¡Que se abran las rejas… con la Ley de Amnistía!

Publicado el 15 de mayo de 2020

Antonio Tristán Rodríguez
Maestro en Derecho por la Universidad Autónoma de San Luis Potosí
email antoniotristan@hotmail.com

Desde el pasado 11 de marzo la Organización Mundial de la Salud declaró que el brote del virus SARS-CoV2 (COVID-19) se caracteriza como pandemia, esto por el incremento en el número de casos confirmados, y debido a ello se considera como emergencia de salud; por lo anterior se tomaron diversas medidas de prevención contra la propagación del virus en la población mexicana, así como los lineamientos necesarios para hacer frente a la problemática que se vive actualmente a nivel mundial.

Tomando lo anterior en consideración, el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) aprovechó la situación y así logró que el pasado 22 de abril de 2020 se publicara en el Diario Oficial de la Federación, dentro de su edición vespertina, el decreto mediante el cual se expide la Ley de Amnistía, misma que tiene por objeto, según su artículo 1o., decretar amnistía a favor de las personas en contra de quienes se haya ejercitado acción penal, hayan sido procesadas o se les haya dictado sentencia firme, ante los tribunales del orden federal.

No sorprende este tipo de privilegios y apoyos que de forma repetida ha otorgado el ahora presidente de los Estados Unidos Mexicanos; basta con recordar sus frases utilizadas desde campaña, como “los pobres son primero”; recientemente, y ya estando en funciones como mandatario, ha brindado apoyo económico a los jóvenes que no estudian ni trabajan, brindándoles periódicamente cierto recurso con la finalidad de incentivarlos a ser mejores ciudadanos (creo que no es la forma correcta, más bien habría que fortalecer la educación del país y crear nuevas fuentes de empleo); así como a la población de la tercera edad y personas que tienen algún tipo de discapacidad; esto solamente como ejemplo de las formas con las que AMLO ha beneficiado a sectores específicos de la sociedad mexicana, con la justificación de que este tipo de población es la menos favorecida, la que se encuentra en una situación precaria y de extrema necesidad; pero la realidad social, política y económica es que el general de los mexicanos está en una situación de pocas oportunidades y casi nulas comodidades de vida; el mexicano promedio es aquel que día con día se enfrenta con carencias económicas, que diariamente lucha por mantener su empleo y que no tiene ni oportunidad de ir a regatear beneficio alguno al gobierno; dicho lo anterior, sorprende el actual presidente con un nuevo beneficio a otro sector que ante la visión de su gobierno necesita ser contemplado y apoyado, ahora siendo este sector social el conformado por delincuentes.

Claramente, la Ley de Amnistía ha sido publicada con la falsa justificación de que con la aplicación de la misma se verán beneficiadas algunas personas y de esta forma, al darles la amnistía, podrán liberar espacio dentro de los penales, acabando así con la sobrepoblación que actualmente existe dentro de los centros penitenciarios y de esta forma evitar una propagación del COVID-19 entre los reclusos; desde una perspectiva personal, creo que antes de brindarles amnistía a los delincuentes, una forma sensata de evitar contagio en este tipo de lugares sería cortar comunicación con el exterior, esto es, restringir las visitas a los reclusos y que la entrada de personal que ahí labora sea sólo de trabajadores esenciales y acatando las medidas emitidas por la Secretaría de Salud para así evitar una propagación dentro de los centros penitenciarios y, de esta forma, respetar la contingencia en la que actualmente todos nos encontramos.

Pero la verdad es que con esta Ley lo único que se conseguirá es dejar en libertad a una gran cantidad de delincuentes, que han cometido delitos atroces, tal como lo contempla la Ley de Amnistía; los delincuentes beneficiados serán aquellos que hayan cometido robo sin violencia, aborto (que realmente no se cuenta con algún caso de personas a nivel federal detenidas por este delito), beneficia a indígenas por cualquier delito siempre y cuando no hayan contado con intérprete dentro del proceso penal al que fueron sujetos, quien haya cometido el delito de sedición y, lo más grave, le otorga la amnistía a personas que hayan cometido delitos contra la salud, mismos que son contemplados en los artículos 194, fracciones I y II, 195, 195 bis y 198 del Código Penal Federal, esto es, todo aquel delito relacionado con narcotráfico.

Esta situación la tenía contemplada, planeada y casi orquestada desde su campaña, ya que antes de tomar posesión de la Presidencia ya estaba en mente de Andrés Manuel hacer un tipo de pacto con delincuentes de esta calaña, esto lo único que ocasionará será que las población se sienta aun más insegura, los índices de delincuencia aumentarán y la población mexicana será la afectada de forma directa; no sorprende que derivado de todo esto se sigan utilizando los términos de corrupción e impunidad de forma constante para hacer referencia al Estado mexicano, incluso a nivel internacional; pareciera que son la perfecta definición de México, pero no debería extrañarnos, mucho menos con los mil y un ejemplos que pueden darle sustento a estas afirmaciones; esto por los diversos momentos en que México ha brillado a nivel mundial con notas de corrupción y a su vez por el pésimo sistema de justicia penal que más bien parece un sistema de garantía para delinquir (y ahora peor con la Ley de Amnistía); esto recayendo principalmente en un mal manejo político y responsabilizando de forma directa al presidente del país, quen es la cabeza del Estado mexicano, siendo lógicamente la figura responsable de darle una correcta transición en todos los ámbitos a México, pero qué se puede esperar de la actual administración si en lugar de brindar un apoyo a los ciudadanos que dan sustento al país dentro de la legalidad, dedica el tiempo y las oportunidades para pactar con personas que no dan ningún beneficio a la nación.


Formación electrónica: Yuri López Bustillos, BJV
Incorporación a la plataforma OJS, Revistas del IIJ: Ignacio Trujillo Guerrero