Sobre la iniciativa de reforma en materia de impartición de justicia digital y la justicia local

Publicado el 8 de septiembre de 2020

Carlos Martín Gómez Marinero
Licenciado en derecho y maestro en Derecho Constitucional y Administrativo
por la Universidad Veracruzana,
emailcarlosgomezmarinero@gmail.com
twitter@carlos_marinero

En julio pasado, el senador del Grupo Parlamentario de Morena, Ricardo Monreal Ávila, presentó una iniciativa para la reforma de un nuevo párrafo al artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de impartición de justicia digital.

La propuesta de adición de un párrafo al artículo 17 constitucional señala que, para contribuir a garantizar el acceso a la justicia de forma ágil y oportuna,

…el Poder Judicial de la Federación, y el de las entidades federativas, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, los Tribunales Agrarios, los Tribunales Electorales y los Tribunales Administrativos de la Federación y de las entidades federativas implementarán de forma progresiva el sistema de justicia en línea, mediante el uso de tecnologías de información y la comunicación a efecto de tramitar los juicios y todas sus instancias en línea, en los términos de lo dispuesto por la ley (p. 35).

La iniciativa reconoce que, por una parte, el sistema de justicia mexicano debe modernizarse y armonizarse en cuanto al uso de las tecnologías de la información para mejorar el acceso a la justicia (p. 33) y que ésta constituye el punto de partida para, posteriormente, contar con un marco jurídico secundario que se ocupe de las especificidades de los procesos, a fin de garantizar el acceso a la jurisdicción, el respeto al debido proceso y el cumplimiento y ejecución de sentencias (p. 34).

Si bien la construcción de los derechos, y las instituciones a su servicio, en su origen, responden a respuestas de problemas concretos, “una propuesta de reforma de reforma constitucional redundante” —como la que se presenta— poco contribuye a las exigencias concretas para la implementación de una justicia digital en México. En este sentido, lo que sí es necesario es el establecimiento y adecuación de la legislación en los distintos órdenes jurídicos para dar certeza a las actuaciones de los órganos judiciales que, sobre la marcha, han empleado tecnologías de la información para paliar los efectos perniciosos de la pandemia.

Un factor importante para concretizar la modernización de la justicia es que en las iniciativas y la deliberación del tema se destine un presupuesto específico a los poderes judiciales, pues —como se ha señalado— los derechos no son una receta de egoísmo irresponsable (Holmes y Sunstein, El costo de los derechos, p. 241), y, por tanto, estas iniciativas deberían identificar y diagnosticar los costos y beneficios que implicaría implementar juicios y tribunales en línea; asimismo, se debería dar seguimiento a la calidad y efectividad del servicio público jurisdiccional. En ello, el gremio y la sociedad deben tener una participación activa importante, pues en este diálogo se materializa la auténtica noción de tribunales y parlamentos abiertos.

En varias entidades federativas —a partir de la crisis de la pandemia—, el debate sobre la importancia del Poder Judicial ha adquirido nuevos bríos. En este sentido, el debate sobre la modernización de la justicia no puede ni debe ignorar uno de los puntos neurálgicos en la deliberación pública, que es conocer ¿cuánto queremos gastar en cada derecho?, o, en este caso, ¿cuánto queremos gastar para garantizar la aplicación del derecho y la resolución de conflictos?

Desafortunadamente, no en todas las latitudes la resonancia sobre el actual debate ha tenido el mismo alcance. En el estado de Veracruz, el Poder Legislativo se ha caracterizado por omitir la regulación de principios básicos de la administración de justicia local, como los procedimientos para la evaluación y posible ratificación de magistrados locales, un tema que la jurisprudencia de la Suprema Corte ha reconocido desde hace más de veinte años. También, recientemente, se ha pretendido regular la organización administrativa del Poder Judicial local —con serios tintes antidemocráticos— por encima de la genuina demanda en la modernización de la justicia veracruzana. En sentido similar, en Baja California se ha planteado desaparecer el consejo de la judicatura local (órgano de gobierno y administración judicial) y establecer un nuevo mecanismo para el nombramiento de magistrados locales, lo que afectaría la independencia judicial.

Este modo de proceder en las entidades federativas respecto del Poder Judicial propicia que, con frecuencia, desde la Federación se dicten normas generales tendientes a homogeneizar bases mínimas hacia la periferia y, en este sentido, la justicia en línea podría formar parte de alguna medida similar en perjuicio de los poderes judiciales de las entidades federativas que ya presentan avances significativos en tan importante tema.


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