Derechos humanos de los niños que nacieron en la cárcel

Publicado el 9 de junio de 2021

Paulina Treviño Contreras
Licenciatura en Psicología, Universidad Marista, San Luis Potosí
emailpaulina_contreras99@hotmail.com

Se hablará sobre el estilo de vida de los niños que nacieron en las cárceles debido a que sus madres estaban presas: las dificultades que pueden desarrollar a nivel social y psicológico.

Es preocupante la situación que viven las niñas y los niños nacidos en prisión, o bien, cuyas madres se encuentran internas en algún centro de reinserción social; ya que en ocasiones podemos olvidar que ellos también cuentan con derechos humanos, los cuales todas las autoridades en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar y garantizar.

En nuestro país son niñas y niños los menores de 12 años, y adolescentes las personas de entre 12 años cumplidos y menos de 18 años de edad, pero a partir de que cumples 18 eres considerado como adulto.

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles. A parte de los derechos humanos también tenemos los derechos de los niños, que buscan proteger a los niños como los seres humanos que son.

Actualmente, 436 niños de entre 0 y 6 años viven dentro de centros penitenciarios del país, junto con sus madres. Los centros penitenciarios del país no cuentan con condiciones aptas para que menores de tres años vivan con sus madres, por lo que deben ser separados al momento del nacimiento, vulnerando tanto los derechos de las mujeres como los de sus hijos, de acuerdo con el Estudio de Maternidad y Paternidad en Prisión.

Estos niños, que han nacido y crecido en la cárcel, sufren a largo plazo de “estrés tóxico” que les provoca desórdenes emocionales, dificultades en el aprendizaje, baja confianza y, en etapas como la adolescencia, consumo de sustancia y adopción de estilos de vida riesgosos.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contempla, en su artículo 4o., el deber del Estado en cumplir con el interés superior de la niñez; garantizarle sus derechos de alimentación, salud, educación y un sano esparcimiento para su desarrollo integral; es obligación de los ascendientes, tutores y custodios velar por estos derechos. Pero existe una parte de la población mexicana que se encuentra descuidada y abandonada, y son los llamados niños invisibles, invisibles porque son una población de especial protección que ha sido olvidada por el Estado y la sociedad; son los hijos de reclusas que viven con ellas en los centros de prevención y readaptación social, niños y niñas que viven rodeados de carencias, tristezas y un ambiente inadecuado para su pleno desarrollo, nacen y van creciendo tras las rejas, purgando unas condenas por delitos que no cometieron, su delito fue nacer. Estos niños son las verdaderas víctimas indirectas y silenciosas del sistema de justicia mexicano.

El artículo 36 de la Ley Nacional de Ejecución Penal dispone en esencia que

…las hijas e hijos de las mujeres privadas de la libertad, que nacieron durante el internamiento de estas, podrán permanecer con su madre dentro del Centro Penitenciario durante las etapas postnatal y de lactancia, o hasta que la niña o el niño hayan cumplido tres años de edad, garantizando en cada caso el interés superior de la niñez.

El artículo 10 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, establece la obligación de las autoridades, en el ámbito de sus competencias, de adoptar medidas de protección especial para los derechos de niñas, niños y adolescentes que se encuentren en situación de vulnerabilidad por circunstancias específicas.

La ley no les garantiza un adecuado desarrollo a estos niños víctimas de los delitos cometidos por sus madres; los niños nacidos en cárceles son un tema aislado, son los niños que no existen para la sociedad ni para el Estado, son las victimas indirectas y silenciosas de la justicia mexicana. La realidad dista mucho de ello. El artículo 4o., noveno párrafo, de la Constitución mexicana dispone como derechos mínimos que deben garantizarse por el Estado a las niñas y niños los de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento, lo que me lleva a cuestionar si en la actualidad los centros penitenciarios que pertenecen al aparato estatal en verdad son o no garantes de esos derechos mínimos.

Los niños que forman parte de la población penitenciaria sufren afectaciones considerables en su realidad, puesto que los hace sufrir las deficiencias del sistema penitenciario mexicano, quedando sujetos al control institucional de la autoridad penitenciaria, para quienes sus necesidades no están presentes o son invisibles.

La reclusión es una condición que por sí misma constituye una limitación a los derechos de una persona, y que se agrava en los casos de niñas y niños que acompañan a sus madres en reclusión, quienes se convierten en invisibles cuando la autoridad ignora o desconoce sus necesidades, e incumple su función de garante de derechos y rompe el principio de interés superior de la niñez.

Las niñas y niños invisibles que se enfrentan a la reclusión enfrentan muchas dificultades en su desarrollo, ya que lo único que conocen desde que nacen es la violencia que existe en las cárceles de las mujeres. Estos niños van a ser propensos a la delincuencia, deficiencias de clasificación, dinámicas de violencia y falta de ajustes razonables.

En este contexto en el que se encuentran los niños invisibles en las cárceles mexicanas, se revelan las deficiencias institucionales, falta de asignación presupuestal y humana para la atención de sus necesidades. Es una lástima que, aunque esté en la Constitución, las obligaciones del país para con ellos no las sigan y lleven a los niños a una mala calidad de vida. Ellos no pidieron nacer en esas condiciones y tipo de vida para que los condenen a esto.

Se debe poner más atención a esta problemática para proteger a los niños de una vida mal encaminada, ya que son víctimas de las consecuencias de lo que hicieron sus madres. Existen varias organizaciones, como Reinserta, que ayuda a los niños nacidos en cárceles, pero lamentablemente sólo ayuda a muy pocos y, honestamente, qué tan verdadera es la ayuda que se brinda.

La corrupción está haciéndonos dudar mucho de los tipos de ayuda que existen en estos momentos. Los niños no tienen la culpa de nada, aún no tienen sus juicios bien establecidos, lo que los hace un blanco fácil para poder influenciarlos o manipularlos. Ellos aprenden muy rápido de sus modelos, y en una cárcel sus modelos van a ser personas que no tienen buenos criterios, aunque no hay que generalizar, pero sí la mayoría.

Referencias.

Macfarland, C. A. G., Menores que viven con sus madres en centros penitenciarios: legislación en México, 2017, disponible en: http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/bitstream/handle/123456789/3665/Cuaderno%20de%20investi gaci%C3%B3n%2034.pdf?sequence=1&isAllowed=y.

Aquino, E., Discriminación, abandono y violencia, lo que viven niños con madres y padres en prisiones mexicanas, Animal Político, 2019, octubre 1o., disponible en: https://www.animalpolitico.com/2019/10/ninos-madres-prisiones-mexicanas-violenciadiscriminacion/.


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