¿Evolución o involución del derecho y el aparato estatal de justicia? Un magistrado en el Legislativo, poder sin poder, el rezo en el Congreso, de lo inaudito en Zacatecas

Publicado el 19 de marzo de 2020

Roy Vásquez Gutiérrez
Máster en Derecho Penal y Procesal Penal por el
Instituto de Estudio e Investigación Jurídica

Miguel Angel Morales Sandoval
Licenciado en Pedagogía y maestro en Derecho, UNAM
 emailmsandovalm@derecho.unam.mx
bloggerMiguel Sandoval

Los estudiosos del derecho siempre han considerado que el derecho es evolutivo, que se transforma y refleja los cambios sociales. De ahí que existan leyes en algunos lugares del mundo que en otras latitudes parecen inauditas. Pero hay otra circunstancia que contrarresta este fenómeno, y eso es el efecto de la globalización, que resulta una ventana abierta al mundo, por donde se puede conocer en forma casi simultánea el acontecer mundial. Hoy se analizan leyes e interpretaciones de diferentes países y tribunales de influencia. Ya no es privilegio de unos pocos recibir cátedra de grandes maestros, la tecnología y otros medios e intereses lo han hecho posible para muchos. Parte de esta misma lógica ha llevado a los estados a cambiar de un modelo inquisitivo a uno acusatorio, mixtos, acusatorio puro o acusatorio moderno, según quien lo explique o su implementación a lo interno de cada territorio. Esta misma conectividad facilita y pone sobre la mesa la discusión no sólo de la aplicación del derecho interno sino, también, del derecho internacional y comunitario que tanto recelo causa en muchos. Sobre todo por los que temen o desconocen un concepto de soberanía más amplio.

Ahora bien, dentro de estas estructuras supranacionales se encuentran tratados, convenciones, acuerdos, cartas que han suscrito y ratificado los estados que, por lo tanto, forman también parte del derecho que los rige, y que puede ser invocado. No es deseado, pero tampoco nuevo, que los estados violenten los derechos de sus ciudadanos. En ocasiones se olvida la desigualdad natural entre estado y procesado o administrado. Tristemente hasta por los mismos aplicadores de justicia. La creación de las defensas públicas no ha sido un hecho caprichoso sino, del menester de balance entre David y Goliat. Hoy se habla de la necesidad de mayor transparencia en la función pública, especialmente en decisiones donde el secretismo carece de justificación razonable, pero la mayoría legislativa simplemente se rehúsa a cambiar. Tal vez sea tiempo de despolitizar procesos a los que la política no parece darles ningún beneficio. Otros aparatos ya no hablan, han sido acallados, y ahora sóolo siguen órdenes o hacen sólo lo que se les permite. Otros más se niegan a ser sumisos y alzan la voz reclamando la separación de poderes que propugnaba Montesquieu. Lo que hace pensar en una interrogante: ¿qué tan pronto es pronto para defenderse o qué tan tarde es tarde para lograr una defensa efectiva? Otros hablan de reformas penales que a los que miran desde la tribuna los deja absortos —¿es un avance o es un retroceso de décadas o hasta siglos?— en temas que parecían más que superados.

¿Cuál es el estado del derecho y la sociedad actual? Hay violaciones a los derechos humanos y las autoridades hablan sólo de las investigaciones que llevaron a identificar a los responsables materiales de los hechos. Quizás algunos dirán que es bueno —que podría ser peor—. Una total indiferencia ante los hechos. Pero en otros medios son inevitables preguntas como ¿qué autoridad ordena la detención de una mujer en un centro para hombres? En un país donde hay penales con separación por género (¿dónde estaba su defensa cuando se ordenó y materializó su reclusión?) parece simplemente inaudito que pueda ocurrir, que hasta como error suene imposible en los tiempos actuales. Pero es que resulta que no es un evento novedoso sino que es el caso de Brenda, una mujer de Zacatecas, ocurrido hace algo más de un año y que recién ahora ve la luz, que fue violada en varias ocasiones por un carcelero en La Calera. ¿Qué hacía Brenda en La Calera, recluida durante veintiséis días en un penal para hombres? Lo que evidencia una estructura obsoleta o por lo menos arbitraria y carente de protocolos efectivos de parte de la autoridad, otra falencia o costumbre antigua propia de órganos inquisitivos que optaban por ocultar y olvidar. Acaso no es el estado el que ha faltado a su deber —que con su acción causo un grave perjuicio—. Está el estado dispuesto a asentar responsabilidades y aceptar la suya propia y resarcir a sus víctimas, para dar paso al cambio y entonces poder hablar de un derecho que evoluciona



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