El feminicidio: ¿la justicia restaurativa, una alternativa para México?

Publicado el 7 de junio de 2021

Kathia Marian Castillo Rodríguez
Licenciatura en Psicología, Universidad Marista, San Luis Potosí
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Uno de los temas que más famosos se han vuelto en los últimos años, sin duda, es el del feminicidio. Y cómo no serlo, si es noticia diariamente en nuestro país.

En 1976, Diana Russell comienza a ahondar en el término feminice durante el Tribunal Internacional sobre Crímenes contra las Mujeres celebrado en Bruselas. El femicidio ha sido definido como la “muerte violenta de mujeres, por el hecho de ser tales” o “asesinato de mujeres por razones asociadas a su género”. En efecto, las definiciones más frecuentes de femicidio y feminicidio se restringen a las “muertes violentas de mujeres consecuencia directa de delitos, excluyendo los decesos que se producen como consecuencia de leyes o prácticas discriminatorias (abortos clandestinos, deficiente atención de la salud de las mujeres, etc.), así como a las manifestaciones de violencia que no conllevan la muerte”.

México ha dado de qué hablar alrededor del mundo por diversas situaciones, pero una de ellas, y la más preocupante, sin duda, es ser conocido como “México feminicida”, debido a que vivimos en un país donde diariamente son asesinadas 10 mujeres todos los días. Me pregunto cómo es que hemos normalizado tanta violencia. Es claro que nuestra cultura nos ha envuelto en el pensamiento de “a mí nunca me va a pasar”, sin embargo, cada día es más común conocer a familiares y víctimas de esta terrible situación.

¿Qué cosecha un país donde diariamente se siembra la muerte y el dolor?

No podemos hablar de feminicidios sin mencionar la injusticia y la impunidad que vivimos actualmente en nuestro país, hemos dejado que la muerte de un ser humano se convirtiera en una cifra más, dejando de lado las características individuales que finalmente son aquellas que construyen una sociedad, y que al no poner atención sólo fragmentan de formas irreparables nuestra comunidad.

El asesinato de mujeres en México ha existido desde hace décadas y era algo aun más normalizado por el papel que ellas representaban, ya que ser mujer era sinónimo de sumisión, inferioridad y de codependencia económica y social. Los estereotipos en los que fueron etiquetados los mexicanos era que el hombre iba a ser el proveedor y la mujer se encargaría de la crianza de los hijos y las labores domésticas, y a partir de que ellas empiezan a buscar mayor independencia, voz y un cambio en su rol, comienzan a trabajar, y eso trae consigo mayor independencia, que, a su vez, desencadena una reacción social que puede constituir o no en una conducta delictiva. Esto fue evidente a partir de los años noventa, cuando algunas maquiladoras de Estados Unidos deciden instalarse en México, específicamente en Ciudad Juárez Chihuahua; su mano de obra era en su mayoría mujeres, lo que les permitió tener una independencia económica que no fue bien vista ni recibida por los hombres.

La socióloga Julia Monárrez, basada en sus investigaciones acerca de los asesinatos de mujeres en Juárez durante un periodo mayor a 10 años (1993-2005), introduce una tipología que muestra tres tipos de feminicidios: íntimo, sexual sistémico y por ocupaciones estigmatizadas. El último refiriéndose al asesinato de una mujer a causa de su profesión u ocupación, como bailarinas, trabajadoras sexuales, meseras o incluso cualquier otra ocupación que les diera solvencia económica.

Cabe mencionar que en los últimos años se le ha dado mayor difusión y entendimiento al tema de los feminicidios, sin embargo, esto no ha sido suficiente para que deje de suceder. La única realidad a la que nos enfrentamos es que ahora tenemos conocimiento de qué es lo que sucede y a qué estamos expuestas siendo mujeres en México. La difusión no sólo ha servido para que nos enteremos de las desapariciones de mujeres y la muerte de muchas de ellas, también ha sido un medio donde las personas exigen justicia y ejercen presión sobre las autoridades para que hagan algo al respecto y no quede impune, como la mayoría de los delitos.

Una de las propuestas que he encontrado para la prevención y corrección de los feminicidios es la justicia restaurativa, un concepto que ha sido conocido y aplicado en Colombia. Dicho término es una nueva forma de tener en cuenta a la justicia penal, la cual se enfoca en arreglar el mal provocado a las personas y a las interrelaciones, más que en castigar a los infractores. Nació en la década de los años setenta como una forma de intervención entre víctimas y delincuentes, y en la década de los noventa amplió su alcance para integrar las sociedades de apoyo, con la colaboración de parientes y amigos de las víctimas y los delincuentes en métodos de participación llamados “reuniones de restauración” y “círculos”. La justicia restaurativa busca acercarnos a dicha perspectiva inédita de la justicia en la que, sin pretender hacer padecer al victimario, éste acepte su crimen y restaure de alguna forma el mal provocado a las víctimas directas e indirectas. Normalmente, estamos acostumbrados a la búsqueda de un castigo para el victimario que parezca lo más cercano a una venganza; es decir, que sufra lo mismo o más que las víctimas, cuando sin darnos cuenta seguimos provocando mayor daño a un sistema que previamente ha sido fragmentado.

Dicha justicia considera y reconoce que los infractores no sólo dañan a las víctimas, también a su comunidad y, probablemente, de forma directa o indirecta, a ellos mismos. Uno de los puntos que se mencionan dentro de este tipo de justicia es que el éxito de la misma no sólo se mide en el castigo que se le impone a infractor; también se encarga de revisar cuántos daños han sido prevenidos o reparados y si esto ha traído algún tipo de beneficio a los afectados. Existen diversas formas en las que se aplica dicha justicia, aunque es importante mencionar que ningún caso es igual a otro y que esta medida ha de ser útil para aquellas personas que consideren y estén en el acuerdo en que esta forma difiere en muchos puntos de la forma tradicional que normalmente se conoce.

Es claro que para muchos este tipo de justicia suena a una total locura o a algo que no tendría sentido. A pesar de ello, puede ser una nueva alternativa para nuestro sistema de justicia, ya que vivir con la idea de que las cosas se solucionan como coloquialmente dicen “ojo por ojo”, o incluso vivir sin ningún tipo de resolución, sólo en la impunidad, no ha traído resultados favorables ni mucho menos la erradicación de este fenómeno que cada vez se incrementa.

Referencias

Araque, C. A. M., “Justicia restaurativa”, Opinión Jurídica, vol. 4, núm. 7, 2005.

Breña, W. H., “Lo que sabemos del feminicidio: ¿qué lo causa?”, Espacio Abierto, núm. 25, 2016.

Cárdenas, Á. E. M., “La justicia restaurativa versus la justicia retributiva en el contexto del sistema procesal de tendencia acusatoria”, Prolegómenos, vol. 10, núm. 20, 2007.

Lagarde, M., Del femicidio al feminicidio, 2006.

La sentencia, D. C. A., y un, U. A. Y. Después para la violencia de género en México.

Toledo Vázquez, P., Feminicidio, 2009.


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