Medidas de prevención frente a actos de corrupción durante emergencias sanitarias*

Publicado el 19 de mayo de 2020

Miguel Ángel Gutiérrez Salazar
Doctor en derecho por el Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM
emailzelda600@hotmail.com
twitter@Mags_19_82

El fraude es una de las manifestaciones más comunes en que se presenta la corrupción en nuestra sociedad. En términos generales, consiste en cualquier acto intencional o deliberado de privar a una persona de una propiedad o dinero mediante el engaño o actos desleales.

En términos jurídicos, constituye un hecho delictivo en el que penalmente y administrativamente es posible sancionar a quien engaña a una persona o se aprovecha del error en que ésta se encuentra para hacer ilícitamente alguna cosa o alcanzar un lucro indebido.

Según se reconoce en los estudios especializados sobre fraude y corrupción, uno de los aspectos fundamentales para que estas conductas se materialicen es la oportunidad de su realización, esto es, el individuo que las comete debe contar con alguna forma mediante la cual puede abusar de su posición para resolver sus problemas financieros con un bajo riesgo de ser descubierto.

Sentado lo anterior, es sabido que las épocas de emergencia sanitaria como lo es la aparición del coronavirus (COVID-19) representan un contexto de oportunidad para quienes cometen actos de corrupción a través del fraude en el sector salud.

Entre las conductas más comunes que internacionalmente se ha reconocido que pueden presentarse durante estas emergencias, se encuentran las siguientes:

1. Individuos y empresas que aseguran vender curas o tratamientos para una enfermedad delicada como el COVID-19 y en realidad se trata de productos falsos que sustentan un fraude aprovechando la desinformación de la gente.

2. Correos electrónicos que suplantan la identidad de instituciones de salud altamente reconocidas como la Organización Mundial de la Salud, con la finalidad de acceder a la información personal y/o bancaria con el objeto de apropiarse ilegalmente de los recursos económicos.

3. Incremento injustificado y abusivo de los precios de productos esenciales para la prevención y tratamiento de las enfermedades, aprovechando el pánico creado entre la población y la premura por su adquisición.

4. Estafas de caridad por medio de las cuales se hace un llamado a la solidaridad de determinados sectores de la sociedad, para realizar donaciones en efectivo o especie para personas supuestamente afectadas por la enfermedad.

5. Sobornos solicitados tanto por parte de servidores de instituciones públicas de salud como por empleados de hospitales privados para “privilegiar” los diagnósticos, pruebas o tratamientos de la enfermedad.

6. Servicios fantasma de salud, en los cuales un proveedor legítimo de atención médica, como clínicas y hospitales, cobran o facturan por atención médica o por servicios que no se prestan en lo absoluto, aprovechando la preocupación y premura de los pacientes o clientes.

7. Fragmentación de cargos o cobros por parte de las instituciones de salud, mediante un esquema de fraude por el que, en lugar de facturarse un solo procedimiento de atención médica integral, los proveedores aumentan sus ganancias cobrando por separado la desagregación de las diversas etapas del mismo.

8. Colusión entre proveedores del sector salud para manipular a su favor el alza de los precios de los insumos o servicios brindados; además, el posible contubernio entre proveedores y el ámbito gubernamental, para superar los controles legales y las medidas normalmente establecidas durante la compra de bienes y servicios en el sector público.

Estas y otras modalidades de corrupción y fraude, de por sí son perniciosas y causan una afectación importante para los usuarios del sistema de salud. Si a ello sumamos el nacimiento de una emergencia sanitaria como el COVID-19, entenderemos que dichas conductas encuentran el contexto ideal para su realización, es decir, lo que antes hemos denominado “la oportunidad” para cometerse.

Por ello, como medidas preventivas, es necesario promover el acceso a la información oportuna, correcta, precisa y confiable relacionada con las emergencias sanitarias, a través de las fuentes oficiales.

En ese sentido, la acción del sector público gubernamental en sus tres niveles de gobierno, está sujeta a un eslabón importante de la rendición de cuentas, consistente en brindar la información requerida y las justificaciones pertinentes de las medidas adoptadas para hacer frente a estos fenómenos que impactan globalmente a la sociedad.

Aunado a lo anterior, es fundamental para el gobierno federal, estatal y municipal eficientar las compras públicas y adoptar protocolos de actuación que permitan que las políticas y decisiones que se adopten coadyuven a aliviar los impactos en salud y a contrarrestar los riesgos de colusión, corrupción y abuso de poder ante las emergencias sanitarias.

Con posterioridad a la emergencia, será pertinente auditar el gasto realizado y determinar si las acciones emprendidas fueron correctas y apegadas a la ley, no sólo para poder sancionar cualquier conducta ilegal, sino también para que, en un futuro, la capacidad institucional de reacción sea mejor en estos casos.

A su vez, a la ciudanía le corresponde ser un actor relevante que demande ante las instancias oficiales los datos veraces y en tiempo oportuno frente a las contingencias sanitarias, desconfiando de fuentes que si bien son de acceso público como las redes sociales o los mecanismos de comunicación electrónica (chats telefónicos), la veracidad de su contenido es cuestionable.

El otro eslabón de la rendición de cuentas consiste precisamente en la sanción de los fraudes y actos de corrupción que se aprovechan y abusan de la vulnerabilidad de la población ante estas contingencias, por ello, la denuncia ciudadana se vuelve fundamental para instaurar las investigaciones penales y administrativas correspondientes que aseguren que estos actos serán observados y juzgados dada la gravedad de su impacto y la importancia que socialmente tiene su sanción.


NOTAS:
* Se reproduce con autorización del autor, publicado en rendicióndecuentas.org.mx, el 29 de marzo de 2020.


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