Pago del aguinaldo1

Publicado el 14 de diciembre de 2021

José Dávalos Morales
Exdirector de la Facultad de Derecho de la UNAM, profesor de Derecho del Trabajo
email josedavalosmorales@yahoo.com.mx

El aguinaldo es una gratificación que el patrón otorga a los trabajadores en las fiestas de Navidad y de fin de año. En México el pago es obligatorio en las empresas particulares y en el servicio público. Los trabajadores siempre esperan esta oportunidad para recibir una cantidad de dinero que los ayude a pagar las fiestas de la familia.

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo dispone que los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.

Por su parte, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en el artículo 42-Bis ordena que los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual que debe pagarse en un 50% a más tardar el 15 de diciembre y el otro 50% a más tardar el 15 de enero, y que será equivalente a 40 días de salario cuando menos, sin deducción alguna.

Todos los trabajadores, sin excepción, tienen derecho al pago del aguinaldo, los trabajadores de base y los trabajadores de confianza. El monto de este pago se hace, por lo menos, con base en el salario mínimo. Los trabajadores de las empresas privadas deben recibir esta prestación antes del 20 de diciembre, el pago debe hacerse en efectivo, por tanto no puede hacerse en especie. Tal vez el dueño de una tienda que vende zapatos quisiera sacar su mercancía y para eso pagar el aguinaldo con varios pares de zapatos a cada trabajador; de esta manera el trabajador además de su trabajo diario tendría otro trabajo, sin pago alguno, en sus días de descanso, vendiendo zapatos.

De la misma manera quisieran otros patrones agotar su mercancía, pero no es válido; el aguinaldo tiene la misma protección que el salario diario, pago que debe hacerse en moneda de curso legal. Tomando en cuenta el medio de inseguridad que vivimos, el párrafo segundo del artículo 101 de la Ley Laboral establece que, previo consentimiento del trabajador, el pago del salario y por tanto el del aguinaldo podrá efectuarse por medio de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencias o cualquier medio electrónico.

Estas fiestas de Navidad y de fin de año tienen un gran sentido familiar, por esto todos tenemos oportunidad de propiciar que los hogares gocen estas celebraciones con alegría y satisfacción, cada quien estrechando las relaciones familiares y de amistad.


NOTAS:
1 Se reproduce con autorización de el autor, publicado en La Prensa, el 11 de diciembre de 2021.


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