La creación del Instituto de Lenguas Indígenas del Estado de Guerrero

Publicado el 20 de marzo de 2020

José Antonio Soto Sotelo
Coordinador del Posgrado en Derecho de la
Universidad Autónoma de Guerrero
emailantonio_061375@hotmail.com

Leonel Cásares García
Maestro en Derecho Constitucional por la
Universidad Autónoma de Guerrero
emailleonelcasares8@gmail.com

Introducción

En noviembre de 1999, la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura proclamó el día 21 de febrero como el "Día Internacional de la Lengua Materna" (https://es.unesco.org/commemorations/motherlanguageday); en este sentido, es importante garantizar la preservación, protección y difusión de las lenguas indígenas en México, particularmente en Guerrero.

Conviene precisar que, de acuerdo con el Catálogo de las lenguas indígenas nacionales: variantes lingüísticas de México, con sus autodenominaciones y referencias geoestadísticas del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, hasta enero de 2008 fueron consignadas: a) 11 familias lingüísticas indoamericanas que tienen presencia en México con al menos una de las lenguas que las integran; b) 68 agrupaciones lingüísticas correspondientes a dichas familias, y c) 364 variantes lingüísticas pertenecientes a este conjunto de agrupaciones (https://www.dof.gob.mx/index.php?year=2008&month=01&day=14).

El mismo Catálogo de las lenguas indígenas nacionales menciona que las lenguas que se encuentran en el estado de Guerrero son: 1) náhuatl (o mexicano); 2) Tu’un savi (mixteco); 3) Me’phaa (tlapaneco), y 4) Ñomndaa (amuzgo), cada una con variantes lingüísticas.

De acuerdo con la Encuesta Intercensal 2015 del INEGI, Guerrero ocupa el quinto lugar a nivel nacional de población indígena, con el 15.3%, y el municipio de Cochoapa el Grande el 99.5% de las personas que hablan su lengua tu’un savi, mixteco (https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/intercensal/2015/doc/eic_2015_presentacion.pdf).

Según el mismo INEGI, la población total en Guerrero hasta 2015 es de 3,542,204 personas, y la población de 5 años y más hablantes de la lengua indígena hasta 2010 era de 456,744 personas (https://www.inegi.org.mx/app/areasgeograficas/?ag=12), esto quiere decir que la creación del Instituto de Lenguas Indígenas del Estado de Guerrero, en la Constitución local, por lo menos tendrá este número de personas para colaborar en un marco institucional.

Marco normativo, iniciativas y personas que respaldan la creación del
Instituto de Lenguas Indígenas del Estado de Guerrero

La presente propuesta se fundamenta en el marco normativo siguiente:

  1. El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes.
  2. La Declaración Universal de Derechos Lingüísticos.
  3. La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
  4. El artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  5. La Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.
  6. Artículos 8º a 15, sección II, “De los derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos” de la Constitución local.
  7. La Ley núm. 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos Indígenas y Comunidades Afromexicanas, entre otros.

Se hace énfasis que desde el Congreso del Estado de Guerrero sea propuesta la creación del Instituto, mediante: a) Iniciativa de decreto por medio de la cual se adiciona la fracción IV al artículo 143 y un artículo 169 bis a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, de fecha 19 de noviembre de 2015 (archivada), y b) Iniciativa con proyecto de Ley Orgánica del Instituto de Lenguas Indígenas Originarias de Guerrero, de fecha 3 de diciembre de 2015 (archivada), de la LXI Legislatura.

ambién, en 2019, se presentaron: c) Iniciativa con Proyecto de Ley Orgánica del Instituto de Lenguas Indígenas Originarias de Guerrero, de fecha 4 de abril de 2019, y d) Iniciativa con Proyecto que crea el Instituto de Lenguas Indígenas Originarias de Guerrero (http://congresogro.gob.mx/62/documentos/SEGUIMIENTO-SEGISLATIVO-LXII2020-02-28.pdf), mismas que hasta la fecha no se han dictaminado.

De igual manera, en julio de 2005 se iniciaron diálogos entre representantes de las cuatro lenguas indígenas del estado de Guerrero, coordinados por Abad Carrasco Zúñiga, dando como resultado la formación de una coordinación entre una comisión de las cuatro lenguas con diferentes dependencias del gobierno del estado de Guerrero en febrero de 2015, pero dicha coordinación no llegó a concretar la creación del Instituto de Lenguas.

Propuesta de creación del Instituto de Lenguas
Indígenas del Estado de Guerrero

En conclusión, es claro que las iniciativas que proponen crear el Instituto de Lenguas Indígenas del Estado de Guerrero, hasta el momento dos iniciativas en la Sexagésima Primera Legislatura (archivadas) y dos en la Sexagésima Segunda Legislatura en el Congreso de Guerrero, las cuales no han sido dictaminadas; por lo tanto, la creación del Instituto ha estado pendiente y ahora desde la academia se busca impulsar su creación.

Por lo que se propone crear desde la Constitución local el Instituto de Lenguas Indígenas del Estado de Guerrero, para quedar como sigue:

Constitución política del estado libre y soberano de Guerrero

Capítulo v

Instituto de Lenguas Indígenas del Estado de Guerrero

Artículo 169 bis. La institución responsable de las políticas públicas en materia indígena en la entidad, se realizará a través de un órgano adscrito y dependiente del Poder Ejecutivo del estado, denominado Instituto de Lenguas Indígenas del Estado de Guerrero, la cual se regulará por su ley y su reglamento correspondiente.

Artículo 169 bis 1. El Instituto de Lenguas Indígenas del Estado de Guerrero tendrá como fin el rescate, la difusión, conservación y garantizar la permanencia de las lenguas indígenas en el estado de Guerrero.

Artículo 169 bis 2. Los principios, integración, funcionamiento, competencia y nombramiento del titular del Instituto de Lenguas Indígenas del Estado de Guerrero se regularán por la ley respectiva.



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