Una aproximación a los derechos humanos desde una perspectiva ética-relacional con otros seres vivos

Publicado el 29 de noviembre de 2019

Rufino del Carmen Aguirre Gordillo
Abogado y maestría en Derecho Procesal, Universidad de la Sierra Sur, SUNEO,
Oaxaca, México,
emailpoetmix_1975@hotmail.com

Sergio Alberto Ramírez García
Doctor en Ciencias, Universidad de la Sierra Sur, SUNEO, Oaxaca, México,
CONACYT, Sistema Nacional de Investigadores, nivel 1.
email Sergio7genetica@Hotmail.com

Melecio Honorio Juárez Pérez
Posdoctorado en Derecho penal y Civil, Universidad de la Sierra Sur, SUNEO,
Oaxaca, México,
emailmeleciojuarez@hotmail.com

La etica sólo es de los hombres, ya que ella fija el “deber ser” de un individuo y no de los demás seres vivos. El ser humano tiene la “primacía” sobre todos los seres vivos, ya que desde su concepción ontológica es él el ente que está dotado de razón y conocimiento intelectual. El “derecho a” es algo innato del hombre. Los derechos para los seres humanos no son universales, ya que no engloban a todo lo que concebimos como universo, o por lo menos algo global; en cambio, sostengo que los derechos son universalizables. Kant llegaba a la gran pregunta que hoy en día es fundamental: ¿los derechos humanos son universales o universalizables?

Para Michel Foucault la base era preguntarse: ¿quién fija el deber ser?; ahora sabemos que es la ética a la que llegamos por lo moral. Algunos letrados dicen que “no se puede estudiar la moral de un filósofo de la Antigüedad sin tener en cuenta, al mismo tiempo, toda su filosofía”: yo digo que no es cierto, el tiempo, el lugar, el entorno, son los que cambian, pero el hombre siempre ha sido, es y será el mismo. No podemos cambiar “así porque sí” a un ente que desde cualquier ángulo que lo veamos es el que es.

Los valores siempre serán los mismos, porque el hombre siempre será el mismo; claro que cabe destacar que la extensión de este término “siempre el mismo” me refiero al hombre desde su naturaleza: como un árbol, que vivo o inerte seguirá siendo árbol, ya sea con vida o muerto.

Recordemos que la vocación originaria de Sócrates se revela y justifica en una doctrina y en una práctica correspondiente a ella. El hombre no es la medida de todas las cosas, sino viéndolo desde dicha concepción socrática de que el ser humano es verdaderamente el centro lógico del mundo y la “medida de todas las cosas”, sólo en cuanto reconoce en sí la luz de un logos universal, con la cual él juzga y a la cual él no juzga, y el descubrimiento de cuya infinitud constituye su cometido supremo.

La razón es al mismo tiempo, y conocimiento de lo universal en el mismo momento en que se establece una relación ética. Si el hombre tiene el deber de descubrir lo universal, es también cierto que su impulso profundo está naturalmente orientado hacia aquel bien, el único que puede ser verdaderamente suyo.

Todas las virtudes se reducen a una sola virtud: la ciencia, porque la ciencia es empeño moral. Y todos los vicios se reducen a un solo vicio: la ignorancia, porque la ignorancia es mala voluntad. La persona humana, en las implicaciones de su pensamiento, aparece dotada de una dignidad ética interior: pensando en esto otros la llamamos “ley natural”.

La clave para entender a este problema es, claro, un antropocentrismo, pero recordemos que al hombre, al animal o a cualquier ser vivo hay que darle el valor que se merece, y esto se ha venido dando gracias a que no se ha entendido y no se ha dado un “orden sociológico”.

Estamos de acuerdo en que hay que tomar el Estado de derecho como una primacía constitucional, pues John Locke decía que los gobernados deben consentir el mando. Es decir, los ciudadanos tienen el derecho a decidir cómo son gobernados sin que ello influya en sus asuntos privados, y la autoridad política no será sino el consenso mayoritario al respecto. La clave del pensamiento de Locke es que “somos libres de hacer lo que queramos sin violentar los derechos de los demás”; que viéndolo de un lado suele ser una postura individualista.

Los derechos humanos están innatos en él mismo desde su naturalidad, y no pueden ser universales ya que valores universales son el conjunto de normas de convivencia válidas en un tiempo y época determinada. Y no por siempre, como mencioné antes.

Actualmente reconocemos 16 valores universales que son amistad, amor, bondad, confianza, fraternidad, honor, honradez, justicia, libertad, paz, respeto, responsabilidad, solidaridad, tolerancia, valentía y verdad. En cualquier caso, se los aplicamos en todos los sentidos al ser humano, ya que a otro ser vivo no le pediremos cuentas de, por ejemplo, que tanto amor le tiene a algún ente de su misma especie, o que tanta verdad de palabras expresa, etcétera.

Luego entonces, en el artículo 1º constitucional, acerca “De los derechos humanos y sus garantías”, podemos enfocarnos en las obligaciones de un gobernante para con sus gobernados. De acuerdo con el principio de universalidad: “…los derechos humanos son inherentes al hombre, le asisten de forma natural, derechos que tienen su origen en la dignidad de la persona, y es por eso que el solo pertenecer a la especie humana es condición suficiente para disfrutar de ellos…”. De acuerdo a la opinión de Rey Pérez, la universalidad de los derechos humanos puede verse desde tres diversos ángulos: desde un plano racional; desde un plano temporal; desde un plano espacial.

El liberalismo clásico se fundamenta en cuatro principios: libertades individuales, el individualismo, la propiedad privada y los códigos legales. Por lo tanto, sostengo categóricamente que “el universalismo es en los valores lo universalizable”. Desde nuestro punto muy particular de vista, la moral no es algo que haga bien al hombre, esa es la ética; la moral es la guía buena o mala que utilizamos para ese “deber ser” fijado por la disciplina ética. Mientras que el imperativo categórico no es otra cosa más que lo que se aplica “obligatoriamente” a todos los entes que sean determinados; el ejemplo más claro son los valores, es por eso que son universalizables.

Consideramos que el término correcto que se le puede dar a los derechos del hombre es el sencillo pero bien entendido de “derechos humanos”, pues en la extensión y comprensión de este término se sintetiza todo… el problema aquí fue que no se le ha dado al hombre el valor que tiene o, por el contrario, se le ha dado demasiado y hemos caído en dejar fuera a quienes por naturaleza habitan en nuestro mismo planeta. El ser humano es persona desde su naturaleza, desde su concepción, desde siempre… y no podemos categorizar quien es y quien no es una persona; lo mismo que no podemos decir que un ciruelo es árbol y una jacaranda no lo es; porque desde la naturaleza ésta la esencia de las cosas.

No podemos darle valores a cualquier otro ser vivo que no sea el hombre porque no podemos reconocerlos en ninguno de ellos: esto es el otro peligroso lado de la balanza y que es contrario al antropocentrismo que es el egocentrismo, y recordemos que los extremos son malos; lo correcto sería incluirlos en los derechos que podemos llamar si se logra, universales, lo cual será muy difícil, y pensándolo también lo incorrecto: porque por esto llegaremos a querer darle después derechos hasta las piedras… “Démosle al hombre la dignidad que está infusa en él, y entonces le daremos la dignidad a todos los seres vivos”.

Referencias

Ferrajoli, L., El fundamento de los derechos fundamentales, Madrid, Trotta, 2005.

García Máynez, E., Introducción al estudio del derecho, México, UNAM, 1999.

“La reforma constitucional mexicana de 2011 en materia de derechos humanos”, en: https://www.sciencedirect.com.


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