apropiarnos del malestar, evitando un colapso emocional. Parte de esto es trabajar con la tolerancia a la frustración, siendo que lo escrito en las leyes suena muy bonito, pero en la práctica y realidad nos enfrentamos a muchas limitaciones. Es por eso que se busca la capacitación y actualización constante del personal tanto en derechos humanos, perspectiva de género, así como en temas relacionados a nuestras competencias para poder dar un fácil acceso a las mujeres a la justicia, siendo empáticas en todo momento, generando confianza y apego hacia su tratamiento psicológico, y que por consiguiente llevara a obtener el compromiso en cada uno de sus trámites jurídicos de manera integral.

Propuesta

De acuerdo con lo antes mencionado se llega a la conclusión que ante la carencia de sensibilización y la ineficiente capacitación ante los protocolos de actuación de violencia de género es como se violentan los derechos de las víctimas, conduciendo a la revictimización que en la mayoría de los casos lleva al abandono del proceso jurídico; toda vez que la víctima no se siente acogida ni acompañada, dudando de que su problemática actual pueda ser resuelta con éxito, soportando por más tiempo la violencia, y llegando a reincidir al no cortar de tajo con la violencia. Aunque se tiene como entendido que es un proceso de elaboración para que las mujeres receptoras de violencia ubiquen el círculo de violencia en el que se encuentran, también se sabe que lo ideal es que las mujeres que recurren a la búsqueda de ayuda deben recibir de manera urgente una ruta de atención que sea acorde a sus necesidades y no a lo que se cree que es lo correcto, siendo que cada mujer tiene diferente concepción de la violencia y del daño.

Como una estrategia de solución inmediata ante las notorias negligencias y malas prácticas que se realizan de servidores/as públicos/as de otras dependencias que se dedican a dar acceso a las mujeres a la justicia, será empezar desde casa; es decir, enfocar la importancia de la contención emocional en el área jurídica del Centro de Justicia para las Mujeres del municipio de Rioverde, en relación a que las abogadas tienen mayor injerencia con otras instituciones, y así ellas estén preparadas para afrontar las malas prácticas que presenta el personal del servicio público hacia las víctimas del delito, siendo la responsabilidad velar por los derechos de las víctimas (usuarias) desde nuestro ámbito de competencia; logrando un efecto espejo (reeducación) para adherirnos a lo que ya está establecido (tratados internacionales, nacionales, código de procedimientos penales, leyes, protocolos, etcétera), y así brindar un trato digno y humano a las usuarias, apegado a los principios de respeto, no discriminación, confidencialidad, debida diligencia, perspectiva de género, integridad, cooperación multiagencial, profesionalismo, sustentabilidad, enfoque intercultural y transparencia.


Formación electrónica: Yuri López Bustillos, BJV
Incorporación a la plataforma OJS, Revistas del IIJ: Ilayali G. Labrada Gutiérrez