Sobre los derechos humanos


Publicado el 9 de marzo de 2020

Adrián Rodríguez Bribiesca
Doctor en Derecho por la Universidad de Morelos
emailadrian15_bribiesca@hotmail.com

Para hablar de derechos humanos debemos conocer qué son, de dónde surgen, qué contenido existe en su acepción vigente y hacía donde se dirigen. Bien, los derechos humanos son, entre otras calificaciones —porque hasta hoy no existe una definición aceptada unívocamente—, facultades, prerrogativas, reconocimientos del Estado, normas jurídicas, principios y directrices, criterios, que se estudian conforme a su naturaleza, contenido, origen y materia, y tienen como base siempre la dignidad y las necesidades humanas, sin distinción alguna, tutelados por normas jurídicas e instrumentos jurídico-procesales, por las autoridades de los Estados, con independencia de que exista o no expresamente su reconocimiento en los textos normativos.

Estos contenidos —que siempre han existido, no obstante que su reconocimiento normativo se atenúa con tal carácter al finalizar la Segunda Guerra Mundial hacia 1948, a través de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en cuya redacción participa Eleonor Roosevelt—, entre otras cosas, pasan de ser llamados derechos del hombre a derechos humanos, ampliando con ello interesantes debates y reflexiones que a más de cien años nos mantienen entusiasmados en escuchar.

Pero ¿qué contenidos tienen tales acepciones y hacia dónde se dirigen esos llamados “derechos humanos”? Son —insisto—, según se quiera entrar al estudio, todos los elementos (in)tangibles cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral de todas y cada una de las personas, conforme a su singularidad y proyección de vida. He ahí a donde se dirigen, por ello tenemos derechos humanos civiles y políticos (DCP), económicos, sociales y culturales (DESC), ambientales (DESCA), y con el desarrollo de la tecnología también de las telecomunicaciones y ciberespacio, de la robótica y software y de personas con identidad genética cognitiva informacional alterada por modificación gano-nano-robo-tecno (llamados trans-humanos o robots), dada la amplitud que se quiera o dar a tal concepto. Como vemos, se trata de un concepto muy amplio que exitosamente da lugar a nuevas interpretaciones e investigaciones. Y con esto ya tenemos para hablar sin agotar el tema sobre los “pros y los contras de los derechos humanos”, pues al ser su fundamento la dignidad y las necesidades humanas, conforme a la singularidad y proyección de vida particular, se han cuestionado las llamadas “generaciones”; por ejemplo, si pensamos aisladamente que por derechos humanos sólo se estudia la vida, la libertad de expresión, el trabajo u otros, podemos dejar fuera otros conceptos fundamentales que para algunas personas pudieran constituir la base de su desarrollo integral y proyecto de vida, como se ha dicho.

Pensemos, por ejemplo, al hablar de derechos humanos desde las llamadas ciencias naturales, en el caso de una mujer que por cualquier circunstancia no pueda engendrar y su proyecto de vida es precisamente ser madre, ¿acaso el desarrollo de la tecnología no constituiría para ella un derecho humano que le permitiría factiblemente conseguir el proyecto de vida que tiene diseñado? Otros ejemplos: el derecho humano al trabajo de alguien que ha perdido alguna extremidad y desee emplearse en —ocúrrasenos la edificación— acaso la asequibilidad de la implantología o la robótica —no digamos el software especializado—, ¿no constituiría para ella un derecho humano que le permitiría de facto conseguir su proyecto de vida, partiendo del concepto de necesidad humana del que hemos hablado? O pensemos en el derecho a la protección de la salud ante una enfermedad severa, o cualquiera que sea, la adquisición o el suministro de medicamentos ¿no podría ser empleada como medio necesario para lograr lo indispensable para el desarrollo integral de la vida?

Cuestiones de tal magnitud no son ajenas a persona alguna y tampoco resultan ya en este siglo impensables, entonces reflexionemos: ¿cuáles son los pros y contras de los derechos humanos?, ¿hasta qué punto se garantizan los derechos humanos? Expertos en la materia insisten que hasta el mínimo vital, pero ¿quién determina cuál es lo mínimo de una situación de esta magnitud en particular y qué facultad decisoria de intervención tienen sus ideas para frenar nuestro proyecto de vida?

Me parece que este tipo de cuestiones son las que nos debemos plantear y replantear para hablar sobre los pros y contras de los diversos conceptos de derechos humanos que queramos abordar, dada la amplitud que se ha dejado el tema, sólo por mencionar un par de ejemplos.

Gran número de personas desde las escuelas y tribunales hablamos de derechos humanos, pero no hemos concentrado esfuerzos en delimitar todo lo que ello implica, con los ejemplos que señalamos se pudieran tomar —me atrevo a decir— una perspectiva de análisis forense, económico, político-normativo y hasta institucional cuando si, por ejemplo, recurrimos a un análisis con estos anteriores ejemplos señalados con la lupa de las ciencias económicas, y agregamos que los derechos humanos deben ser asequibles, pero llegamos al punto de advertir la pobreza extrema o condiciones limitadas de movilidad o desplazamiento humanas, o migraciones, entonces los derechos humanos son para los no pobres o sectorizados, y ¿quién escapa de esas escalas o, de no estar, situarse casuísticamente en ellas? Y qué hay de los derechos humanos si agregamos que su estudio lo hacemos con la lupa del índice de pobreza multidimensional: personas sin educación, si acceso a servicios públicos “mínimos” garantizados, sin alimentos —aquí empleando las acepciones jurídicas que comprenden no sólo la comida sino el vestido, alimentación saludable y nutritiva, los medicamentos— o vivienda, o dada su situación en condiciones de mayor vulnerabilidad, si agregamos que hay personas de todas las edades en situación de calle o personas adultas mayores sin asistencia médica urgente y necesaria, las juventudes sin oportunidades que a veces ven limitado su crecimiento y desarrollo; en que en mayor medida podemos observar tales padecimientos y que nos conducen a replantear nuestro objeto de estudio de la mano de la sociología, por ejemplo, en que el derecho y otras ciencias han intervenido también realizando grandes esfuerzos.

Es por ello que mi propuesta, discutible desde luego, es el fortalecimiento de sinergias entre diversas ramas del conocimiento en la sociedad civil, para la evaluación de las políticas públicas de nuestros gobiernos, en aras de buscar y encontrar nuevas condiciones que nos permitan hablar de derechos humanos como verdaderas plausibilidades para crear mejores entornos, comenzando con nuestro granito de arena desde casa o el trabajo, movernos el “chip” de la indiferencia y en la medida de nuestras posibilidades crear mejores condiciones humanas, empezando con la firme idea y constante voluntad de que podemos lograrlo.


Formación electrónica: Yuri López Bustillos, BJV
Incorporación a la plataforma OJS, Revistas del IIJ: Ignacio Trujillo Guerrero