Los crímenes de odio hacia la comunidad LGBT en México

Publicado el 9 de junio de 2021

Diana Laura Arteaga Torres
Licenciatura en Psicología, Universidad Marista, San Luis Potosí, con la
asesoría de Josué Yael de León Cervantes
emaildianalaura-a@hotmail.com

En declaraciones y lineamientos internacionales se han señalado como crímenes de odio a aquellos comportamientos y expresiones con formas violentas de relación ante las diferencias sociales y culturales. Los crímenes de odio se sostienen en una densa trama cultural de discriminación, rechazo y desprecio. Son comportamientos culturalmente fundados y, sistemática y socialmente extendidos, de desprecio contra una persona o un grupo de personas sobre la base de un prejuicio negativo o un estigma y que tiene por defecto dañar sus derechos y libertades fundamentales, ya sea de manera intencional o no.

Los crímenes de odio a través de la historia han sido resultado de los procesos sociales que se han desarrollado en los últimos años, para entender esto, la visibilidad de los movimientos feministas, LGBT+, etcétera, han permitido la construcción de imágenes más afirmativas y la evidencia de los estereotipos, la intolerancia y la homofobia, todo esto a través de los distintos medios de comunicación.

Los tan afamados “contemporáneos” en México, a principios del siglo XX, han ayudado a esta visibilidad; este grupo construía de una manera muy distinta su sexualidad y su identidad. De esta forma ciertos tipos de escritura, ciertos temas, eran inaceptables para una sociedad que se imaginaba a sí misma través de un ideal heterosexual y con una idealización de masculinidad valiente y agresiva.

Así como se hacía presente el transgresor de la heterosexualidad, de la misma manera encontramos los discursos que los condenaban. Eran para esa época un peligro social, incluso sin que se reconociera la existencia de un personaje lésbico. Para entonces encontrábamos en el discurso misógino de la época, “una postura que seguía apostando a lo masculino encarando en un hombre como aspecto superior en todos los sentidos, pero un hombre heterosexual” (List, M., 2012).

Finalmente, tenemos una imagen que se fue construyendo del sujeto que se alejaba de la heteronormatividad; a éste se le fueron adjudicando ciertas características que, desde diferentes puntos de vista: izquierda, derecha, laico o religioso, resultaban inaceptables. Y es por esto, a través de estas posturas, que aún se mantienen vigentes; la agresión sufrida por parte de la comunidad a sus ojos es completamente merecida. Pero nos preguntamos: ¿entonces que vidas sí valen la pena?

Judith Butler nos dice en su libro Vida precaria: “Algunas vidas valen la pena, otras no; la distribución diferencial del dolor que decide qué clase de sujeto merece un duelo y que clase de sujeto no, produce y mantiene ciertas concepciones excluyentes de quien normativamente es humano”.

Y como nos diría Mauricio List Reyes, profesor investigador del Colegio de Antropología Social de Benemérita y de la Universidad Autónoma de Puebla: hay una clara distinción entre los “buenos” y los “malos”. Los buenos, siendo quienes representan las fuerzas armadas y la seguridad. Pero por otro lado, tenemos a los malos, quienes son todos aquellos que pudieron haber cometido o no un crimen. Finalmente, están los “daños colaterales”: aquellos que estuvieron en el lugar y momento equivocados, algunos otros que sufrieron alguna agresión e incluso fueron asesinados por las fuerzas armadas, además de que se pretendió adjudicarles un acto criminal para justificar la muerte, y muchos más que fueron víctimas de inacción, impunidad y complacencia, tan características de las autoridades, pero los aparatos judiciales prefieren ver muertos y no transgresores.

Sin embargo, también gracias a la visualización hemos tenido un avance en el reconocimiento de los derechos sexuales, aunque ha generado, como ya se ha dicho en este artículo, una mayor exposición de la violencia homofóbica. Entonces, ¿de qué nos sirven estos derechos humanos, si de cualquier manera éstos, en relación con la delincuencia, se aluden mayormente a lo negativo, ya que, de igual forma, éstos también protegen a los delincuentes?

Es cierto que las garantías procesales fijan límites y condiciones a la acción represiva de las autoridades, pero no para defender a los sospechosos de haber cometido un crimen, sino para defendernos a nosotros mismos, a los ciudadanos, a los gobernados, de los excesos, de las arbitrariedades y de la violencia que con tanta y tan lamentable frecuencia incurren las autoridades (Ruiz Harrel).

La vigencia y logros de los movimientos sociales han alcanzado a llamar la atención de las instituciones y de órganos internacionales, así es como se han logrado impulsar importantes reformas legales derivadas de acuerdos intergubernamentales, a pesar de la resistencia de las fuerzas conservadoras. Aunque en muchos países el crimen de odio haya sido reconocido como un delito y es tratado y juzgado acorde a parámetros especiales, en México sólo el feminicidio ha logrado, en ese sentido, su reconocimiento, pero los crímenes de odio contra la comunidad LGBT+ no sólo no tiene parámetros especiales, sino que difícilmente son registrados y, por lo tanto, investigados y sancionados.

Aunque en nuestro país se nos garantiza la protección de los derechos de las personas sin discriminación en el primer artículo de la Constitución, se ha señalado que la violencia y expresiones de homofobia y transfobia están presentes en la vida cotidiana de todo el país. Y aunque la comunidad LGBT+ ha tenido una visibilidad creciente, reforzada por la existencia de organizaciones defensoras de sus derechos a lo largo del país, persisten claras diferencias entre los estados, resultado tanto del amplio y diverso panorama político y sociocultural como de la impertinencia de grupos conservadores.

Hasta hoy, únicamente 12 estados son los que tienen tipificadas las agresiones u homicidios contra la población de la diversidad sexual. Las entidades que incluyen tipos penales que agravan las penas de estos delitos son la Ciudad de México, Baja California Sur, Colima, Coahuila, Guerrero, Michoacán, Nayarit, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Veracruz y Aguascalientes.

Las encuestas del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) ubican a las personas LGBT+ en los primeros lugares de entre las poblaciones con los mayores índices de discriminación en nuestro país, y revelan que viven inmersas en un contexto de discriminación y de intolerancia: seis de cada 10 personas LGBT+ fueron discriminadas en el último año de la encuesta, y el 53% sufrió acoso, expresiones de odio y violencia física en diversos ámbitos (ENDOSIG, 2018).

Entendemos que los crímenes de odio han sido una expresión de intolerancia y rechazo de las diversidades, todo esto al punto de que se piense que una vida vale más que otra. Y es debido a constituciones y estereotipos marcados ya desde hace algún tiempo en la sociedad mexicana. Aunque la visibilización de estos grupos, en cierta medida, haya traído aspectos negativos, también es importante remarcar lo que se ha logrado a través de ésta.

Referencias

Reyes, M. L. “Agnes Torres. Crímenes de odio y las vidas que merecen ser lloradas”, Mirada Antropológica, 106.

Observatorio Nacional de Crímenes de Odio contra Personas LGBT en México y Migueles, P., Observatorio Nacional de Crímenes de Odio Contra las Personas LGBT (Informe 2020), Punto 618 Diseño Editorial, junio de 2020, disponible en: http://www.fundacionarcoiris.org.mx/wp-content/uploads/2020/07/Informe-Observatorio-2020.pdf.


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