Campeche: lo que nos enseñan las elecciones 2021

Publicado el 1 de septiembre de 2021

Lukasz Czarnecki
UNINI
emaillukasz.czarnecki@unini.edu.mx

Roberto García Lara
UNINI
emailroberto.garcia@unini.edu.mx

La democracia está funcionando con las instituciones al servicio del pueblo, que es la fuente del poder. Para Hannah Arendt, la nación es la pouvoir constituant de la cual emana todo tipo de poder.1 La división del poder y la creación de las instituciones que sirvan para bien maniobra en que dicha división debe coadyuvar para una mejor expresión del poder de la gente.

Las instituciones electorales en México se crearon para respaldar la transparencia de las instituciones democráticas. El INE, como el organismo autónomo, se enfrenta en el campo de las tensiones entre distintos poderes. Las pasadas elecciones de junio de 2021 abrieron una nueva oportunidad y un posible cambio para el bienestar de la gente.

En Campeche llegó al poder la candidata de Morena; sin embargo, durante la semana pasada, en el transcurso de dos días teníamos dos diferentes decisiones sobre la validez en la elección para el puesto de gobernador. La corte estatal validó la candidata de Morena para ocupar la plaza, pero la corte federal (TEPJF) tomó la decisión de un nuevo conteo de votos.

Las acciones judiciales que se tomaron en Campeche han dado un giro relevante en las decisiones judiciales, haciendo eco en las cuestiones novedosas, como el activismo judicial y la certeza jurídica que la ciudadanía requiere para un desarrollo social adecuado y apegado bajo el manto jurídico de respeto a los derechos constitucionales, en este caso, el derecho electoral de elegir a los gobernantes.

La cuestión controversial se ha suscitado en la determinación judicial en la que el TEPJF ordena el recuento de la votación en Campeche, desestimando la decisión del tribunal local del estado de Campeche sobre la finalización del proceso, provocando una falta de certeza jurídica y desconcertando al electorado del estado, mismo que asumía que el proceso finalizaba con la decisión del tribunal local.

Esta elección puede ser catalogada como la más cerrada del pasado proceso electoral de junio de 2021, en el que ambos candidatos que encabezaban las preferencias de los votantes mantuvieron un margen de diferencia muy pequeño, añadiendo la gran cantidad de votos nulos que sobrepasaron la diferencia antes señalada, lo que, por ende, generó una incertidumbre que requería de la validación de la última instancia: el TEPJF.2

Las normas jurídicas suelen ser sólo predicciones,3 mismas que no pueden ser tomadas como absolutas para la resolución de casos difíciles, puesto que la norma jurídica es creada para coadyuvar en el pensamiento del juzgador, y éste debe hacer uso de la investidura judicial para brindar justicia, que se traduce en el bien común. La intención de esta decisión judicial es la de brindar a la sociedad una certeza jurídica sobre un proceso jurídico novedoso en el que la sociedad requiere de la validación de un proceso democrático que sea revisado por la autoridad máxima de las cuestiones electorales, y sólo así determinar, conforme a derecho, al gobernante constitucional del estado de Campeche.

Las instituciones por sí solas no van a poder funcionar sin la volonté générale para crear el bienestar para la gente. La “cuestión social” juega el papel fundamental para la certeza jurídica de las instituciones democráticas. Porque lo que nos enseñan las elecciones anno Domini 2021 en Campeche es que debe existir un puente en la colaboración y cooperación para el bienestar, enfrentando las desigualdades, la pobreza y las exclusiones.

NOTAS:
1 Arendt, Hannah, On Revolution, Penguin Classics, 2006.
2 Real Alcalá, J. Alberto del, “Desacuerdos en la teoría jurídica sobre el concepto de certeza en el derecho”, Boletín Mexicano de Derecho Comparado, núm. 39, 2006, pp. 755-775.
3 Dworkin, R. y Hart, H. L. A., La decisión judicial, el debate Hart-Dworkin, Siglo del Hombre Editores, 2005.

Formación electrónica: Ignacio Trujillo Guerrero, BJV
Incorporación a la plataforma OJS, Revistas del IIJ: Ignacio Trujillo Guerrero