La victimización a través de la reforma educativa

Publicado el 5 de noviembre de 2019

Sergio Antonio Martínez Sierra
Estudiante de la maestría en Psicología Jurídica y Criminología de la
Universidad Marista de San Luis Potosí
emailsergio.a.martinezsierra@hotmail.com

Hablar sobre educación en México ha sido un tema de controversia; por un lado, la búsqueda de una aceptación en la calidad de la educación tomando directrices diversas y adquiriendo modelos estructurales de diversos países pero todos estos sin colocarlos en el contexto mexicano sólo han servido para abrir un panorama donde el profesorado no sabe dónde pisa, donde no hay una ubicación de lo que realmente debe hacer para sentirse seguro. Seguridad que el estado debería de proveer, seguridad que la institución educativa se pueda regir mediante códigos independientes, seguridad para no ser victimizado, seguridad individual y estabilidad laboral.

Para prever se han invertido múltiples recursos, creando leyes que aprueben la educación, mediante reformas estructurales que han descalificado la labor docente de nuestra nación. Despojándolos de lo que realmente deberían de hacer, educar, brindándoles nuevas tareas; las de niñera haciendo que el profesorado sea más como un padre, siendo la ley sin posibilidad alguna de regañarlos. El compromiso del docente en esta situación rebasa toda responsabilidad ética hasta un primer momento, históricamente los docentes sí se preocupan por el alumno, pero ha sido responsabilidad de los padres de familia brindar la ley, reprenda cuando debe de ocurrir la responsabilidad por sus hijos, sin embargo ahora entramos a que dicha responsabilidad la escuela tendrá que hacerse cargo de ella.

Dicho de otro modo, el Estado ha sometido a los profesores a un sistema donde éstos deberán de comprometerse más con los alumnos; llegando a ser calificados como tutores dotados de cualidades extraordinarias para poder brindarles a los alumnos la mejor calidad de educación que los programas permitan.

Cabe preguntar si es posible realizar estos ajustes por el bien del alumnado. México como país se encuentra en una brecha dispar a la realidad ofrecida para los nuevos programas en cuanto a una educación integral real; se refiere a si el docente tiene la capacidad, ajuste de tiempo, remuneración suficiente para poder adentrarse en la vida de cada alumno y así crear el cambio favorable propuesto en la actual reforma, incidiendo en sus estilos de aprendizaje, así como crear un impacto en su calidad de vida. O si realmente las capacitaciones que ofrecerán para el cuerpo docente los llevará a un ejercicio de excelencia el cual espera la actual administración. Tomando en cuenta los puntos anteriores nos enfrentamos a un diseño tomado de varios métodos donde la educación no es la misma y ni siquiera la situación política de donde ésta fue tomada como referencia para no mencionar que es una copia propuesta por los actuales gobiernos, sólo se les cambia el nombre de aprendizajes claves a por una educación integral.

La evidencia de los procesos de victimización está detallada en nuestra historia; colocando al Estado como mayor enemigo de la educación, siempre buscando una forma de someter al pueblo con la estrategia fáctica en la ley misma, contenida en el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El artículo ha sufrido varias modificaciones desde lo más simplista evocando la obligatoriedad hasta lo más extraordinario donde el Estado tiene la obligación de brindar una educación la cual fortalezca los valores e impacte directamente en el desarrollo de la personalidad de la persona. Sin embargo, en la onceava reforma del artículo, la cual entró en vigor este año, el Estado asumirá toda responsabilidad en la educación brindando los planes y programas, así como los proyectos que se impartirán en las materias de ser como se exhibe en la presente reforma colocando a las instituciones educativas en una tela de esperanza a que el Estado se justifique con lo que se podrá enseñar.

¿Esto supondrá un cambio en el paradigma de castigo, la responsabilidad se verá compartida? Históricamente, nuestro país nos ha demostrado que uno de los mayores enemigos de la educación es el Estado mismo, el cual vela por que ésta sea gratuita, laica y sobre todas las cosas que sea para todos. Pero qué clase de educación, que clase de docencia, que clase de alumnos; es decir, realmente para quién se diseña la educación en nuestro país. Se podría pensar que para las clases pobres, los marginados, las clases humildes, para que así ya no haya pobres ni delincuencia, de ser cierto entonces los programas deberían estar orientados al entendimiento de todos los involucrados y profesiones que puedan determinar qué es lo más idóneo. Si un profesor piensa y actúa fuera de lo normal o lo justo para el Estado, éste se verá oprimido, los grandes casos de desaparición forzada muchas veces han sido al cuerpo docente de alguna institución sólo por el hecho de pensar distinto, hasta ahora esta práctica considerada inexistente se sigue dando.

Entonces en primer lugar tenemos que el proceso de victimización empieza desde el Estado, empieza desde la creación de normas a las cuales por el contrato colectivo aceptamos y no podemos cambiar eso; evocando a Comte, nos sometemos a cambio de seguridad. Pero seguridad sólo para las altas esferas de la sociedad y oprimiendo el pensamiento que podría contribuir a un cambio significativo en nuestro país, sólo que quien escribe los grandes documentos de cambio se coloca en su posición sin una clara perspectiva de la realidad.

Pero ¿qué se entiende por víctima? Se deberá de entender como cualquier persona que sufra perjuicio o daño y victimario como cualquier sujeto o entidad que provoque el daño. Siguiendo el presente esquema se encuentra en la realidad que se vive en las instituciones educativas se presenta a los nuevos victimarios.

Se propone la siguiente clasificación de victimarios dentro del contexto escolar: en un primer lugar la figura del alumno victimario por su cuenta éste está dotado de la defensa de los derechos humanos, los cuales al ser interpretados de la forma lineal serán tomados a favor del estudiante y el docente quedará desprotegido. En la realidad es así como los entienden los docentes de nivel primaria, secundaria y preparatoria donde se ven excluidos de esta protección. En segundo lugar, los padres de familia, quienes han depositado todas las atribuciones de éstos en el cuerpo docente de la institución, es decir la responsabilidad recae en la educación que se brinda.

Si la educación contribuye a detener o controlar los impulsos delictivos y los ayuda a reconvertirlos para dar una causa justa, en qué momento la relación se quiebra poniendo al alumno por encima del docente, así como de la institución educativa. Tomándolo en cuestiones administrativas, se puede ver la relación de venta de comida donde el comensal o cliente siempre tendrá la razón y el Estado al ser el patrón tendrá la obligación de reprimir al docente.

Los problemas se pueden apreciar en las controversias actuales donde un estudiante puede portar un arma de fuego y las autoridades educativas de la institución no pueden entrometerse, no pueden afrontar la carga de no violentar su libertad individual, de no violentar su sistema de creencias, de no violentar su integridad física; es aquí cuando se evidencia que en materia de los derechos humanos estamos aún muy pobres, es decir, no sabemos cómo discriminar cuando los derechos de muchos se ven opacados por el derecho de unos cuantos. La no discriminación se une a la segregación y marginación social; que es a donde justamente los mandamos a estos victimarios a la par que aún seguimos creyendo que las instituciones de educación son poblaciones controladas y seguras siendo todo lo contario, ésta podría ser el porqué de la creación de un sistema integral; sin embargo, con la situación del país es un poco tarde.

La capacidad de entenderse uno mismo, apreciarse y lo que se considere como una sana autoestima para la integración completa del individuo se ve influenciada por el contexto en que se rodea. Es decir, lo que se conocía como lugar seguro ahora se representa como centros de afiliación y promoción para los grupos delictivos, todo esto gracias a la entrada del crimen organizado como una forma normalizada de violencia.

Entonces la relación de poder entre instituciones y clientes es dicotómica en relación con quién tiene la razón; en otras palabras, lo justo a lo injusto. Cómo determinar los criterios de credibilidad en ambas partes ya que si se toma estas decisiones es porque hubo también condiciones que perjudicaron al alumno. Toda acción tiene una reacción en la toma de decisiones por el Estado en contra del profesorado, sólo que ésta ha devenido de una temporalidad donde a éstos se les justificaba la violencia cometida como una preocupación por formar en el alumnado una rectitud, una buena conducta, la cual ha sido convertida en una forma de violencia; la cual ya no se requiere. Tal vez sea por este motivo que los legisladores de las presentes reformas educativas son tan punitivos con el cuerpo docente. Cabe aclarar que en la última reforma el Estado será el encargado de brindar la educación; esto habré un campo de posibilidades para que se tome en cuenta lo que realmente beneficiara al alumnado.

Propuesta

El presente artículo es de opinión, lo mencionado en él forma parte de una propuesta de investigación de tesis para la Maestría de Psicología Jurídica y Criminológica.

Será necesario revisar la reforma educativa para realizar ciertas modificaciones en la relación Estado-educación; siendo propuesta que la educación quedara a cargo del Estado, de ser por ese medio tendrá que cumplir con las obligaciones sugeridas por la reforma como las mejoras continuas, el nivel de profesionalización y la competencia de los estándares para una educación de calidad.

Por contraparte, se propone un sistema de desensibilización de las víctimas para no caer nuevamente en una revictimización, colocando así a los actores de la institución educativa como iguales. En cuanto a los protocolos de seguridad se sugerirá por optar por el Poder Judicial, ya que éste tiene la facultad para someter e investigar a los posibles integrantes de cuerpos criminales infiltrados en las instituciones educativas, esto podría incidir en los programas de seguridad del actual Estado.

Bibliografía

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Borowski, M. (2000), “La restricción de los derechos fundamentales”, Revista Española de Derecho Constitucional, 59, recuperado de: http://www.jstor.org/stable/24884359.

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