El estudiante de medicina1

Publicado el 6 de abril de 2021

José Dávalos Morales
Exdirector de la Facultad de Derecho de la UNAM, profesor de Derecho del Trabajo
email josedavalosmorales@yahoo.com.mx

Se me planteó la pregunta de si es trabajador un estudiante de medicina que presta sus servicios en un hospital o en una clínica particular. Esta pregunta está hilada con otras preguntas de estudiantes de alguna otra carrera.

La pregunta tiene un gran sentido porque está tratando de una persona física que presta a otra persona física o moral (Una empresa o una sociedad) un trabajo personal subordinado.

La respuesta la encontramos en el artículo 8º de la Ley Federal del Trabajo, respuesta que ese precepto da con toda claridad de manera afirmativa: Trabajador es la persona física que presta a otra física o moral un trabajo personal subordinado. Y para mayor claridad agrega en un segundo párrafo: Se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio.

Se aclara que no se está preguntando de los Trabajos de Médicos Residentes en Período de Adiestramiento en una Especialidad, porque de este asunto se ocupa la Ley Federal del Trabajo en un capítulo especial que va del artículo 353-A al 353-I.

De ese trabajador médico residente la Ley se ocupa concretamente en el artículo 353-A, fracción I, cuando dice que es el profesional de la medicina con título legalmente expedido y registrado ante las autoridades competentes, que ingrese a una Unidad Médica Receptora de Residentes, para cumplir con una residencia.

Pero el caso que nos ocupa es el de un joven que estudia la carrera de medicina, que es trabajador, con los beneficios de todo trabajador. El artículo 20 de la Ley del Trabajo señala que se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado.

Es natural que el patrón de ese joven estudiante de medicina, por lo menos le debe pagar el salario mínimo de 141.7 pesos. Si en el hospital a los pasantes se les paga un salario superior, el patrón le tendrá que pagar ese mejor salario, pero por lo menos debe pagarle el mínimo.

Estos trabajadores los encontramos en cualquier carrera universitaria o politécnica. Son trabajadores porque prestan un servicio personal subordinado a otra persona física o moral.


NOTAS:
1 Se reproduce con autorización de el autor, publicado en La Prensa, el 20 de marzo de 2021.


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