La investigación jurídica, nueva obra de Jorge González Galván

Publicado el 29 de noviembre de 2021

Hernán Alejandro Olano García
Rector de la Institución Universitaria Colegios de Colombia (Unicoc)
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A lo largo de estos años, hemos recibido diversos conceptos acerca de lo que es la investigación jurídica y, a través de entrevistas, el investigador Jorge González Galván, en 185 páginas, ha recogido el parecer de diversos investigadores (treinta y siete), publicadas de abril a julio de 2021 en la revista electrónica Hechos y Derechos.

Ahora, hacen parte del libro La investigación jurídica, para Héctor Felipe Fix-Fierro, in memoriam, en la serie “Estudios Jurídicos”, núm. 363, del Instituto de Investigaciones Jurídicas, incluyendo, además de las entrevistas, una selección actualizada de libros sobre metodología de la investigación jurídica [descarga gratuita: La investigación jurídica (entrevistas) (unam.mx)].

¿Qué me recomiendas para hacer una tesis y dedicarme profesionalmente a la investigación? Es la pregunta final a los doctores, pero resume lo que los diferentes expertos entrevistados han querido manifestar, siguiendo para ello una metodología propia, que surge de un lejano nacimiento de la vocación jurídica, basado en este cuestionario:

— ¿Por qué estudiaste derecho?

— ¿Cuáles materias te gustaron más y por qué?

— ¿Cuáles maestros te gustaron cómo enseñaban y por qué?

— ¿Por qué es importante hacer una tesis para titularse?

— ¿Qué te motivó a especializarte en la disciplina que investigas?

— ¿Por qué es importante investigar el derecho?

— ¿Cómo eliges un tema de investigación?

— ¿Cómo desarrollas un tema de investigación?

— ¿Qué aportes/utilidad/beneficios te proporciona investigar tus temas?

En el capítulo dedicado a la bibliografía, González Galván nos deja también temas para pensar:

La formación en el aprendizaje de las herramientas de investigación jurídica ha sido materia propia de los posgrados, lo que ha ocasionado que el egresado de la licenciatura en derecho, actualmente, no sepa realizar un protocolo o proyecto de investigación ni una tesina o tesis. Hemos olvidado que las herramientas de la investigación son herramientas de la profesión que cualquier egresado de la licenciatura debe conocer y aplicar en cualquier ámbito de nuestra profesión, aunque no ingrese a un posgrado.

Para hablar de investigación jurídica, también es importante cuestionarnos lo siguiente: ¿cuándo surgió la profesión de abogado?

En Colombia, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, en sentencia del 10 de diciembre de 1998, M.P. Dra. Myriam Donato de Montoya, recogiendo la tradición jurisprudencial de dicha corporación, destacó que

…el abogado es, por regla general, el conducto que consideró idóneo el constituyente para que los particulares accedieran a la administración de justicia a efectos de reclamar una resolución o decisión judicial sobre sus Derechos o intereses, razón suficiente para entender que la actividad del abogado debe ser sumamente celosa en lo que a la representación de intereses ajenos se refiere.

El profesor Fabio Lizcano Rodríguez, en la lección magistral “El amor por la toga”, pronunciada en 1999 para despedir a los alumnos de último semestre de la Facultad de Derecho en la Universidad de La Sabana, publicada en Díkaion, vol. 9, pp. 15-20, señalaba:

Ninguna carrera tan grande y vilipendiada como la nuestra desde los tiempos antiguos de la historia. Y es que la grandeza de su propósito da la idea también de la magnitud del daño, que apareja su perversión. Ningún desatino, ningún error es tan grave, como la equivocación judicial. Y ninguna profesión (ni siquiera la apreciada medicina), permite el contacto tan íntimo y simultáneo, con los más altos valores del ser humano con sus bienes, su honra, su libertad y en algunas latitudes, hasta su propia vida.

Según Marco Gerardo Monroy Cabra:

La abogacía como defensa de personas, derechos, bienes e intereses, nació en el tercer milenio antes de J. C. en Sumeria, y fue en defensa de una mujer gravemente acusada. Según el Código de Manú los sabios en leyes podían ilustrar sin estipendio alguno a quien lo hubiere menester, para sostener su alegación por sí o por otro, ante autoridades y tribunales. El Antiguo Testamento recoge idéntica tradición entre los hebreos. En Egipto era necesario un defensor cuando se prohibieron las alegaciones verbales. Esta tradición pasó a Grecia, y de Grecia a Roma.

En Grecia, la abogacía era actividad de ciudadanos libres y selectos. En Roma, de patricios ricos y poderosos. Los griegos, desde Pericles en el Areópago, alegaban la defensa de sus clientes, y desde Antifón sustituyeron su presencia personal por la redacción escrita de sus alegatos.

En el derecho antiguo, abogar era privilegio de caballeros y de ciudadanos ejemplares, y es necesario restaurar esta calidad. Esta era la razón por la cual no se admitieron en el foro esclavos, pródigos, desertores (“Ética del abogado”, Díkaion, Bogotá, vol. 1, 1988, pp. 18-20).

Eso indica, según Monroy Cabra, que

…la abogacía no es, como muchos piensan, un medio fácil para enriquecerse sin importar los medios utilizados, ni es tampoco defender cualquier causa, así sea injusta, si los honorarios son importantes, ni tampoco el abogado es un hombre diestro en el manejo de la ley que puede defender a un mismo tiempo lo blanco y lo negro (ibidem, p. 20).

Y, citando también a Martínez Val, agrega: “la abogacía es una institución servida por profesionales libres e independientes, y consagrada a la justicia, al consejo, a la concordia y a la defensa de intereses públicos y privados, mediante la aplicación de la ciencia y de la técnica jurídicas”.

Los jueces también son abogados y, el 17 de junio de 2014, el papa Francisco expresó en la audiencia a los miembros del Consejo Superior de la Magistratura italiana su estima por la actividad que desempeñan, “finalizada —ha dicho— al buen funcionamiento de un sector vital de la convivencia social”.

Colombia no ha sido ajena a la victimización de la rama judicial por muchos motivos. Recordemos al juez Tulio Manuel Castro Gil, luego a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, junto con otras personas sacrificadas por el M-19 ese 6 y 7 de noviembre de 1985.

Los magistrados, auxiliares, abogados, empleados administrativos y de servicios de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, así como los visitantes frecuentes u ocasionales del Palacio de Justicia en el centro de Bogotá, se encontraban realizando sus actividades habituales el 6 de noviembre de 1985, en medio de la zozobra por las crecientes amenazas, el temor por el retiro de la protección policial y los rumores que alertaban sobre la inminencia de una toma al Palacio.

Nadie podía imaginar que 28 horas después el Palacio de Justicia sería arrasado como resultado de una de las acciones más demenciales que el país ha presenciado, resultado de la violenta incursión armada de la guerrilla y la desproporcionada respuesta del Estado: el uso de armamentos y explosivos de todo tipo, el inexplicable vacío de poder del gobierno, los incendios que destruyeron la edificación y el saldo trágico de cerca de un centenar de personas que perdieron la vida —entre civiles, miembros de la fuerza pública y guerrilleros— y al menos once cuyo paradero aún se desconoce.


Formación electrónica: Yuri López Bustillos, BJV
Incorporación a la plataforma OJS, Revistas del IIJ: Ignacio Trujillo Guerrero