Breves reflexiones sobre la regulación constitucional de las competencias en materia de comercio estatal e interestatal en los EUA y el debate sobre la reapertura comercial y financiera prematura o tardía de la economía

Publicado el 16 de abril de 2020

Francisco José de Andrea Sánchez
Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM
emailfranciscodeandrea@post.harvard.edu

1. En la segunda semana de abril de 2020, en plena crisis mundial por el COVID-19, se está dando un histórico, crucial e inédito debate sobre el ámbito de la constitucionalidad del ejercicio de facultades del presidente Donald Trump en tratándose del comercio estatal e interestatal y la apertura de la economía norteamericana frente a un bloque de gobernadores demócratas liderados por Andrew Cuomo, el gobernador demócrata de Nueva York, epicentro de la crisis del COVID-19 en los Estados Unidos de Norteamérica (EUA).

2. De entrada, cabe recordar que en los EUA la llamada commerce clause con frecuencia ha sido usada para apuntalar el ejercicio del Poder Legislativo sobre actividades de los estados y sus ciudadanos, lo que ha ocasionado interesantes discusiones de alto nivel académico y de ejercicio de facultades en tratándose del comercio estatal e interestatal —especialmente en momentos de emergencia nacional como la actual, pero que en esta ocasión afecta las cadenas de producción y de comercialización no sólo domésticas, sino también las internacionales— y que podría ocasionar una crisis constitucional en los EUA en los próximos días.

3. En el nucleo de este debate y en agudo contrapunto está la “urgencia” del presidente Trump por abrir la economía norteamericana y por el otro la necesidad de salvaguardar la salud y la vida misma de amplios y diversos sectores de la población de los EUA en plena pandemia del COVID-19, aun en su etapa pre-pico de la curva de contagios y decesos.

4. La resolución de esta controversia será crucial no sólo para los EUA, sino para el mundo y en especial para México y Canadá como socios de una zona de libre comercio vital para el equilibrio geopolítico de la región de Norteamérica.

5. La cláusula de comercio en la Constitución referida (artículo I, sección 8, cláusula 3) ha dado pie en Estados Unidos al desarrollo de una doctrina y un campo de estudio muy vastos, puesto que es una de las materias que se consideran piedra angular del crecimiento y el expansionismo capitalista norteamericano.

6. En el anterior sentido, la maduración inicial en la práctica de la aplicabilidad y ámbito de esta cláusula fueron cruciales durante el siglo XIX para ampliar el contenido previamente restrictivo e incluir muchas actividades que inicialmente no se consideraban propiamente comerciales con el fin de fomentar el crecimiento y expansión de la economía norteamericana.

7. A manera de conclusión, cabe destacar que bajo el presidente Franklin Delano Roosevelt se dotó al gobierno federal de facultades amplísimas que abarcaban prácticamente la totalidad de la economía y el comercio para reanimar la economía norteamericana, que es lo que sospecho sucederá ahora con Donald Trump.



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