Abortar prejuicios y contener el poder modelador1

Publicado el 18 de octubre de 2021


César Astudillo

Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM,
emailcesar@unam.mx
twitter@CesarAstudilloR

En el apogeo de los parlamentos como espacios privilegiados de la representación política se solía decir que los legisladores tenían un poder tal que prácticamente podían hacerlo todo, menos convertir a un hombre en mujer y viceversa. El pasaje, por extraño que pueda sonar hoy en día, expresa el alcance de una potestad regulatoria que desde antaño ha tenido la capacidad de penetrar en todos los ámbitos de la vida privada, pública y social.

Es verdad que si el derecho es un sistema de organización social, como lo es, sus hacedores tienen en sus manos un extraordinario poder para modelar la convivencia colectiva e, incluso, los comportamientos que forman parte de un ámbito más reservado y personal. Lo que no pueden hacer, sin embargo, es utilizar ese inmenso poder sin atenerse a los referentes esenciales que dan coherencia y marcan los límites de su actuación. Esos referentes se encuentran en el respeto a los derechos humanos, y en las posibilidades ofrecidas por un sistema competencial inserto en un Estado con vocación federal.

La anterior legislatura del Estado de Coahuila, al igual que otros congresos estatales han seguido empeñados en creer que tienen una varita mágica que les permite modelar el proyecto de vida de las mujeres, anteponiendo su voluntad, sus creencias y prejuicios a la de ellas, al grado de señalarles que si quedaban embarazadas tenían estrictamente prohibido abortar y que, de hacerlo, serían severamente sancionadas ellas y quienes las apoyaran con su consentimiento, sin ningún tipo de excepción.

Por increíble que parezca, representantes que en la mayoría de las veces ostentan un cargo efímero de tres años, se arrogaron el descomunal poder de dejar para la posteridad un conjunto de normas punitivas en la que plasmaron un sistema de convicciones que podría ser válido para ellos, o para su entorno familiar más próximo -y ni siquiera-, pero que de ninguna manera les autorizaba imponerlo a los demás.

¿Por qué?, porque los derechos humanos que tenemos reconocidos en la Constitución y los tratados internacionales garantizan el derecho al libre desarrollo de la personalidad, el cual brinda la oportunidad de que las mujeres vayan tomando sus decisiones en función del proyecto de vida que desean construir, precisamente para que desde el Estado no vengan a decirles cómo vestirse, con quiénes deben casarse o qué creencias religiosas deban asumir. Garantizan también la libertad reproductiva, la cual no es indiscriminada, pues tutela la libertad de las mujeres de decidir si continuar con el embarazo o detenerlo, aunque a medida que éste avanza y se consolida, esa libertad va cediendo en beneficio de la protección que también se confiere a las personas en gestación, salvo cuando el embarazo haya sido producto, por ejemplo, de una relación sexual no consentida.

No hay duda que la declaración de inconstitucionalidad de las normas que criminalizan el aborto en Coahuila debe servir como un llamado de atención para que a los legisladores les quede claro que su potestad modeladora tiene un límite infranqueable en los derechos humanos, con independencia del sistema competencial establecido en nuestro país, pues desde que firmamos las Convenciones de Viena y Americana sobre Derechos Humanos nos comprometimos a que las libertades en ésta proclamadas serían protegidas por el gobierno nacional y por todas las entidades federativas que componen nuestra federación mexicana, sin excepción.

Dado que los precedentes de la Suprema Corte hoy gozan de una autoridad inusitada, es muy relevante advertir que a partir de ahora, como los propios ministros lo hicieron notar, cualquier intento de algún Congreso que envuelto en la bandera de la soberanía pretenda sancionar con severidad el aborto, se considerará inconstitucional e inconvencional.

Lo que sí pueden hacer, y que sería muy pertinente que hicieran, es regular el aborto a cabalidad, pues lo que hizo la Corte fue descriminalizarlo, pero es importante que desde los legislativos se establezcan las condiciones y modalidades bajo las cuales puedan realizarse abortos informados y seguros, lo cual implica orientar al sistema de salud a brindar la información y la atención médica y psicológica necesaria para todas aquellas mujeres que por las más distintas situaciones de la vida se vean frente a esta necesidad.

Bien por la Corte y mal por esos congresos que en pleno siglo XXI siguen abrazando prejuicios y creyéndose instituciones con un poder modelador que simplemente ya no tienen. Lo ocurrido ayer es, de alguna manera, el triunfo de las libertades sobre el poder.


NOTAS:
1 Se reproduce con autorización del autor, publicado en El Economista, el 8 de septiembre de 2021.

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